Rubén Yusta Tirado Doctor en Trabajo Social por la Universidad Complutense de Madrid. Profesor Asociado en la Universidad Pontificia Comillas de Madrid
Recientemente, los medios de comunicación se han hecho eco del estudio llevado a cabo por el Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) (2024) por el cual, un 44,1% de los hombres encuestados creen que se ha llegado tan lejos en la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres, que ahora son estos últimos los discriminados. Obviamente, el informe recoge otros aspectos interesantes dentro de la cuestión de género, tales como la opinión del 67,2% de las mujeres que creen que las desigualdades entre ambos son muy grandes o bastante grandes, o el hecho de que un 22,4% de éstas piense que las desigualdades existentes son las mismas que hace 10 años. En cambio, el dato que más ha trascendido y que está teniendo una mayor repercusión es el relativo a este 44% de hombres que sienten que la discriminación ha “cambiado de bando”, cuestión compartida también, como bien muestra el informe, por el 32,5% de las mujeres encuestadas. Lejos de entrar en una valoración de estos resultados, o incluso de buscar el porqué de estas opiniones, es interesante reflexionar acerca de este intercambio en términos de discriminación, de la mano de un concepto que etimológicamente también hace referencia a una transición y que, en la actualidad, tiene una aceptación y una connotación totalmente diferente: el empoderamiento.
El empoderamiento femenino ha sido definido como un proceso de transformación social, que permite mejorar las capacidades de las mujeres en pos del progreso del sistema social en el que se desenvuelven (León y Batliwala, 1997). Un procedimiento en el cual, las mujeres ganan un mayor control sobre los recursos intelectuales y materiales y desafían la ideología del patriarcado y la discriminación por género (Batliwala, 1994), en el que éstas pueden tomar decisiones informadas y adquirir control sobre sus propias vidas (Casique, 2010). En cambio, de acuerdo con la Real Academia Española (2023), el verbo empoderar hace referencia a la acción de hacer poderoso o fuerte a un individuo o grupo social desfavorecido. Ahondando en la última definición de este concepto, se establece la premisa de que el individuo o grupo social desfavorecido, necesita o requiere de un tercer agente, grupo o individuo que genere este traspaso de poder. En este sentido, cuando el empoderamiento se asocia a la mujer, se puede suponer que este traspaso de poder, esta prestación o delegación en pos de la mejora de una situación desfavorable, se ejecuta por parte del hombre hacia la mujer, lo cual no deja de ser llamativo si a nivel semántico se superpone con los datos analizados en el informe del CIS anteriormente citado. De acuerdo con esta premisa, el escenario resultante se antoja una suerte de proceso en el que, tras la concesión o traspaso de poder del hombre a la mujer mediante las diferentes campañas, políticas y procedimientos de promoción de la igualdad, el colectivo masculino se siente discriminado ante la ausencia de un poder que, nuevamente por definición, les ha pertenecido primigeniamente.
También es importante destacar que los datos que dan pie a esta reflexión, los cuales sustentan el supuesto sentimiento de discriminación hacia el hombre por el avance de las medidas en materia de igualdad, no son nuevos en su planteamiento. Ya en 2012, cuatro años después de la creación en España del Ministerio de Igualdad, a nivel internacional se empezaban a escuchar las primeras voces que abogaban por esta supuesta desigualdad (Benatar, 2012), haciendo alusión cuestiones como que mientras que existe una intervención cuando las mujeres se ven subrepresentadas en los puestos ejecutivos de las principales empresas, por ejemplo, existe cierta inacción en cuestiones como que existan más estudiantes de género femenino o que los hombres tengan más probabilidades de ser reclutados para el ejército (De Castella, 2012). Esta confrontación de datos que, a todas luces, mezcla datos que poco a nada tienen que ver entre sí para diseñar un escenario de desigualdad, no es tan lejana ni en el tiempo ni en el espacio. En España contamos con movimientos exclusivamente dirigidos a subrayar ciertas diferencias entre ambos géneros (Pujalví, 2023) cuya veracidad o exactitud de los datos quedan a disposición de la persona lectora, así como diferentes posicionamientos políticos que, al igual que el filósofo sudafricano anteriormente mencionado, entremezclan conceptos de igualdad con aspectos tan variopintos como el libre mercado, la ciencia, el marxismo o las tareas domésticas, entre otras (Vilches, 2024; Mateo, 2024).
Tal y como se ha comentado anteriormente, no se va a entrar a valorar tal sentimiento mostrado en el informe que abre este artículo, pero sí que es importante reflexionar con la ayuda de estos datos, acerca del escenario que dibuja esta situación. Con todo lo anterior, se llega a la conclusión del machismo, definido como una forma de discriminación sexista caracterizada por la prevalencia del varón (Real Academia Española, 2023), implícito en el concepto del empoderamiento de la mujer, el cual dibuja una situación en la que el colectivo masculino “cede” parte de su poder en pos de la mejora de las condiciones de las mujeres; situación que, además, apoyada por los datos citados anteriormente, ha encendido las alarmas en el colectivo masculino, como un resorte que indica un sentimiento de exceso de empatía para con sus homónimas femeninas.
Para terminar, esta reflexión apoyada en un ejercicio de interpretación semántica de un término extremadamente utilizado en cuestiones de igualdad entre hombres y mujeres, nos ayuda a comprender la importancia del lenguaje en la conformación del pensamiento y, en definitiva, de la forma de proceder y de actuar en la sociedad, tal y como ya ha sido analizado históricamente por Wittgestein (1993) y Gadamer (1996). Pero además, nos permite reflexionar, aspecto muy recomendado en un momento crítico para las relaciones entre géneros, sobre conceptos que tenemos del todo integrados y que, en su base, en su semántica, puede radicar como se ha mencionado, la explicación a ciertos fenómenos que actualmente impactan en la sociedad. Una reflexión más que recomendada teniendo en cuenta nuestra pertenencia a una disciplina profundamente feminizada (Consejo General del Trabajo Social, 2023) como el Trabajo Social que, además, es clave en la conformación de una intervención social feminista en su sentido más amplio (Zunino y Guzzetti, 2018) y que está llamada a visibilizar y a avanzar en la lucha contra las situaciones de desigualdad en las que se cuestionen las estructuras sociales que las sostienen (Fernández-Montaño, 2015).
Bibliografía
Batliwala, S. (1994). Population Policies Reconsidered. Harvard University Press.
Benatar, D. (2012). The Second Sexism: Discrimination Against Men and Boys. Wiley-Blackwell.
Casique, I. (2010). Factores de empoderamiento y protección de las mujeres contra la violencia. Revista mexicana de Sociología, 72(1), 37.71.
Wittgestein, L. (1993). Tractatus Logico-Philosophicus. Alianza Universidad.
Zunino, E., y Guzzetti, L. (2018). La intervención social en clave feminista. Aportes de las teorías feministas para la intervención en lo social. Debate Público, 15-16(1), 49-57.
Gema Isabel Serrano Hermoso. Trabajadora Social. Coordinadora de la empresa de inserción ADOBE VERDE S.L.
Economía, presente en nuestro día a día incluso cuando no lo creemos. La economía está presente en nuestra vida a través de nuestras acciones y decisiones. Todas y todos hacemos economía, todas y todos gestionamos los recursos con los que contamos y esto, es el más básico y común significado de la palabra economía.
Es entonces que Economía y Trabajo Social comparten una porción de su concepto, ambas disciplinas estudian los recursos con los que se cuenta para la mejor gestión de los mismos, con el objetivo de mantener y mejorar su propia realidad. La base de su significado, refleja la interrelación de ambas ciencias, por tanto, se podrían o deberían entender como dependientes la una de la otra. Sin embargo, puede desconcertar la ilación entre las mismas y es que cuando hablamos de economía, pensamos en dinero y en el manejo de este, mientras que cuando hablamos de trabajo social, pensamos en la falta de dinero, no obstante, incluso en esta aparente no relación, ya existe un fuerte vínculo, que puede potenciar objetivos de ambas disciplinas.
