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Estado de Bienestar

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Málaga, 22 de septiembre de 2020

Estefanía Martín Palop
Trabajadora Social. Senadora por Málaga

El ejercicio de la política, como actividad pública de servicio a la ciudadanía, requiere de servidores y servidoras que aúnen el saber hacer y una sensibilidad por lo público. Hoy la política exige un plus de compromiso, a la vez que requiere un conocimiento propio, de aplicación a la acción política. 

Esa es la base de la responsabilidad y función contemporánea que debe cumplir una persona dedicada a la política, y más en tiempos de desafección y descrédito de la representación política. 

El Trabajo Social, reseñando su concepto, en la realidad más actual, está íntimamente vinculado al desarrollo del Estado de Bienestar y del servicio público. El Estado del Bienestar está basado, entre otros postulados, en las tareas que le son propias a nuestra profesión. 

Toda labor que se haga en pro de una sociedad más justa, igualitaria, equilibrada en oportunidades, cuyas aspiraciones hay que promover, tiene en el profesional del Trabajo Social, y en mi caso, una aliada, una defensora. Con la llegada de trabajadores y trabajadoras sociales a la política, y al Senado en mi caso concreto y actual,  contribuimos a garantizar la visión social en la tarea legislativa en España.

El ecosistema sociológico actual se ha ampliado, más allá de las instancias públicas oficiales. Una sociedad como la española, que ha avanzado en estos últimos cuarenta años como nunca antes en su historia desde el complicado siglo XX, ha sabido diversificar sus organizaciones sociales. El tejido asociativo y el Tercer Sector reúne a ONG’s, plataformas vecinales, asociaciones de mujeres, de jóvenes, de la tercera edad; movimientos sociales y ciudadanos que hacen suyos el sistema democrático para hacer avanzar a toda la ciudadanía. Parte de la fortaleza de nuestra democracia radica en la salud de nuestro tejido asociativo. 

En la ciudadanía, no sólo recae el poder de decidir qué gobierno y qué programa ejecutar cada cuatro años mediante el voto en las urnas, la ciudadanía y los colectivos sociales tienen el poder de movilizar e incidir en las políticas públicas que se diseñan y ejecutan.

Somos conscientes, algunas personas por estar en política y otras por activar a la sociedad, de este poder. Ahora nos toca aplicar el conocimiento y nuestro saber hacer profesional para fortalecer y construir desde lo común y comunitario políticas públicas que apuesten por lo público y por el Estado de Bienestar.

La realidad de nuestra sociedad requiere un auténtico diagnóstico social que permita la implementación de políticas contundentes, cercanas y eficaces para paliar las necesidades en cada caso. 

Desde la política, tengo la inmensa fortuna de poder actuar en el diseño legislativo de leyes sociales, que puedan ser aplicadas con los instrumentos y recursos presupuestarios necesarios para hacer realidad parte del diseño de las políticas públicas y políticas sociales que como trabajadores sociales quisiéramos firmar. Aunar el Trabajo Social con la política es una garantía para el bienestar de la ciudadanía.

Dignificar la política requiere de profesionales que lleven a cabo su tarea aplicando su experiencia y su conocimiento como profesionales. Nuestra sociedad requiere de trabajadores sociales que aporten a la política una visión realista y cercana, a la vez de garanticen políticas públicas que permitan intervenir desde lo individual y comunitario para construir el auténtico Estado de Bienestar que un día soñamos.

Una trabajadora social en la política

Una trabajadora social en la política. Lo soy en este orden. No he sido una política que aprendió Trabajo Social, sino una trabajadora social que llegó a la política para ejercer su vocación de servicio público. Está claro que cualquier acción social se imbrica en la política. Somos animales políticos, lo dijo Aristóteles. Y lo es porque al vivir en sociedad, prácticamente desde las cavernas, se ha organizado políticamente. Todo asunto público le concierne e intenta participar. El acto de votar es un ejemplo evidente. Pero esa forma de relación social tiene un objetivo primordial, que es la convivencia, una convivencia donde cada persona pueda sentirse dignamente tratada y desarrollada. Una convivencia sostenible y adecuada para cada una de las personas que integramos la comunidad. Ahí, creo yo, está la más grata e inmensa tarea de un político. Si conoce las reglas y las aplica en consecuencia estará trabajando en pro de alcanzar un fin social superior. 

