Madrid, 31 de julio de 2026
Candela Rueda Castro-Gil
Trabajadora Social

En Europa, a principios del siglo XIX, surgieron las primeras regulaciones en materia migratoria, pero no fue hasta después de la Primera Guerra Mundial, con la consolidación del Estado-Nación, cuando se introdujo el concepto de migración irregular (Ortega Velázquez, 2014). En este contexto, se implementaron mecanismos como los pasaportes y los procedimientos de deportación, lo que marcó el inicio de políticas migratorias restrictivas, el fortalecimiento de los controles fronterizos, la implementación de repatriaciones forzadas y la adopción de medidas de proteccionismo económico (Ortega Velázquez, 2014). A partir de la década de 1990, ante el incremento de la migración irregular, la mayoría de Estados miembros de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) incorporaron en sus legislaciones migratorias disposiciones más coercitivas como la limitación del acceso a servicios sociales o prestaciones públicas para las personas en situación administrativa irregular (Ortega Velázquez, 2014).
En España, las primeras medidas de control migratorio fueron implementadas a través de la Ley Orgánica 7/1985 sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, cuyo propósito era incorporarse a la Comunidad Económica Europea (Ortega Velázquez, 2014). Esta normativa estableció una distinción entre personas extranjeras en situación regular e irregular (Ortega Velázquez, 2014). Mientras que a las primeras se les reconocieron derechos fundamentales como los de reunión, circulación, asociación y educación, la migración irregular fue objeto de criminalización, estableciéndose la expulsión como mecanismo de control migratorio (Ortega Velázquez, 2014).
En la actualidad, el enfoque predominante de las autoridades en materia migratoria consiste en la priorización del control migratorio y el blindaje de fronteras con el propósito de impedir el acceso a la Unión Europea (CEAR, 2015 ; Ca-Minando Fronteras, 2023). Se trata de políticas migratorias que responden, esencialmente, a intereses económicos, permitiendo únicamente el acceso a personas que puedan ser de utilidad para la economía del país (Martínez Escamilla, 2009). En este sentido, el derecho a migrar debería ir acompañado del deber de acogida por parte de los Estados, pero prevalece la soberanía nacional y el control sobre el territorio (OBS, 2021). En otros términos, podemos hablar de “necropolítica”, concepto desarrollado por Achille Mbembe (2011), que alude al ejercicio del poder político y social para determinar qué personas tienen derecho a vivir y cuáles no, lo que implica la negación del derecho a la vida y a la libertad de movimiento de determinados grupos poblacionales (Ca-Minando Fronteras, 2022).
Tras cuatro años de gestación, el 10 de abril de 2024 fue aprobado por el Parlamento Europeo el Pacto de Migración y Asilo de la Unión Europea, con el propósito de evitar o minimizar los conflictos en términos de migración entre los diferentes Estados miembros de la UE (González Enríquez, 2024). Este acuerdo se ha desarrollado en un contexto de creciente restricción de las políticas de asilo y del auge de partidos políticos con discursos xenófobos en diversos países de la Unión Europea (González Enríquez, 2024). En este contexto, el Pacto establece medidas como la devolución de personas solicitantes de asilo a los denominados “terceros países seguros”, así como la reclusión en las fronteras durante un período de hasta 12 semanas, mientras que se produce la aceptación o denegación de la solicitud de protección internacional y, posteriormente, su acceso al territorio o su expulsión del mismo (González Enríquez, 2024). Este Pacto, que ha entrado en vigor el 12 de junio de 2026, trata de impermeabilizar las fronteras, restringiendo las vías de entrada irregular y limitando las posibilidades de solicitar asilo en las fronteras europeas (Servicio Jesuita a Migrantes, 2023 ; González Enríquez, 2024).
En lugar de asegurar vías legales y seguras que garanticen el respeto de los derechos de las personas migrantes a través de una coordinación efectiva entre los distintos Estados, la Unión Europea opta por la externalización de fronteras, lo que implica la delegación del control migratorio a terceros países que restringen el acceso al territorio europeo de las personas migrantes y refugiadas (Ca-Minando Fronteras, 2022 ; APDHA, 2024). Los estados miembros de la UE han priorizado la securitización y militarización de las fronteras mediante el fortalecimiento de FRONTEX y sistemas de vigilancia de fronteras, anteponiendo así el control fronterizo a los derechos humanos y de las vidas de las personas que tratan de migrar (CEAR, 2015 ; Ca-Minando Fronteras, 2022). Martínez Escamilla (2009) explica que la “lucha” contra la inmigración irregular implicaría actuar en “tres frentes: el primero impidiendo que salgan y que se nos aproximen. El segundo, impidiendo que entren, que traspasen nuestras fronteras. Para el caso de que consigan entrar en nuestro territorio, el tercer objetivo sería echarles de él” (p. 5). Como consecuencia de políticas basadas en estos principios, se ha incrementado la cantidad de fallecimientos de personas que tratan de acceder a Europa en busca de un futuro mejor, ya que, ante la imposibilidad de migrar a través de vías seguras, las personas se ven obligadas a recurrir a trayectos mucho más mortíferos, como la ruta Atlántica, que en 2024 ha causado la muerte de 9.757 personas (APDHA, 2024 ; Ca-Minando Fronteras, 2024). Asimismo, esta situación se ve agravada a causa de la omisión de socorro de los Estados, ejercida mediante la adopción de métodos de búsqueda pasivos o, incluso, a la inacción deliberada en la activación de medios de rescate (Ca-Minando Fronteras, 2023). Esta situación resulta especialmente crítica considerando las condiciones de inseguridad en las que se encuentran las embarcaciones utilizadas en las travesías marítimas (Ca-Minando Fronteras, 2023). Junto a las muertes ocasionadas en el mar, también se registran pérdidas en las fronteras terrestres debido a la utilización de materiales antidisturbios y disparos por parte de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, a desplazamientos forzosos de personas gravemente heridas y a la denegación de la asistencia médica y auxilio (Ca-Minando Fronteras, 2022).