Al igual que el Trabajo Social se divide en diferentes ramas, la economía se bifurca en diferentes modelos. En este artículo hacemos una relación directa entre el Trabajo Social dentro del Tercer Sector y la Economía Social y Solidaria. Estos dos conceptos estarán unidos a través de la Empresa de Inserción. Dando respuesta a ¿Qué es la economía social y solidaria?, ¿Qué es una Empresa de Inserción? y ¿Cuál es el papel de un profesional del Trabajo Social dentro de la Empresa de Inserción?, se pretende dar a conocer una realidad del Trabajo Social, quizás aún algo desconocida.
¿Qué es la economía social y solidaria?
“La Economía Social y Solidaria es un enfoque de la actividad económica que tiene en cuenta a las personas, el medio ambiente y el desarrollo sostenible y sustentable, como referencia prioritaria por encima de otros intereses” (Carta de Principios de la Economía Solidaria.REAS – Red de Redes – mayo 2011).
La economía Social y Solidaria está materializada en nuestra legislación a nivel europeo, estatal y autonómico.
Según el Ministerio de Trabajo y Economía Social (MITES), la economía social y solidaria es un conjunto de actividades económicas y empresariales, que se llevan a cabo dentro del ámbito privado con un interés general económico o social, o ambos y de conformidad con los siguientes principios:
Principio de Equidad.
Principio de Trabajo.
Principio de Sostenibilidad ambiental.
Principio de Cooperación.
Principio de “Sin fines lucrativos”.
Principio de Compromiso con el entorno.
La Economía Social y Solidaria (ESS) entiende que, sin tener en cuenta a la persona y el entorno, toda actividad económica que se practique será enemiga de su propia continuidad pues persiguiendo su objetivo de crear riqueza a cualquier costo, también se generará desigualdad y devastación, lo que más tarde o más temprano será insostenible en el tiempo.
Algunos datos de interés del aporte de la economía social y solidaria al sistema económico de nuestra sociedad:
Empleo estable y de calidad (80%) contratos indefinidos.
10% del PIB Español. (14% del PIB Andaluz).
12,5% del empleo.
42,8% de la población está vinculada a la economía social.
Más de 43.000 empresas presentes en todos los sectores económicos de nuestra sociedad.
Apuesta por las personas. La economía social y solidaria ha destruido un 6,5% menos de empleo que el resto de las empresas.
¿Qué es una Empresa de Inserción?
Existen diferentes formas de llevar a la práctica el modelo de economía social y solidaria. Según su forma jurídica, podemos encontrarnos con:
Cooperativas: Creación de una empresa en propiedad conjunta y gestionada democráticamente, a través de la unión voluntaria de personas que buscan satisfacer sus necesidades y aspiraciones comunes en materia económica, social y cultural.
Empresas de inserción: Entidades, sociedad mercantil o cooperativa que realizan una actividad empresarial, con el fin primordial de integrar y formar sociolaboralmente a personas en situación de exclusión social a través de un contrato de trabajo con un itinerario sociolaboral.
Centros especiales de empleo: Son empresas con un objetivo principal: proporcionar a las trabajadoras y los trabajadores con discapacidad, la oportunidad de realizar un trabajo productivo y remunerado que facilite su integración laboral en el mercado ordinario de trabajo.
Asociaciones y fundaciones: Organizaciones sin ánimo de lucro de interés general y/o particular.
Mutualidades: Son sociedades sin ánimo de lucro cuya constitución se basa en principios solidarios y ayuda mutua.
Cofradías de pescadores: Son corporaciones de derecho público sectorial y sin ánimo de lucro. Representan los intereses económicos de armadores de buques de pesca y de trabajadores del sector.
Sociedades Laborales: Son empresas cuyo capital pertenece en mayor parte a los propios trabajadores.
Además, dependiendo de su objeto social, la economía social y solidaria se puede distinguir entre economía:
Economía Circular: Sistema de producción caracterizado principalmente por sus principios de sostenibilidad, ahorro de recursos y de fuente de energía.
Economía Verde y Azul: Se enfocan en la compatibilidad entre el desarrollo económico y la conservación del medio ambiente.
Economía feminista y eco-feminista: Perspectiva económica incluyendo como enfoque prioritario o punto de partida la desigualdad entre hombres y mujeres.
Comercio justo: Sistema de comercio basado en la sostenibilidad social y medioambiental que persigue el respeto y la equidad entre la persona productora y la persona que consume.
Finanzas y banca ética: Formas alternativas a la tradicional banca que buscan combinar el desarrollo económico con la sostenibilidad social y medioambiental.
Algunos de los anteriores conceptos son más sonados que otros en nuestra sociedad. Conocemos el modelo de las cooperativas presente en la mayor parte del tejido empresarial del mundo rural. Por otro lado, el comercio justo que comienza en 1964, está cada vez más presente en las marcas de nuestros supermercados. También podemos apreciar que la economía circular se apodera de aquellos y aquellas con cada vez más conciencia en la industria de la moda. Sin embargo, al escuchar empresas de inserción hay una cierta tendencia a la confusión con los centros especiales de empleo o directamente no se conoce qué es una empresa de inserción.
Como ya se ha señalado anteriormente, las empresas de inserción se inscriben bajo el marco de la economía social. Son sociedades mercantiles o cooperativas que, en base a su marco legal, Ley 44/2007, han sido creadas por entidades sin ánimo de lucro (asociaciones, fundaciones o administraciones), con el objetivo de la inclusión al mercado laboral de personas en situación de exclusión o riesgo, ofreciéndoles un puesto de trabajo, formación y un itinerario personalizado de acompañamiento sociolaboral durante un periodo máximo de tres años.
Requisitos de las empresas de inserción:
Al menos el 51% del capital social es aportado por una entidad sin ánimo de lucro.
Mantener entre sus trabajadoras y trabajadores un porcentaje de, al menos el 50% de personas trabajadoras en itinerario (personas en riesgo o en exclusión).
Al menos el 80% de sus resultados o excedentes de cada ejercicio se reinvierten en su objeto social.
Características de la empresa de inserción:
Objeto Social: Integración sociolaboral de las personas trabajadoras de la misma empresa.
Empresa de tránsito: Cada persona trabajadora en riesgo de exclusión desarrollará un proyecto sociolaboral a través de un itinerario personalizado con un máximo de tres años dentro de la empresa.
Itinerarios personalizados: Contemplan tanto la faceta laboral como el acompañamiento social de la persona y su entorno familiar, que propicie la adquisición de competencias sociolaborales para su inserción en el mercado laboral ordinario, así como paliar sus necesidades o dificultades sociales. Tendrán el objetivo de que la persona adquiera aquellas cualidades y habilidades sociolaborales que se detecten a mejorar, para que la persona adquiera un perfil competente para su inserción en el mercado laboral ordinario.
Trabajadoras y trabajadores en riesgo o en exclusión: Serán las personas contratadas por la empresa de inserción y cuya situación de exclusión o riesgo de exclusión se certifique a través de los Servicios Sociales Comunitarios.
Tutelada por entidades sin ánimo de lucro: Más de la mitad del capital económico invertido en la creación de la empresa debe proceder de una Asociación, Fundación o Administración Local.
Competitivas: Las directivas europeas, legislación nacional y autonómica, protegen y fomentan las empresas de inserción, a través de la implantación de cláusulas sociales y reserva de mercado en la contratación pública.
Beneficio Social: Reinvierte de forma obligatoria al menos el 80% de las ganancias para la mejora de la propia empresa y de las condiciones de las y los trabajadores.