Que trabajadoras sociales como yo estemos en la primera línea de la política es un primer paso importante para que el trabajo del legislador esté influenciado, guiado por la visión cercana de quienes conocemos la calle, los barrios, las casas de acogida, la tragedia de la emigración, el acoso de género, la desigualdad en su más tremenda de realidad vivida en cientos de miles de hogares españoles. Puedo afirmar que todo lo que aprendí durante mis años de estudio en la Universidad, Escuela de Trabajo Social, tenía que ver con la política…y ahora sé bien y mejor para qué sirve.

En la vía en que me encuentro no tengo contradicciones. No son dos caminos, no van en direcciones contrarias. El trabajo social y la política son dos ruedas que unen el mismo eje. La socialdemocracia que defiendo entiende que los vínculos de sus programas están en el desarrollo de las políticas sociales. Las políticas públicas, como el bienestar de los sujetos que forman nuestra sociedad, está justamente en el desarrollo de los servicios sociales, que abarque a toda su población. 

Al igual que la educación y la sanidad públicas son los dos grandes pilares que sostienen nuestro sistema en libertad e igualdad ante las leyes, los Servicios Sociales son el pilar que garantiza la convivencia y la dignidad individual, familiar y comunitaria de las personas en los momentos más adversos y vulnerables.

La justicia social es la base de la igualdad. Las instituciones políticas españolas, desde 1978, se han empeñado en cumplir con ese sueño que nos enseñó la Revolución francesa a finales del siglo XVIII. En esa senda estamos. Y ahí, una trabajadora social, humildemente, tiene mucho que decir, sobre qué indicar, en qué ayudar, porque tengo la capacidad de una trabajadora social y ejerzo desde la política.

Políticas socialdemócratas

Las desigualdades originan pobreza y vulnerabilidad. Marginan y excluyen a amplias capas de la sociedad. Pertenezco a una tradición ideológica que ha puesto en sus objetivos principales luchar contra esa lacra. No hemos concluido, hay trabajo por realizar, sin duda. Pero jamás hemos olvidado que la clave está en fortalecer el Sistema Público de Servicios Sociales.

Durante otras épocas pretéritas, la ayuda social se entendía como un entramado de beneficencia, de distribuir caridad a las personas necesitadas. La democracia que propugnamos es dotarnos de un sistema público que garantice herramientas e instrumentos para dignificar el desarrollo y crecimiento de cada una de las personas de nuestra comunidad. Aquella caridad paliaba el hambre, en el mejor de los casos, pero no dignificaba a las personas. Se recibía como una limosna a las puertas de los templos. De alguna manera se les arrebataba a las personas la dignidad, de ser y poder crecer en igualdad de oportunidades, sin que ninguna cuna ni adversidad les negase la capacidad de poder llegar a ser o vivir de la manera más digna que podamos disfrutar como sociedad avanzada. 

El sistema público de Servicios Sociales es la piedra angular de nuestra nueva sociedad, nuestro cuarto pilar de bienestar, en la que venimos construyendo desde 1978. Fortalecer, como he apuntado, las políticas sociales y la cohesión de las organizaciones sociales nos da una coherencia para el crecimiento como personas dueñas de nuestras propias vidas. El trabajador social es un pilar para garantizar el desarrollo de dicho sistema público y hacerlo más sólido, más solidario, más extenso.

Desde las tareas propias de los profesionales del trabajo social veo un panorama de intenso trabajo, me atrevo a decir que el momento es crítico: o seguimos construyendo un robusto sistema público de atención o la propia crisis, su profundidad y alcance, permitirá a algunos adoptar medidas que perviertan este sistema público, una involución a la caridad citada anteriormente.

