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Servicios Sociales

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Málaga, 8 de abril de 2022

Rafael Arredondo Quijada
Trabajador Social
Doctor por la Universidad de Málaga (UMA)
Profesor en los grados de Trabajo Social y Criminología de la UMA

El pasado enero se cumplieron cinco años de la entrada en vigor de la actual ley de Servicios Sociales de Andalucía (Ley 9/2016, de 27 de diciembre). Por recordar, por aquello de la memoria histórica, tuvieron que pasar 28 años para alcanzar una nueva ley que viniera actualizar la aprobada en 1988 (Ley 2/1988, de 4 de abril), donde el colectivo de profesionales del Trabajo Social estuvimos en primera línea ante una reivindicación como la de actualizar una norma casi treinta años después, obsoleta y fuera de contexto.

Una nueva norma que en sus disposiciones se marcaba un tiempo máximo de 12 meses para la elaboración de toda una serie de elementos claves para su desarrollo, como:

  • El Mapa de Servicios Sociales (Disposición adicional tercera).
  • El Mapa de Servicios Sociales (Disposición adicional tercera).
  • El Catálogo de prestaciones (Disposición adicional cuarta).
  • El Plan Estratégico (Disposición adicional quinta).
  • La Carta de los Derechos y Deberes de las personas usuarias de los Servicios Sociales (Disposición adicional sexta).

Transcurrido este tiempo (cinco años), de estos cuatro objetivos sólo se ha cumplido el primero, la aprobación del Mapa de Servicios Sociales (Orden de 5 de abril de 2019, modificado por Orden de 15 de febrero de 2022), no sin una demora sobre lo marcado de más de un año. En tanto en cuanto el resto de las cuestiones aún se las espera. Otra cuestión y que daría para otra publicación, es el contenido y utilidad del mapa. Los sistemas de información geográfica son herramientas ampliamente desarrolladas desde hace años y que, como en muchas de otras áreas, la implantación de las nuevas tecnologías llega tarde a nuestro Sistema Público de Servicios Sociales.

Uno de los elementos claves se encuentra en su última fase de elaboración y aprobación. Nos referimos al “Plan Estratégico de Servicios Sociales”, cuyo proyecto se publicó con alevosía y nocturnidad el pasado 23 de diciembre, coartando la gobernanza de la que presume y que ha levantado las quejas, entre otros, del Consejo Andaluz de Trabajo Social. Metodológicamente, parece que el plan estratégico debería haber sido el primer elemento en aprobarse, siendo el que diera sentido y coherencia a los demás planes, programas y estrategias. Pero no, tenemos aprobados, por ejemplo, el I Plan Estratégico Integral para Personas Mayores en Andalucía 2020-2022, o el I Plan de Investigación e Innovación en Servicios Sociales de Andalucía 2021-2025.

De las cuestiones aún pendientes, hago un especial hincapié en el Catálogo de Prestaciones ya que, al no haberse aprobado, está afectando al desarrollo de las prestaciones garantizadas (art. 42 de la Ley 9/2016, de 27 de diciembre), para que sean consideradas con carácter de derecho subjetivo, tal y como indica la Disposición transitoria segunda, ya que hasta que no se apruebe no surtirán efecto. Me permito copiar literalmente lo que dice la norma, debido a su importancia y trascendencia:

“Disposición transitoria segunda. Exigibilidad de las prestaciones garantizadas.

Las prestaciones definidas en el artículo 42 como garantizadas surtirán efectos jurídicos a partir de la aprobación y publicación del Catálogo de Prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía.

Artículo 42. Prestaciones garantizadas.

1. Se considerarán prestaciones garantizadas aquellas cuyo reconocimiento tiene el carácter de derecho subjetivo, son exigibles y su provisión es obligatoria para las Administraciones Públicas, en las condiciones establecidas en cada caso en el Catálogo de Prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales y en el ejercicio de las competencias propias en materia de servicios sociales que les atribuyen el Estatuto de Autonomía de Andalucía y la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.

2. El Catálogo de Prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales describirá de forma clara las prestaciones garantizadas, entre las que, al menos, estarán:

a) Los servicios de información, valoración, orientación y asesoramiento.

b) La elaboración y ejecución del Proyecto de Intervención Social, a fin de garantizar una adecuada atención acorde con la valoración social de la persona, familia o unidad de convivencia, donde se incorporarán los objetivos a alcanzar, los medios disponibles, los plazos máximos de tramitación y ejecución, así como las acciones específicas orientadas a fomentar, en su caso, la inclusión personal, social, educativa y laboral.

c) El servicio de teleasistencia.

d) La atención inmediata en situaciones de urgencia y emergencia social.

e) Los servicios específicos para la protección de niños o niñas en situación de riesgo o desamparo.

f) La protección jurídica y social de las personas con capacidad limitada y de personas menores de edad en situación de desamparo.

g) Las prestaciones económicas específicas y directas orientadas a la erradicación de la marginación y la desigualdad y a la lucha contra la exclusión social, que deberán incorporar un itinerario a través de un plan de inclusión y/o inserción sociolaboral.

h) Las prestaciones contempladas en la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, y en su normativa de desarrollo.

i) La protección y amparo a las personas víctimas de violencia de género o trata, así como, en su caso, a su unidad de convivencia.

j) El reconocimiento de la situación de discapacidad, determinando su tipo y grado.

k) El servicio de ayuda a domicilio de los servicios sociales comunitarios no vinculados a la Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

l) El alojamiento alternativo.

m) La prestación de servicios de apoyo psicosocial y psicoeducativa de atención a la infancia y la familia.

n) El tratamiento integral para las personas con problemas de drogodependencia y otras adicciones.