Acceso a incentivos: Debido a que la principal función de la empresa de inserción es conectar al mercado laboral a personas que por cualquier motivo se desconectaron o ni siquiera tuvieron la oportunidad, la plantilla de una empresa de inserción debe ser más amplia que la de una empresa genérica pues una empresa de inserción está formada por los y las trabajadoras que desarrollan la actividad económica, los puestos de las personas de referencia que enseñan en la producción y las personas que desarrollan el acompañamiento integral de cada itinerario personalizado; trabajadoras/es sociales, psicólogas/os y tutoras/es de inserción.
¿Cuál es el papel del/la profesional del Trabajo Social en la empresa de inserción?
Aunque es un ámbito menos conocido el de la figura de la trabajadora o trabajador social dentro de la empresa, son cada vez más las empresas que incorporan a profesionales del Trabajo Social en el departamento de Recursos Humanos. Su función está encaminada a facilitar la integración a la propia organización de las nuevas personas empleadas, a través de la tutorización de las mismas y favoreciendo la mediación con la empresa y el resto de la plantilla en caso de conflicto, así como atendiendo a la diversidad y la igualdad entre sexos, etc.
En el caso de las empresas de inserción, el papel de la trabajadora o trabajador social no es una alternativa al cambio, sino que se entiende como necesario dentro de la misma. Como ya se ha explicado anteriormente en este artículo, la empresa de inserción tiene la obligación de intervenir con las personas en riesgo o exclusión social que forman al menos el 50% de la plantilla, a través de itinerarios personalizados. Es aquí donde la intervención y el acompañamiento del/la profesional del Trabajo Social es fundamental para la ejecución y el desarrollo de los mismos. Estos itinerarios personalizados de acompañamiento, no dejan de ser un proyecto de intervención sociolaboral con el objetivo final de la inserción sociolaboral de la persona trabajadora en acompañamiento.
Además, el Trabajo Social como disciplina, en su búsqueda por el cambio, el desarrollo y la cohesión social, puede encontrar como grandes aliadas a la economía social y solidaria y, en especial, a las empresas de inserción que vertebran a la perfección con la sociedad, generando el fortalecimiento y la emancipación de las personas y teniendo una incidencia muy particular tanto fuera como dentro de los espacios urbanos.
En conclusión, las empresas de inserción se encuentran como el mejor de los programas preventivos, formativos y de apoyo a la inserción social y laboral de las personas que se encuentran en riesgo o en exclusión social.
Siendo una herramienta de inclusión segura y perdurable que, además, evita el llamado efecto boomerang que podemos experimentar desde el tercer sector con muchas de las personas usuarias dada la precariedad del mercado laboral y la estructura hereditaria de la exclusión social.
Además, el conocimiento y la experiencia de las de las entidades sociales, quienes tienen el 80% del dominio de la empresa de inserción, aventaja a estás haciéndolas competitivas y de calidad dentro del tejido empresarial, así como adaptativas a los cambios dentro de la economía de la propia sociedad, puesto que se unen las sinergias de vocación y compromiso con las personas y la de la más eficaz y eficiente gestión de los recursos dentro de una realidad austera, factores de gran ayuda para el desempeño económico.
HINTZE, Susana (2010). La economía social y solidaria como estrategia alternativa al capitalismo. En La política es un arma cargada de futuro: economía social y solidaria en Brasil y Venezuela. Buenos Aires CLACSO.
Inmaculada Aparicio Gutiérrez Trabajadora Social y Antropóloga. Mediadora familiar especializada en Terapia Familiar e intervenciones sistémicas. Gerente del Gabinete Social Motiva-te
Lorenzo Pérez Sarrió Trabajador Social y terapeuta familiar especializado en infancia y juventud en riesgo social. Máster en intervención criminológica y victimológica. Responsable del blog @trabajosocialconfamilia
“No hay nada tan práctico como una buena teoría.” (Kurt Lewin)
Cualquier profesional que trabaje en la intervención social necesita disponer de un modelo teórico que le oriente en sus intervenciones prácticas. Cada profesional se adhiere al modelo que mejor le explica la realidad que observa y en la que tiene que intervenir. Los modelos parten de presupuestos teóricos y desarrollan técnicas prácticas, tal es así que en el Trabajo Social nos encontramos con el modelo de casework o de diagnóstico, modelo de modificación de conducta, entre otros (Escartín, 1998).
Todos estos modelos son diferentes en cuanto a los presupuestos teóricos y en cuanto a las intervenciones que llevan a cabo. Sin embargo, hay algo común en todos ellos, y es que cuentan con una mirada de intervención individual hacia la persona usuaria. Es aquí donde se diferencia el modelo sistémico de los restantes, ya que parte de una premisa diferente. El modelo sistémico considera que no podemos entender a la persona de manera aislada, sino que esta se encuentra inserta en un contexto al que llamamos sistema. En este sentido se incorpora la causalidad circular donde si un individuo manifiesta una conducta que denota sufrimiento, esa conducta afecta a los que están a su alrededor y, a su vez, ellos mantienen, provocan o inhiben, también dicha conducta. Es por eso que, donde hay que intervenir no sólo es en el individuo, aislándolo de su contexto, sino en todo su sistema de pertenencia. El contexto forma parte del problema y a la vez de la solución, existiendo múltiples aspectos a analizar en cada familia como son las interacciones, la estructura familiar, los estilos educativos, roles, alianzas, coaliciones y triangulaciones, subsistemas familiares y límites, mitos en la familia, estilos de apego, ciclo vital e intereses vitales, etc. En definitiva, es importante el estudio de todos estos aspectos porque cualquier intervención en un individuo encuentra siempre su reacción y efecto en el entorno.
De esta manera, cuando hablamos de mirada sistémica hacemos referencia, a una manera diferente de “pensar” la realidad, en la que la persona usuaria aislada pierde preponderancia en aras de hacer incluir en nuestra mirada e intervención al contexto, al sistema, a lo relacional.
Desde los comienzos del Trabajo Social como disciplina académica, una de las características básicas ha sido su vinculación con familias catalogadas como “disfuncionales”. Siendo uno de los principales problemas a la hora de realizar la evaluación diagnóstica del entramado familiar la delimitación de lo que constituye una familia funcional de la que no. Por ello, es necesario revisar el concepto idealista de familia “normal”, es decir, aquellas familias idealizadas en la que se presuponía la no existencia de tensiones familiares. Hoy sabemos que todas las familias presentan dificultades cotidianas que deben ser afrontadas a lo largo de las distintas fases del ciclo vital. Por lo tanto, la familia “disfuncional” no puede distinguirse de la funcional por la presencia de problemas, sino por su respuesta desajustada a los desequilibrios naturales que todo sistema atraviesa en la interacción con su contexto, utilizando patrones de interacción recurrentes que dificultan el desarrollo psicosocial de sus miembros, su adaptación y la resolución de conflictos. Ante situaciones que generan estrés, aumentan la rigidez de sus pautas transaccionales y de sus límites, no accediendo a sus propios recursos ni a aquellos que se encuentran en su propio contexto.
Entre las familias con mayores dificultades, el Trabajo Social se ha venido vinculando con la intervención hacia las familias multiproblemáticas o multiasistidas, que podríamos decir que son aquellas familias que tienen la dificultad de estar lidiando con demasiadas instituciones por la presencia simultánea de dos o más miembros con problemas. Tal es así que, probablemente, los/as profesionales del Trabajo Social nos encontraremos a lo largo de nuestra praxis algún caso de familia multiproblemática o multiasistida en la que se da una situación de crisis crónica. Los equipos profesionales se encontrarán con demandas continuas y diversas que requieren una mirada sistémica y coordinada en red, permitiendo de este modo una intervención integral en la que la familia logre acceder a sus propios recursos y promover su autonomía.