Las actuales políticas migratorias se enmarcan en una dinámica de normalización social y política de las muertes y desapariciones de las personas que tratan de migrar hacia la Unión Europea (Ca-Minando Fronteras, 2023). Asimismo, estas políticas contribuyen a la invisibilización y despersonalización de las víctimas (APDHA, 2024). Un ejemplo de esta realidad es la ausencia de infraestructuras adecuadas para la conservación de los cuerpos de las personas que llegan sin vida a una ciudad clave en los flujos migratorios como es Ceuta (Echarri, 2023). Esta carencia imposibilita la identificación de las víctimas, la localización de sus familiares y, por tanto, la repatriación del cadáver, lo que conlleva la realización de entierros sin nombre de manera recurrente (Echarri, 2023 ; Roverato, 2024). De esta manera, se vulnera el derecho a una sepultura digna y las familias de las víctimas se enfrentan a un duelo sin la posibilidad de despedirse del cuerpo de su ser querido, e incluso, en muchos casos, sin haber sido informadas del fallecimiento (Roverato, 2024).
En conclusión, las políticas migratorias implementadas por la Unión Europea se configuran como una ley que “levanta muros y afila cuchillas”. Se vuelve perversa y se transforma en una concertina que hiere a ambos lados de la frontera” (Servicio Jesuita a Migrantes, 2022, p. 5), cuyo resultado final es la ausencia de un sistema de acogida digno y la continua pérdida de vidas humanas en el mar Mediterráneo y en el océano Atlántico (APDHA, 2024).
Bibliografía
- Asociación Pro Derechos Humanos de Andalucía (2024). Derechos Humanos en la Frontera Sur. CIEs: Espacios sin derechos para migrantes.
https://www.apdha.org/wp-content/uploads/2024/04/Informe-Frontera-Sur-2024.pdf - Ca-minando Fronteras. (2022). Víctimas de la Necrofrontera 2018 – 2022, por la memoria y la justicia.
https://caminandofronteras.org/wp-content/uploads/2023/01/Informe-Victimas-de-la-necrofontera-2018-2022.-Por-la-memoria-y-la-justicia-ES.pdf - Ca-minando Fronteras. (2023). Monitoreo Derecho a la vida 2023.
https://caminandofronteras.org/wp-content/uploads/2024/02/Maqueta_ES.pdf - Ca-minando Fronteras. (2024). Monitoreo Derecho a la vida 2024.
https://caminandofronteras.org/wp-content/uploads/2024/12/DALV2024_ES-WEB.pdf - CEAR. (2015). Marruecos: Desprotección y vulneración de derechos de las personas migrantes y refugiadas a las puertas de Europa.
https://www.cear.es/wp-content/uploads/2016/11/informe_marruecos_cear_2015_definitivo.pdf - Echarri, C. (2023, diciembre 9). La política inhumana con los fallecidos en la frontera sur. El Faro Ceuta.
https://elfarodeceuta.es/politica-inhumana-fallecidos-frontera-sur/ - González Enríquez, C. (2024, mayo 10). El Pacto de Migración y Asilo de la Unión Europea. Contexto, desafíos y limitaciones. Real Instituto Elcano.
https://www.realinstitutoelcano.org/analisis/el-pacto-de-migracion-y-asilo-de-la-union-europea-contexto-desafios-y-limitaciones - Martínez Escamilla, M. (2009). Inmigración, Derechos Humanos y Política Criminal: ¿Hasta dónde estamos dispuestos a llegar? InDret: Revista para el análisis del derecho, (3), 5-45.
https://www.raco.cat/index.php/InDret/article/view/138050/188695 - Ortega Velázquez, E. (2014). La consolidación histórica de la migración irregular en Europa: leyes y políticas migratorias defectuosas. Anuario mexicano de derecho internacional, 14, 637-689.
http://www.scielo.org.mx/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1870-46542014000100018&lng=es&tlng=es - Roverato, I. (2024, mayo 03). Infographía sobre los muertos y desaparecidos en Ceuta. Migreurop.
https://migreurop.org/article3263.html?lang_article=es&lang_nav=es - Servicio Jesuita a Migrantes. (2022). Informe CIE 2022. Diferencias que generan desigualdad: las lagunas en el reglamento de los CIE dan pie a diferentes regímenes interiores que generan desigualmente de derechos.
https://sjme.org/wp-content/uploads/2023/06/Informe-CIE-2022-SJM.pdf - Servicio Jesuita a Migrantes. (2023). Informe CIE 2023. Internamiento “muteado”: personas cuyo sufrimiento queda oculto a la sociedad.
https://sjme.org/wp-content/uploads/2024/06/Informe-CIE-2023-SJM.pdf - The Observatory for the Protection of Human Rights Defenders (OBS). (2021). Europa: Cerco a la Solidaridad. Análisis de los patrones de criminalización de la solidaridad a través de las voces de quienes defienden los derechos de las personas migrantes.
https://www.omct.org/site-resources/legacy/Europa-Cerco-a-la-Solidaridad_2021-11-15-150021_tdsp.pdf