ñ) Atención a personas mayores víctimas de violencia intrafamiliar.

o) Las prestaciones económicas para menores en acogimiento familiar (último punto incorporado tras modificación en la Ley 4/2021, de 27 de julio, de Infancia y Adolescencia de Andalucía).

3. La efectividad jurídica de las prestaciones garantizadas contempladas en el punto anterior estará sujeta a la aprobación y publicación del catálogo definido en el artículo 41, salvo las referidas en las letras h) y j), que se rigen, en este aspecto, por su propia normativa.”

Después de ver el conjunto de prestaciones que se encuentran afectadas, imagino que el lector habrá comprendido la importancia de que el catálogo tuviera que estar aprobado en menos de un año y los perjuicios que esto puede estar ocasionando a la ciudadanía.

Revisando lo que se lleva elaborado de cara al catálogo, se encuentra la “Memoria económica financiera del proyecto de decreto por el que se aprueba el catálogo de prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía” (Tabla 1) que, haciendo un resumen de las partidas que contempla para los años 2021 a 2024, se observa una disminución del 1% que en el caso del programa de “Protección contra la violencia de género” alcanza el 50,48%, pasando de cerca de los siete millones a tres millones y medio. Dejaremos el tema económico para otro momento aunque, obviamente, es de suma importancia.

Tabla 1. Memoria económico financiera del proyecto de Decreto por el que se aprueba el Catálogo de Prestaciones del Sistema Público de Servicios Sociales de Andalucía 

PROGRAMAS Año 2021Año 2022Año 2023Año 2024Evolución 2021-2024
Programa 31E Atención a la Infancia174.706.062,00162.191.382,00163.629.505,00 165.262.983,00– 5,41 %
Programa 31G Acción comunitaria e inserción226.195.462,75 225.057.180,00 225.057.180,00 225.057.180,00 – 0,50 %
Programa 32E Proyectos de interés social45.603.848,00 45.603.848,00 45.603.848,00 45.603.848,00 
Programa 31R Atención a la dependencia, envejecimiento activo y discapacidad1.447.938.203,00 1.442.956.124,00 1.439.902.082,00 1.438.723.186,00 0,64 %
Programa 31F Pensiones asistenciales20.864.669,00 20.613.669,00 20.362.669,00 20.111.669,00 3,61 %
Programa 32G Acciones para la igualdad y promoción de las mujeres15.906.084,00 15.906.084,00 15.906.084,00 15.906.084,00 
Programa 31T Protección contra la violencia de género6.970.245,00 3.451.449,00 3.451.449,00 3.451.449,00 50,48 %
Programa 31B Plan sobre adicciones22.407.644,69 24.971.346,39 24.970.397,39 24.970.397,39 11,44 %
Programa 31P Servicio de apoyo a familias5.010.000,00 5.010.000,00 5.060.400,00 5.060.400,00 1,01 %
Total 1.965.602.218,44  1.945.761.082,39 1.943.943.614,39 1.944.147.196,39 – 1,09 %
Fuente: Elaboración propia

Por recordar algunos otros datos, Andalucía:

Mantiene una renta por hogar un 16% inferior a la media nacional y una renta por persona un 19% menor que la nacional.

Una tasa de riesgo de pobreza del 28,5% sobre un 21% a nivel estatal (+7,5).

Con más de 33.000 personas usuarias de renta mínima de inserción y un 30% del total de personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital.

Con 99 zonas con necesidades de transformación social, que en 1989 eran 8, donde se encuentra el barrio más pobre de España.

Más de 70.000 personas están a la espera de su resolución de grado de dependencia o resolución del PIA, con 540 días de espera desde que se presenta la solicitud hasta que se resuelve el recurso.

Y se podría seguir…, situación de vivienda, empleo, educación o sanidad, totalmente relacionado con la intervención y el Sistema de Servicios Sociales.

Son solo una serie de datos cuantitativos que confirman la necesidad y urgencia de un cambio en lo que se ha venido realizando y cómo se ha venido realizando, adentrándonos en la parte más cualitativa. Un modelo de intervención que olvida realmente a las personas y recarga la opción burocrática que requiere de adaptaciones y de que realmente ese modelo de atención centrado en la persona, recogido en la ley, sea una realidad desde una apuesta contundente por reforzar en personal y material todo el Sistema Público de Servicios Sociales, mientras tanto se seguirá “mareando la perdiz” y los de siempre, estén quien estén, haciendo de las suyas.

En el borrador del Plan Estratégico de Servicios Sociales, se identificaba como elementos claves para la formulación del Plan, la “consolidación del Sistema Público de Servicios Sociales”, y “el refuerzo del liderazgo estratégico de la Junta de Andalucía sobre la red de servicios locales”.

Revertir la situación actual, necesita de ambas cosas.

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