Las condiciones de vida de las familias multiproblemáticas o multiasistidas son, en algunos casos, un reflejo de su propia desorganización vital. Existiendo una falta de límites internos entre los subsistemas, y de estos hacia el exterior. La situación en ocasiones es caótica y la desorganización es total, tanto es así que incluso acabamos generando situaciones de isomorfismo en los equipos profesiones donde también se acaba proyectando una desorganización en la intervención, probablemente con un sentimiento de no saber hacia dónde se va. Y aquí nos preguntamos sobre si también, nuestro propio sistema de ayuda profesional desorganizado en algunos casos, impacta y desorganiza a las propias familias.
Consideramos que la intervención social se orientará a promover y favorecer cambios positivos en la familia y en su entorno para que sea ella quien alcance los logros. La persona usuaria, la familia, el grupo, la comunidad siempre interactúan a modo de vasos comunicantes, por esto el modelo sistémico resulta un buen mapa conceptual. Desde nuestra praxis, no es una fórmula con un resultado rápido, ni es posible intervenir al margen de un diagnóstico social. El Trabajo Social con familias no tiene que ver únicamente con esas prácticas asistencialistas que relacionan problemas sociales con recursos materiales. Nuestra intervención va más allá y no podemos permitir que se simplifique.
Para ello, es fundamental la especialización y apostar por una formación continua y actualizada que nos permita adaptarnos a las nuevas realidades. Desde este conocimiento podemos establecer una adecuada relación de ayuda que permita acompañar hacia la problemática en la que se encuentran inmersas las personas, familias y sus contextos. En definitiva, promover el empoderamiento de las personas y hacerlas partícipes de su propio proyecto vital, acorde a los derechos humanos y los principios éticos de la profesión.
En cualquier caso, nos planteamos si existe un riesgo de que una mirada rígida del profesional acabe nublando la realidad de cada familia. Los modelos teóricos son mapas imprescindibles, sin embargo, la realidad de cada caso requiere una constante reformulación, evitando de este modo que las personas se acaben ajustando a nuestras teorías en lugar de que las teorías nos permitan conocer a las personas.
Tania Fajardo Tejera. Psicóloga y terapeuta familiar. Autora de Reburujina.
Hasta aquí, hemos hablado brevemente de la mirada sistémica en el Trabajo Social con familias, pero la evaluación familiar no se lleva a cabo de forma unidireccional, es decir, desde el profesional a la familia, sino que tal y como afirma la segunda cibernética es bidireccional: la familia, también influye en el profesional. Por tanto, el diagnóstico social y la evaluación se realiza a través de cómo él y la profesional “se une” a la familia. En este punto cobra vital importancia que los y las profesionales hayan desarrollado un trabajo introspectivo de sí mismo o de sí misma. Conocer nuestra personalidad, emociones, capacidades y heridas será un aspecto esencial de la intervención profesional.
En la reflexión cabe preguntarse cómo es posible que estemos conociendo a otras personas y familias sin haber reflexionado sobre nuestra historia, o ni siquiera conocer el funcionamiento de nuestra psique. Mirarse a nivel individual y/o familiar supone un salto, en ocasiones desconocido, generando en algunas personas profesionales incertidumbre y miedo. Plantearse esto puede suponer un cambio en nuestro contexto vital.
Sin haber integrado nuestra propia historia de vida algunas intervenciones profesionales, en la mayor parte, bienintencionadas e inconscientes, pueden generar daño iatrogénico. Si no existe consciencia, la asimetría dada en la relación profesional puede acabar encorsetando a las familias en aquellos discursos de poder existentes en la sociedad y que generan malestar en los individuos, tal y como refería Foucault (White y Epston, 1993).
Por todo ello, el/la profesional también tiene que trabajarse, porque al final hacemos nuestra profesión desde lo que somos y ahí es donde reside nuestro potencial. Disponer de una caja de herramientas y de claves personales nos puede permitir manejar adecuadamente aspectos significativos de las familias que acompañamos, siendo indispensable para ello aprender a mirar en la propia familia de origen y la propia familia actual, ya que las resonancias que las familias producen en los y las profesionales pueden ser favorecedoras para la intervención o, por el contrario, influir negativamente. En definitiva, saber distinguir la contratransferencia (lo que la familia despierta en ti) de la transferencia (lo que tu despiertas en la familia).
Para salir de este embrollo, los espacios de supervisión profesional o comités de ética de los colegios profesionales pueden ser útiles. Si imaginamos una situación donde el profesional está proyectando una parte propia, sus creencias o mapa de vida ante un caso, contar con una mirada más amplia de la situación que nos permita comprender que parte del profesional se está moviendo ante la familia, puede servir para movilizar nuevas maneras de trabajar y promover la buena praxis profesional.
El Trabajo Social ofrece un amplio campo de estudio y requiere una constante reflexión personal. Es de utilidad para ello realizar alguna vez nuestro propio genograma familiar, conocer aquellas heridas emocionales presentes en nuestra historia y las fortalezas que aprendimos tras ellas. Ejercer la profesión desde la responsabilidad, identificando aquellas contratransferencias que nos generan resonancias. Pensar sobre nuestro estilo preferente de apego y las emociones de nuestro día a día. Comenzar un proceso de desarrollo personal puede ser de gran utilidad ya que es complicado acompañar a las familias a aquellos lugares donde nosotras y nosotros aún no hemos estado, sin duda un trabajo complejo, pero altamente apasionante.
Nos queda mucho camino por recorrer en el Trabajo Social y el futuro deseable de la profesión consideramos que está en manos de cada profesional. Por ello, seguiremos escribiendo desde la praxis de estos años vividos y los que nos quedan por vivir con sus luces y sombras, con el soporte de profesionales que caminan en la misma dirección y se miran para poder mirar.
BIBLIOGRAFÍA
Escartín, M.J. (1998). Manual de trabajo social (Modelos de práctica profesional). Amalgama.
White, M., & Epston, D. (1993). Medios narrativos para fines terapéuticos. Paidós
La palabra aborto es una cuestión que siempre ha estado presente en nuestras vidas pero que muchas veces llama la atención porque suele ser un tema tabú para nuestra sociedad. El aborto es una de las realidades más oscuras que ha acompañado a la humanidad a lo largo de su historia. Por eso tratar el tema del aborto implica siempre debatir una cuestión compleja y controvertida. (Morán, 2009).
En primer lugar, hay que tener claro una serie de conceptos sobre la Interrupción Voluntaria del Embarazo. Se trata de la evacuación completa del contenido del útero gestante antes que el feto sea viable y de forma intencionada. Siguiendo un procedimiento de valoración ecográfica y psicológica. Se realiza con dilatación y aspiración o con prostaglandinas, dilatación y legrado. Es igual de importante intentar ser garantes de una atención integral de la mujer en la Interrupción Voluntaria del Embarazo, para ello los profesionales de salud que prestan servicios tanto a la mujer como a la familia que lo solicita deben ofrecer opciones convenientes, privadas y que sean las más adecuadas para cubrir la situación y sus preferencias. (Rodríguez Díaz & Vázquez Lara, 2008).
La Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, ha introducido importantes novedades en la regulación de la Interrupción Voluntaria del Embarazo en España. Existen dos polémicas, en primer lugar, los supuestos en que la nueva Ley admite la Interrupción Voluntaria del Embarazo, así como los argumentos dados respecto a la constitucionalidad de la norma. En segundo lugar, la capacidad de la menor de edad para consentir un aborto, a la vista del régimen general de capacidad de los menores y de los antecedentes legislativos sobre la materia. En relación con este último aspecto, también se deberá de estudiar la confidencialidad de la Interrupción Voluntaria del Embarazo en el caso de menores maduras sometidas a la patria potestad. (Andreu Martínez, 2010)
La Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, o comúnmente llamada reforma de la Ley de aborto, introduce una serie de modificaciones en La Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo. Esta ley orgánica tiene por objeto garantizar los derechos fundamentales en el ámbito de la salud sexual y de la salud reproductiva, regular las condiciones de la Interrupción Voluntaria del Embarazo y de los derechos sexuales y reproductivos, así como establecer las obligaciones de los poderes públicos para que la población alcance y mantenga el mayor nivel posible de salud y educación en relación con la sexualidad y la reproducción. (BOE, 2023)
A petición de la mujer en las primeras 14 semanas de gestación ( mitad del cuarto mes)
Por determinadas causas médicas con diferentes plazos.