El Trabajo Social colabora en el diagnóstico cierto y preciso de nuestra sociedad. En tal empeño, las personas dedicadas a la política,  especializadas en ese campo aportamos ambas visiones: el conocimiento social y la acción política y social. Sería inconsciente no ver el potencial de la comunidad organizada, ni la fuerza que tienen esos colectivos, indispensables para avanzar hacia una sociedad mejor, más próspera, con menos diferencias, con mejor futuro.

Propugno la ampliación y el fortalecimiento de nuestro Estado de Bienestar Social. Eso nos va a permitir una mayor solidez en la cohesión social, como una amplia base para la convivencia. Lo defiendo desde la primera fila del Trabajo Social como desde la primera línea de acción política. 

Queda camino por construir. Las políticas públicas no terminan de avanzar, nunca, porque las necesidades de la sociedad española crecen con las dificultades sobrevenidas de cada avance social y político. Un buen ejemplo es la triste época en la que vivimos a causa de la pandemia de la Covid19. Tenemos que garantizar, lo antes posible, la universalización del Sistema Público de los servicios sociales. Esto es tanto garantizar la igualdad en el acceso de éstos; como el desarrollo de prestaciones y servicios, de calidad, como derecho subjetivo de las personas.

Desechar, asimismo, la tesis de la ayuda por caridad, que aún impregna el discurso latente en las líneas de la derecha, que atentan los cimientos más prácticos y profundos del sistema público de servicios sociales. Más en estos días y meses, cuando las familias se enfrentan a dificultades económicas como nunca antes a causa de la pandemia. Todo esto me reafirma en pensar que nuestra línea de trabajo es la de apuntar hacia fortalecer el sistema público en todas sus instancias. Para ello, necesitamos contar con presupuestos adecuados, continuados, razonados y eficientemente manejados.

Vivimos tiempos de zozobra. El presente se ha tambaleado y nos asoma un futuro inmediato difícil, duro. Se hace necesario que los políticos jóvenes interpreten los signos nuevos de este tiempo. 

Comprender un mundo que ha cambiado, casi de un día para otro, se nos impone escuchar más a la ciudadanía, hacerles participar en las soluciones factibles. Creo que es la vía para lograr, mantener y extender, nuestra convivencia y nuestro Estado de Bienestar.

Málaga, 14 de julio de 2020

Carlos J. Núñez Gómez
Trabajador Social
Licenciado en Ciencias Políticas y Sociología Doctor por la Universidad Pablo de Olavide

La profesión de Trabajo Social tiene una presencia destacada en los sistemas públicos de protección social, sistemas que sustentan el actual Estado de Bienestar, especialmente los sistemas de Servicios Sociales y los de Salud. Por su número destacan en servicios sociales y salud. Según datos aportados por el Consejo General de Trabajo Social (2016) la gran mayoría del colectivo realiza su trabajo en algún organismo público, siendo lo más habitual que desarrollen su labor en administraciones locales (ayuntamientos y diputaciones).

En la esfera pública, el Trabajo Social junto a otras profesiones integran el conjunto de los empleados públicos, que se dividen en:

  • Funcionarios de carrera. Que son aquellos que en virtud de su nombramiento legal desempeñan servicios de carácter permanente, y que han sido seleccionados según los principios de mérito y capacidad a través de oposición, para los que no solo se requiere una formación específica, sino además conocimientos más concretos sobre el Estado y las administraciones públicas y otros relacionados con el funcionamiento del servicio público donde se va a prestar el servicio.
  • Funcionarios de empleo: los interinos- que por necesidad o urgencia ocupan plazas de plantilla en tanto no se provean por funcionarios de carrera. Los eventuales que son nombrados y cesados discrecionalmente- para desempeñar cargos de confianza o asesoramiento especial no reservado a funcionarios de carrera, que cesan automáticamente al cesar el cargo político al que sirven. También personal por contrato (trabajos específicos de carácter extraordinario o de urgencia), contratos de colaboración temporal
  • Personal laboral: fijos y de duración determinada.