Las causas médicas pueden ser:
Que exista grave riesgo para la vida o la salud de la mujer hasta las primeras 22 semanas de gestación (sexto mes de embarazo)
Que exista riesgo de graves anomalías en el feto
Cuando existan anomalías fetales incompatibles con la vida.
Cuando se detecte en el feto enfermedad extremadamente grave e incurable en el momento del diagnóstico.
Esta ley orgánica tiene por objeto:
Garantizar los derechos fundamentales
Regular las condiciones de la IVE
Establecer las obligaciones de los poderes públicos para que la población alcance el mayor nivel posible de salud y educación en relación con la sexualidad y la reproducción.
Los efectos psicológicos y adversos en relación con la Interrupción Voluntaria del Embarazo pueden existir, es un problema bastante complejo y muy controvertido e incluso muchas veces politizado. Existen multitud de problemas psicológicos relacionados con la ansiedad, la depresión, confusión y sentimientos de culpabilidad. Puede conllevar consecuencias adversas para la salud mental de la persona que realiza la Interrupción Voluntaria del Embarazo. Muchos estudios determinan que la mujer que realiza el aborto voluntario presenta una prevalencia de síntomas de ansiedad y depresión muy elevado y a su vez, un nivel de optimismo en la vida significativamente menor en comparación. (Camps, 2015)
Los derechos de la personalidad de los menores, especialmente del honor y la propia imagen, es un tema actual el cual resulta incuestionable que los menores son sujetos especialmente vulnerables, por lo que sus derechos siempre gozan de una protección específica y reforzada.
En los casos de los derechos del art 18.1 CE tienen una especial importancia, en primer lugar, porque se trata de derechos fundamentales, lo que les dota de una superioridad normativa y en segundo lugar porque cada vez los menores sufren más ataques directos a su honor, intimidad personal y familiar y su propia imagen. (Lorente López, 2014)
La aprobación de la nueva Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo, así como sus modificaciones, en concreto referente a la edad de la paciente que le permite tomar la decisión sin consentimiento paterno, esto ha suscitado un debate entre la población, acerca de lo adecuado o no de esta nueva modificación.
Diversos estudios han demostrado la presencia de secuelas psicológicas tras realizar la Interrupción Voluntaria del Embarazo en adolescentes, lo que viene denominado como síndrome post-abortivo. El estudio resuelve con que las leyes más restrictivas frente al aborto son las que más problemas han generado en cuando a la seguridad en las adolescentes, llevándolas en ocasiones a ponerse en manos de personas más inexpertas y clínicas ilegales con los riesgos que supone. La libre elección de informar a los padres ha demostrado que aumenta la comunicación entre ellos frente a la obligatoriedad. (Ortega Barreda, 2011)
El embarazo no deseado es un problema que sigue afectando a más de 10.000 jóvenes al año en nuestro país y pese a que este dato va disminuyendo, todavía es bastante significativo. Varios autores apuntan la necesidad de seguir haciendo estudios acerca de las posibles secuelas psicológicas de las pacientes que han solicitado la Interrupción Voluntaria del Embarazo, ya que estudios afirman la existencia de errores metodológicos importantes, además de hacer una valoración más exhaustiva de los efectos a largo plazo. Los estudios no son concluyentes en cuanto a la existencia de un síndrome post-abortivo ni en cuanto a la gravedad ni el número de mujeres que pueden padecerlo, relacionándolo en muchos casos con la presencia de alteraciones psicológicas previas al embarazo. (Ortega Barreda, 2011)
El aborto ha sido y sigue siendo un tema muy complejo a día de hoy, tanto que ni siquiera existe una definición aceptada por todas las ramas del pensamiento humano, la falta de consenso hace que el aborto se encuentre dentro de un tema controversial y a su vez de gran interés mundial.
En la sociedad actual vivimos una constante presión social debido a la problemática que ha conllevado siempre la Interrupción Voluntaria del Embarazo. A día de hoy los adolescentes tienen un inicio de las relaciones sexuales cada vez más precoz y se considera urgente la formación de un abordaje de información sobre la interrupción del embarazo, dado que antes era simplemente anecdótico.
Se debe profundizar sobre la importancia que tiene la educación sexual tanto a nivel de personal sanitario como de ampliar la formación en pediatras en tema interrupción del embarazo, dado que con el paso de los años las relaciones sexuales entre los jóvenes se darán cada vez en edades más tempranas, debido a su vez a la presión social.
Cabe destacar posibles líneas futuras de investigación, debido a la importancia de la información sobre dicho tema, es muy importante llevar a cabo más estudios que indaguen y profundicen en los muchos recursos que atiende esta demanda. Se debe realizar a su vez una concienciación de la sociedad con las personas que deseen abortar para que estas no sean señaladas ni estigmatizadas.
Hoy en día desde el Trabajo Social también es conveniente trabajar con las relaciones sexuales adolescentes, ya que cada vez son más tempranas, dado que la edad del aborto suele ser en mujeres muy jóvenes, por ello es importante realizar proyectos de concienciación para el alumnado, programas de sensibilización y de educación sexual, donde se incorpore una educación basada en la información, riesgos y consecuencias de la salud sexual y reproductiva.
El Trabajo Social aporta al abordaje de la dimensión social, resultando esta imprescindible a la hora de evaluar las condiciones materiales y sociales de existencia de quien interrumpe un embarazo y de ésta manera acompañar el proceso de forma situada en la realidad de cada sujeto
Tanto sanitarios, trabajadores sociales, pediatras, psicólogos, debemos tener una colaboración exhaustiva con escuelas y familias para así inculcar la prevención de enfermedades sexuales y embarazos no deseados, realizando así consultas específicas para adolescentes y entrevistas de manera privada para cada uno de ellos si lo solicitaran.
Se considera a su vez muy importante que el personal sea cualificado para dicha colaboración, así como que se pueda acceder de manera sencilla y privada, y a su vez que sea de manera rápida y eficaz ya que en momentos de querer realizar una Interrupción Voluntaria del Embarazo el tiempo debe de ser crucial.
Es muy importante la planificación familiar en pacientes con antecedentes de Interrupción Voluntaria del Embarazo o embarazo no deseado, para así intentar evitar que no se vuelva a producir este proceso.
En definitiva, impulsar nuevas medidas sobre la educación sexual y la anticoncepción, el embarazo, parto, aborto, salud menstrual y violencias reproductivas son necesarias para garantizar y ampliar los derechos, así como para eliminar obstáculos existentes para ejercer el derecho a la Interrupción Voluntaria del Embarazo.
BIBLIOGRAFÍA
Andreu Martínez, B. (2010). La interrupción voluntaria del embarazo en la ley orgánica 2/2010: Los supuestos en que se admite y la capacidad para consentir el aborto. Revista jurídica de la Región de Murcia, 44, 1-21.
BOE-A-2023-5364 Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo. (s. f.).
González Morán, L. (2009). Aborto: Un reto social y moral. Universidad Pontificia Comillas.
Ortega Barreda, E. M. (2011). Secuelas psicológicas tras la interrupción voluntaria del embarazo en adolescentes. ENE Revista de Enfermería, 5, 25-32.
Rodríguez Díaz, L., & Vázquez Lara, J. M. (2008). Interrupción voluntaria del embarazo. Mujer y salud, 2008, ISBN 978-84-89174-87-0, págs. 533-557, 533-557.
Josefa Moreno Román Trabajadora Social y Criminóloga. Directora del Gabinete JMR Trabajo Social y Criminología. Perito social, especializada en varios ámbitos
Hablar de especialización en un tema como la práctica pericial es una tarea en la que, en nuestra disciplina, quizá nos cueste ponernos de acuerdo.
Especializarse en una práctica profesional supone adquirir las competencias y contar con las capacidades, ambas necesarias para realizar dicha práctica con los estándares exigidos, entre otros, los de rigor y calidad.
En la práctica pericial existe un consenso en cuanto a que no es necesaria la especialización para actuar como perito; argumentación que justifican con lo que el artículo 335 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (en adelante LEC) dispone, el cual determina cuándo es necesaria la actuación de una perito. No obstante, es muy posible que cambiásemos de opinión si realizáramos un análisis de este artículo con más detenimiento.
El artículo 335 establece que “Cuando sean necesarios conocimientos científicos (…) para valorar hechos o circunstancias relevantes en el asunto o adquirir certeza sobre ellos, las partes podrán aportar al proceso el dictamen de peritos que posean los conocimientos correspondientes o solicitar, en los casos previstos en la ley, que se emita dictamen por perito designado por el tribunal”.
Comencemos por lo primero que viene a precisar el artículo 335: tener conocimientos, entre otros, científicos, para valorar o adquirir certeza sobre hechos o circunstancias de especial interés que se dilucidan en un litigio. De ahí podemos inferir que estos conocimientos no son solo referidos a los aportados por la disciplina de la perito, sino también en relación con los asuntos sobre los que haya de hacer esa valoración; es decir, sobre el objeto pericial respecto del que se ha de pronunciar. En cuanto a la cientificidad de estos conocimientos, su exigencia tiene su razón de ser en que la práctica pericial ha de situarse entre la Ciencia y el Derecho. Una perito ha de basar toda su metodología de evaluación forense en la ciencia y no puede situarse al margen de ella, pues el carácter científico del dictamen pericial, entre otras cuestiones, es lo que le otorga fuerza probatoria a esta prueba procedimental no vinculante. Y en cuanto a su razón de ciencia se pronuncia el Tribunal Supremo en la Sentencia de 11 de mayo de 1981, afirmando que “…es obligado a entender que la fuerza probatoria de los dictámenes periciales reside esencialmente, no en sus afirmaciones ni en la condición, categoría o número de sus autores, sino en su mayor o menor fundamentación y razón de ciencia”(p.2).
Otra cuestión que viene a determinar este mismo artículo es que tanto las partes como el tribunal, podrán aportar peritos que posean los conocimientos correspondientes, pudiéndose interpretar que estos conocimientos se tienen que corresponder con los temas o asuntos sobre los que versará el dictamen pericial. En este sentido la Sentencia 202/2022, de 17 de febrero del Tribunal Supremo, expresa que:
“Pues bien, tales informes y dictámenes serán subsumibles dentro del medio de prueba oficialmente denominado “dictamen de peritos” en tanto en cuanto reúnan las características que al mismo atribuye el art. 335 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: que “sean necesarios conocimientos científicos, artísticos, técnicos o prácticos para valorar hechos o circunstancias relevantes en el asunto o adquirir certeza sobre ellos” y que las personas llamadas como peritos “posean los conocimientos correspondientes”. En pocas palabras, se trata de que la acreditación de un hecho requiera de conocimientos especializados1”.(p. 6)
Teniendo en cuenta que el objetivo de una perito no es otro que ilustrar a la autoridad judicial, aportándole conocimientos distintos a las jurídicos cuando estos son necesarios para resolver sobre hechos presentes en un litigio, es fácilmente entendible que aquella ha de contar con conocimientos especializados sobre esos hechos, sin los cuales difícilmente este objetivo podría llegar a cumplirse.
Si acudimos a la definición de perito que hace la Real Academia Española (2014), como aquella persona experta o entendida en algo, es lógico pensar que para ello se ha de contar con experticia, entendida esta como conocimientos, experiencia, habilidad o pericia; y que, además, tal y como señala la LEC, ha de tener conocimientos científicos sobre los que basar su dictamen pericial. Ante esto, solo podemos llegar a la conclusión de que para actuar como perito se ha de ser una persona experta en el amplio sentido de la palabra. Por tanto, para adquirir los conocimientos científicos correspondientes relativos a los objetos periciales susceptibles de ser evaluados, entendemos que el único camino que existe para llegar a ello es a través de un proceso de especialización. Dicho proceso es el resultado de una formación amplia, completa, rigurosa y continuada en el tiempo, que recoja tanto los temas que puedan ser objeto de estudio, como la metodología de evaluación forense, o las habilidades para la defensa del dictamen pericial, entre otras cuestiones.
Llegados a este punto, nos parece necesario detenernos a reflexionar sobre la realidad existente y generalizada ante esta cuestión: la falta de especialización en la práctica pericial y la poca exigencia profesional que se requiere para ejercer como perito social. Con relación a ello nos surgen algunas preguntas, siendo la primera de ellas el por qué nuestros Colegios Profesionales/Oficiales no exigen formación especializada a sus peritos para ser incluidos en las listas que cada año presentan a los Juzgados con el fin de ejercer como peritos judiciales. Se podría evitar, de este modo, lo que en ocasiones se da cuando una persona colegiada inscrita en dicha lista se ve obligada a renunciar a la realización del dictamen pericial por no encontrarse capacitada para ello o, peor aún, que, con el atrevimiento que conlleva la ignorancia, llegue a realizarlo sin los más mínimos conocimientos requeridos.
El Real Decreto 174/2001, de 23 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales, en su artículo 8, letra g, referido a las funciones de los colegios, señala que estos deberán facilitar a los Tribunales, conforme a las leyes, la relación de colegiados que pudieran ser requeridos para intervenir como peritos en los asuntos judiciales, o designarlos por sí mismos, según proceda. Ante esto nos preguntamos si no sería responsabilidad de los colegios el ofrecer a los juzgados una lista que esté compuesta por profesionales debidamente cualificados y cualificadas con competencias profesionales para actuar como peritos. Si esto fuera así, quizá se diera cumplimiento a lo que establece el citado artículo 8, esta vez en su letra h), de ordenar la actividad profesional de los colegiados en el ámbito de sus competencias, velando por la ética y dignidad profesional y por el respeto debido a los derechos de los particulares, ejerciendo la facultad disciplinaria en el orden profesional y colegial. Y esto, teniendo en cuenta que velar por la ética y dignidad profesional pasa por exigir que el trabajo que se realice sea riguroso y de calidad, contando para ello con la capacitación y competencia que permita desarrollarlo de forma óptima, lo que a su vez garantizaría la salvaguarda de los derechos de las personas susceptibles de ser evaluadas por las profesionales que se incluyeron en estas listas; derechos que corren un alto riesgo de ser fácilmente vulnerados cuando una profesional ejerce sin la debida cualificación.
Ahondando más en este asunto, debemos tener en cuenta que hay profesiones cuyas actividades repercuten de una u otra forma en la vida de las personas, siendo una de ellas el Trabajo Social; que debe, tal y como determina el artículo 5 del Código Deontológico de la profesión, resolver problemas en las relaciones humanas y fortalecer e incrementar el bienestar de las personas. La práctica pericial repercute de manera relevante o, incluso, muy relevante, en la vida de las personas que se encuentran inmersas en un procedimiento judicial al que acuden para resolver sus problemas; porque tal y como expresa Reyes (2015), “El peritaje social demanda tener una visión rigurosa y por sobre todo ética frente a un hecho que puede afectar la trayectoria de vida de los sujetos involucrados (…)” (p.68). Asimismo, las resoluciones judiciales que se adoptan en estos procedimientos pueden incidir en el bienestar de las personas protagonistas, pudiendo, en muchas ocasiones, estar basadas en lo aportado por el dictamen pericial.