Dentro de la administraciones son las relaciones de puestos de trabajo (RPT) el instrumento técnico a través del cual realizan la ordenación del personal de acuerdo con las necesidades de los servicios y donde se precisan los requisitos para el desempeño de cada puesto (Parada, 1995). También se llevan a cabo los concursos de provisión de puestos de trabajo (PPT) en los que rigen los méritos (grado personal consolidado, formación, antigüedad…) y que permiten acceder a las diferentes jefaturas con distintos niveles de responsabilidad. También existe la comisión de servicio (CS) una forma más de provisión de puestos pero para la cobertura urgente e inaplazable necesidad, siendo de carácter voluntario, cuya duración no podrá exceder de un año, prorrogable por un año más si, si sigue vacante.

Si nos acercamos al ordenamiento jurídico, tenemos en primer lugar la Constitución, que en su artículo 103.3 dice que:

“La ley regulará el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, las peculiaridades del ejercicio de su derecho a sindicación, el sistema de incompatibilidades y las garantías para la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones.”

El texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en su  artículo 1,  expone entre otros fundamentos de actuación, la igualdad, mérito y capacidad en el acceso y en la promoción profesional. Por tanto, los empleados públicos, entre otros derechos, tienen el de la progresión en la carrera profesional y promoción interna según principios de igualdad, mérito y capacidad mediante la implantación de sistemas y procesos objetivos y transparentes de evaluación. Y entre los deberes tienen los de velar por los intereses generales con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, y deberán actuar con arreglo a los principios de objetividad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad o ejemplaridad. Su actuación perseguirá la satisfacción de los intereses generales de la ciudadanía y se fundamentará en consideraciones objetivas orientadas hacia la imparcialidad y el interés común, al margen de cualquier otro factor que exprese posiciones personales, familiares, corporativas, clientelares o cualesquiera otras que puedan colisionar con este principio. No aceptarán ningún trato de favor o situación que implique privilegio o ventaja injustificada, por parte de personas físicas o entidades privadas, ni deben influir en la agilización o resolución de trámite o procedimiento administrativo sin justa causa y, en ningún caso, cuando ello comporte un privilegio en beneficio de los titulares de los cargos públicos o su entorno familiar y social inmediato o cuando suponga un menoscabo de los intereses de terceros. Y aunque obedecerán las instrucciones y órdenes de los superiores, si estas constituyeran una infracción manifiesta del ordenamiento jurídico, deberán poner en conocimiento de los órganos de inspección procedentes. Por tanto, los funcionarios de carrera son una barrera ante comportamientos políticos no deseables.

Es por ello que las administraciones proveerán los puestos de trabajo mediante procedimientos basados en los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Donde el concurso consistirá en la valoración de los méritos y capacidades y, en su caso, aptitudes de los candidatos por órganos colegiados de carácter técnico. Su funcionamiento se ajustará a las reglas de imparcialidad y objetividad.

Pero, sin duda, los funcionarios titulares pueden ser susceptibles de que se les influya, pues sus complementos salariales o su provisión profesional dependen a menudo de los políticos. En ocasiones la política campa a sus anchas en la administración pública, y utiliza mecanismos que no se ajustan de la mejor manera de hacer las cosas en cuanto a gestión de personal se refiere, como por ejemplo las comisiones de servicios interminables que sobrepasan con mucho los dos años máximo o a veces excesivas en número, refuerzos temporales o entrada de personal interino con carácter temporal. Si esto, además, se hace en tiempos de crisis y recortes públicos, su visibilidad es mayor al coincidir en el tiempo con recortes en personal y servicios, la no cobertura de jubilaciones o las bajas de larga duración. Por esto, resulta indispensable reglar al máximo estas cuestiones.

A veces la falta de una adecuada promoción interna, de convocatorias de concursos de provisión y de traslados, pueden llevar al personal funcionario a la desmotivación, la falta de ilusión y de iniciativas a posibles cambios en los servicios y puestos de trabajo. En este contexto aparece el desánimo, la exasperación y el agotamiento.