Otra de las preguntas que nos hacemos es qué lleva a un o una profesional del Trabajo Social a incluirseen estas listas colegiales sin contar con la más mínima formación y/o experiencia que le permita dar respuesta como perito a las distintas demandas judiciales que le puedan solicitar y que, debido a la complejidad que encierran en la mayoría de las ocasiones, requieren de unos conocimientos especializados para poder ser evaluadas. Este hecho puede dar lugar a la no aceptación injustificada del cargo de perito judicial; es decir, incluirse en la lista y, una vez que es requerida, renunciar sin que exista causa legal para ello. Esta situación debería estar recogida en nuestra normativa colegial como una falta de ética; es decir, como una actuación profesional negligente. Y decimos esto porque la razón que da lugar a renunciar a este llamamiento judicial no es otro que la falta de preparación y cualificación necesaria para el desempeño de la actividad pericial. Entendemos que es una falta de responsabilidad y, por ende, de ética, solicitar la inclusión en estas listas para realizar una actividad profesional como es la de perito judicial, con la responsabilidad que lleva aparejada, sin contar con la capacidad y competencia profesional para ello. Y, aún hay más: ¿Se conocen las responsabilidades penales, civiles y disciplinarias en las que se puede incurrir por una mala praxis? Igualmente trasladaríamos estas preguntas a las y los profesionales que peritan desde la práctica privada.
Ante este hecho, volvemos nuevamente a los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social que, en su artículo 37, establece como una infracción leve la negligencia en el cumplimiento de los deberes profesionales. Y, ante lo señalado por este artículo, nos preguntamos si podría considerarse una negligencia profesional el inscribirse en estas listas para actuar como perito judicial y cuando se es llamada para ello renunciar al mandato judicial por la sola razón de no estar en condiciones de dar respuesta a esta petición por falta de formación y/o por no contar con el más mínimo conocimiento de cómo realizar dicho dictamen. Nuestra opinión es que sí debería ser considerada una negligencia esta actuación profesional. Y pensamos que podría considerarse como tal por la mala praxis que puede suponer realizar un dictamen pericial sin estar capacitado o capacitada para ello, sobre todo si tenemos en cuenta el artículo 13 de estos mismo Estatutos donde se recogen los deberes colegiales, siendo uno de ellos el que tiene toda persona colegiada de ejercer la profesión de acuerdo con la ética profesional. Ante esto nos surge la duda de si es ético realizar un dictamen pericial sin la capacidad profesional adecuada, teniendo en cuenta la responsabilidad que se asume al tener que evaluar para, posteriormente, pronunciarse sobre unos hechos relativos a situaciones de personas o grupos familiares; evaluaciones que pueden tener repercusiones de relevancia en la vida, tanto presente como futura, de dichas personas o grupos evaluados. No se puede perder de vista que la razón de un dictamen pericial es ilustrar a la autoridad judicial, por lo que no se puede llevar a cabo esta actividad profesional, que podemos definir como de alta responsabilidad, sin tener en cuenta o sin que importen los resultados de la misma.
A modo de conclusión, podemos afirmar que realizar un trabajo ético, riguroso y de calidad, necesita contar con una capacitación y competencias para su desarrollarlo, lo que dará lugar a una buena praxis que será resultado de la especialización con la que cuenta la perito. Por tanto, una cosa nos lleva a la otra, convergiendo ambas en una sola certeza: la necesidad de formación especializada en la práctica pericial. Ante esto, entendemos que la especialización es una cuestión de ética profesional.
Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil. BOE núm. 90, de 14 de abril de 2000.
Real Decreto 174/2001, de 23 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Diplomados en Trabajo Social y Asistentes Sociales. BOE núm. 56, de 6 de marzo de 2001.
Inmaculada Moreno Garrido Trabajadora Social y Experta profesional en Aspectos jurídicos de la discapacidad y la dependencia por la UNED. Secretaria del Patronato, Directora Técnica y Trabajadora Social de la Fundación Jiennense de Apoyos Judiciales a personas con discapacidad
Josefa Moreno Román Trabajadora Social y Criminóloga. Directora del Gabinete JMR Trabajo Social y Criminología. Perito social especializada en peritajes en Derecho de Familia
El 3 de septiembre de 2023 se cumplieron dos años de la entrada en vigor de la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica (en adelante Ley 8/21). Esta Ley es el paso decisivo a un nuevo tratamiento legal de la discapacidad suponiendo la derogación de los procedimientos de incapacitación, pasando de un sistema de sustitución representativa a un sistema de provisión de apoyos. Este cambio de paradigma ha afectado tanto a la legislación civil como a la procesal, siendo ahora necesario un dictamen pericial del ámbito social que aconseje las medidas que resulten idóneas en cada caso (art. 42 bis b de la Ley de la Jurisdicción Voluntaria, en adelante LJV).
Garcímartín (2021) manifiesta que en la nueva redacción (…) el legislador mantiene el carácter obligatorio del dictamen pericial, pero introduce una novedad de relevancia: se alude a una pluralidad de profesionales como autores del mismo. (…). La participación de un profesional del ámbito social permite dar a conocer al juez las circunstancias que la discapacidad puede tener en el ámbito laboral, económico, etc.” (p. 130).
Efectivamente, un dictamen pericial social supone un valor añadido, ayudando a que las resoluciones judiciales estén adecuadamente motivadas, precisando los actos para los que la persona requiere asistencia, atendiendo a sus necesidades concretas y, excepcionalmente, indicar dónde sería precisa representación. Este proceder da cumplimiento a los principios de necesidad, temporalidad, proporcionalidad e individualización.
Este nuevo marco legislativo introduce inequívocamente al Trabajo Social Forense (en adelante TSF) en este tipo de procedimientos. No obstante, nos planteamos tres cuestiones:
1ª ¿Qué aporta el TSF para tener que contar con la valoración técnica de una perito social?
2ª ¿A quién le corresponde la emisión de estos dictámenes periciales sociales?
3ª Si la Ley 8/21 hace mención expresa a dictámenes periciales del ámbito social, ¿por qué en la práctica no se recurre a peritos sociales y se están solicitando Informes Sociales a Servicios Sociales Comunitarios (en adelante SSC)?
En cuanto a la primera cuestión, el TSF aporta la adecuada evaluación del contexto donde se desarrolla la vida de la persona con discapacidad permitiendo conocer cuáles son sus necesidades en un tiempo y lugar determinado, ilustrando fehacientemente a la autoridad judicial sobre si la persona precisa, o no, apoyo judicial y, en su caso, en qué ámbitos.
La respuesta a la segunda cuestión para nosotras es indudable: le corresponde a una profesional del Trabajo Social en calidad de perito especializada en este nuevo tratamiento legal de la discapacidad.
La tercera pregunta merece atención especial por la importancia y trascendencia que tiene la situación que se está dando en cuanto a qué profesionales y a qué servicios se les están solicitando estos dictámenes. Es una cuestión que nos preocupa porque estamos asistiendo impasiblemente a que esta relevancia del TSF esté limitándose a efectos teóricos. Venimos observando la consolidación como práctica habitual de que, cuando profesionales de la Administración de Justicia precisan de este consejo recurren a los SSC o, como mucho, a las áreas de Trabajo Social de centros residenciales o, en caso de revisiones de sentencias anteriores a la Ley 8/21, a entidades especializadas en el ejercicio de apoyos.
Cuando la Judicatura y, especialmente, Fiscalía percibieron la ausencia de una adecuada planificación y estructura que diera acceso e hiciera posible la incorporación de dictámenes periciales sociales a los procedimientos de provisión de apoyos, tuvo que arbitrar una solución, digamos, de urgencia, y la encontró instruyendo a que esta información se recabara, fundamentalmente, de los servicios municipales competentes. Por eso, se están admitiendo a trámite expedientes por LJV -Ley de la Jurisdicción Voluntaria- sin que se aporte la pericial social, subsanando posteriormente el trámite requiriéndoselo judicialmente a los SSC.