En el caso concreto del Trabajo Social, a lo anteriormente expuesto, se debe añadir las limitaciones que la profesión ha tenido y tiene dentro de la administración pública. Su acceso, en la mayoría de los casos, se ha realizado con un título de grado medio que limita la promoción  interna a niveles de superior  responsabilidad en la función pública (con un nivel tope de 26 frente a los 30 de las titulaciones de grado superior). Esto no parece haber mejorado con la nueva titulación de grado, pues las ofertas públicas, oposiciones y concursos que actualmente se vienen realizando por las administraciones para el acceso de trabajadores sociales se convocan dentro del grupo A2 (diplomatura), pero, sorprendentemente, incorporan a los titulados de Grado en Trabajo Social en el mismo grupo A2. Pero, curiosamente, se observa que cuando se convoca una plaza del grupo A1 se pide licenciatura o grado (ej. Grado en Derecho). Este hecho en sí es contradictorio y a la vez discriminatorio para los Graduados y Graduadas en Trabajo Social. ¿Cómo puede ser que un Grado de Trabajo Social se incluya en el grupo A2 y un Grado en Derecho en el grupo A1, máxime cuando ambas titulaciones tienen el mismo nivel universitario?

Lo anterior no es una cuestión baladí pues además de implicar una menor remuneración económica, lleva parejo un menor reconocimiento público y la imposibilidad de acceso a determinados puesto de mayor responsabilidad dentro de las áreas y servicios de las administraciones donde la toma de decisiones es mayor en relación a los servicios públicos que se prestan o se pretenden prestar.  

Los colegios profesionales, como menciona Parada (1995), es “el ejemplo más típico de los entes corporativos, entre sus notas más significativas está el interés homogéneo entre sus miembros” (p.30). Al ser corporaciones de derecho público, amparados por la ley y reconocidos por el Estado con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Estos deben garantizar la defensa de los intereses profesionales, la representación exclusiva de las mismas y la defensa de los intereses profesionales (artº 13 de la ley de colegios de 13/2/1974), que  entre sus funciones tiene la colaboración con las administraciones públicas, posibilitando su adecuado funcionamiento, pero también exigiendo aquellas cuestiones que son de derecho y que afectan al colectivo.

La Ley 10/2011 de los Colegios Profesionales de Andalucía en su Artículo 17, al hablar de los fines, establece la defensa de los intereses profesionales de las personas colegiadas, la defensa de los intereses generales de la profesión, así como la consecución de su adecuada satisfacción en relación con el ejercicio de la profesión respectiva.

Por lo dicho, los Colegios Profesionales deben abordar estos temas, con la mayor celeridad posible, pues esto afecta al desarrollo de la propia profesión y a su futuro. Independientemente de que los sindicatos tengan un papel destacado en las cuestiones planteadas.

Bibliografía

  • Bosch, J. y Escolar I. (2018) El secuestro de la Justicia. Roca Editorial de Libros
  • Constitución Española de 27 de Diciembre de 1978 (BOE núm. 311-I, de 29 de diciembre de 1978.
  • Lima, A.I. (Coord.) (2016). II Informe sobre los servicios sociales en España. Consejo General del trabajo Social. Madrid.
  • Jefatura del Estado (1974) Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales. Publicado en BOE núm. 40 de 15 de Febrero de 1974. Revisión vigente desde 27 de Julio de 2012.
  • Junta de Andalucía. Ley 10/2011, de 5 de diciembre, por la que se modifica la Ley 10/2003, de 6 de noviembre, reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía, y la Ley 6/1995, de 29 de diciembre, de Consejos Andaluces de Colegios Profesionales. 
  • Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.  Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. BOE» núm. 261, 31/10/2015. https://www.boe.es/eli/es/rdlg/2015/10/30/5/con Parada, R. (1995). Derecho Administrativo, Organización y empleo público (9ºedic). Marcial Pons, ediciones Jurídicas, S.A. Madrid
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