A nuestro parecer, el origen de esta inadecuada planificación se debe a cuatro razones. Primera, a la falta de previsión del legislador sobre quienes han de ser los/as profesionales del ámbito social responsables de la realización de estos dictámenes periciales. Segunda, a la ausencia de una memoria económica, que no ha reforzado las plantillas de los Equipos Técnicos Judiciales, también responsables de la realización de estos dictámenes en este orden jurisdiccional. En tercer lugar, el hecho de que para la solicitud de provisión de apoyos por LJV no sea preceptiva la intervención de asistencia letrada, impide el acceso de ciudadanos con rentas bajas al beneficio de asistencia jurídica gratuita y, en consecuencia, a periciales sociales, por lo cual, limita gravemente el nombramiento judicial y gratuito de peritos sociales desde las listas que llegan a los Juzgados desde nuestros respectivos Colegios Profesionales. Y, en cuarto lugar, por el desconocimiento generalizado de la existencia de despachos profesionales privados de Trabajo Social desde el ejercicio libre de la profesión desde donde también se realizan, entre otros trabajos, el del peritaje social.
Dada esta situación, que no deberíamos seguir permitiendo, compartimos a continuación algunas consideraciones teórico prácticas valiéndonos del documento de posicionamiento que, en febrero de 2022, publicó en su web el Consejo General del Trabajo Social (en adelante CGTS) sobre la aplicación de la Ley 8/2021, y de la webinar realizada en abril de 2023, titulada “Diferencias entre el informe social y el informe social forense en la nueva ley de Discapacidad”. La intención es, al hilo de sendos contenidos, aportar elementos de debate, reflexión y análisis que colaboren, en la medida de nuestros conocimientos, a una mayor clarificación de lo que la Ley 8/21 le está pidiendo, a nuestro entender, al Trabajo Social.
En el posicionamiento del CGTS encontramos una referencia expresa a “emisión del Informe Social” que puede llevarnos a error ya que, en ningún caso, un dictamen pericial social es lo mismo que un informe social, ni cumple la misma función, ni está realizado por el mismo tipo de profesionales. La Ley 8/21 no pide, como refleja este posicionamiento, un informe social para valorar el entorno de la persona con el fin de garantizar sus derechos y libertades; la Ley 8/21 nos pide que afinemos acreditando la necesidad de adoptar medidas judiciales de apoyo y, en su caso, cuáles serían. Este y no otro es el objeto pericial.
Nos detenemos en otro de los párrafos de dicho posicionamiento que expresa: “Este tipo de Informes requieren de un seguimiento e Informe exhaustivo, por lo que no se puede en ningún caso relegar a un simple informe pericial puntual, emitido en un momento concreto que no valore de manera integral la situación”. La expresión “simple informe pericial puntual (…) que no valore de manera integral la situación” nos parece desafortunada, porque lo cierto es que sí, que se nos pide un informe puntual y concreto que refleje la situación actual de la persona por si entre sus necesidades hay alguna que solo pueda satisfacerse mediante resolución y apoyo judicial. No obstante, como las circunstancias y necesidades de una persona pueden variar en el tiempo, esta posibilidad está prevista en el art. 268 del Código Civil cuando establece que las medidas serán revisadas periódicamente en el plazo máximo de tres años, o ante cualquier cambio en la situación de la persona que pueda requerir una modificación de dichas medidas.
Lo cierto es que en el posicionamiento no nos ha sido posible encontrar de manera clara y expresa la propuesta que, en este sentido, hace el CGTS. Creemos deducir que se refieren a las Trabajadores Sociales Forenses como las profesionales responsables de estas periciales sociales, pero, si hemos entendido bien, dándoles un nuevo contenido de enlace con otros organismos. Habría que conocer ese contenido para poder opinar sobre esta propuesta.
Por otra parte, en este documento de posicionamiento al que venimos haciendo referencia, hay otras expresiones como “profesionales (…) en su entorno más inmediato”, “servicios de proximidad” que, combinadas con el subtexto, nos da la impresión de que se ha asumido como natural y válido el hecho de que Tribunales y Ministerio Fiscal estén requiriendo esta pericial a los SSC.
La webinar llevada a cabo el 12 de abril de 2023 se anunciaba como “Diferencias entre el informe social y el informe social forense en la nueva ley de Discapacidad” y en su presentación decía: “Con la aprobación de esta ley, para realizar la provisión de apoyos a las personas con discapacidad resulta preceptivo un informe social”. Apellidándolo “forense” el CGTS salva, de alguna manera, la imprecisión ya que en ninguno de los procedimientos judiciales (ni en el de jurisdicción voluntaria ni en el contencioso), se habla, en ningún momento, de informe social. La LJV en sus artículos 42 bis b) y 42 bis c) referidos al procedimiento y la revisión de las medidas, respectivamente, hablan, explícitamente, de dictamen pericial; igualmente, la Ley de Enjuiciamiento Civil, en su artículo 759 referido a las pruebas preceptivas en primera y segunda instancia hace referencia, igualmente de forma clara, a dictámenes periciales. Sería importante compartir una terminología precisa y unívoca.
Salvo error de interpretación, con la webinar hemos entendido que el posicionamiento del CGTS se basa en un modelo de especialización complementado con el sistema público de servicios sociales. Es decir, reforzar la participación del TSF como ámbito especializado, que responderá sobre la medida de apoyo más adecuada, pero añadiendo, usando palabras textuales, “la necesaria e imprescindible participación de otros sistemas de protección social como los sistemas de servicios sociales, los sistemas de salud, de educación, de garantía de rentas, de empleo y demás, donde se esté trabajando e interviniendo, de alguna manera, con la persona”. Entendido así, ya sí podemos comprender la insistencia del CGTS en la expresión de “complementariedad entre informes”, que tanto trabajo nos cuesta situar en el marco de esta Ley.
Esta propuesta de dualidad de informes, según CGTS, a saber, “un informe social completado por un informe social de intervención para seguimiento y acompañamiento de la persona con discapacidad”, es, desde nuestro punto de vista, un modelo difícil de sostener por, al menos, tres razones.
La primera es que se ha obviado el papel y la oportunidad que la Ley 8/21 ha dado a las compañeras que ejercen el trabajo social desde el ejercicio libre para mayor proyección de la profesión en el ámbito judicial. La segunda, es que no contempla la intervención de las compañeras que se inscriben en las listas que nuestros Colegios Profesionales envían anualmente a los Juzgados Decanos para la realización de periciales sociales. Y, en tercer lugar, porque la autoridad judicial no requiere, en estos casos, ni un informe de seguimiento ni, mucho menos, de intervención. Si el Trabajo Social puede dar respuesta a las necesidades de la persona ¿por qué habríamos de recurrir a una medida judicial precisamente cuando uno de los principios inspiradores de esta reforma es la desjudicialización de la vida de las personas con discapacidad? Además, este modelo se arroga una capacidad que no le corresponde, pues el ejercicio del apoyo es facultad de la persona habilitada para ello por la autoridad judicial.
Si se nos permite, además del refuerzo de los Equipos Técnicos Judiciales, el CGTS debería intentar que se enmiende la imposibilidad de asistencia jurídica gratuita para el inicio de un expediente de provisión de apoyos lo que, entre otras cuestiones de justicia e igualdad social, daría uso real de las listas de peritos sociales para este orden jurisdiccional.
Aún estamos a tiempo de reclamar y reivindicar el papel de el/la trabajador/a social en calidad de perito, ya que estaríamos velando porque los derechos de las personas con discapacidad, en cuanto a la provisión de apoyos, se vean respetados, ofreciéndoles dictámenes periciales con garantías de rigor, calidad y cientificidad exigible a esta prueba procedimental.
REFERENCIAS
Consejo General de Trabajo Social. (2022). Posicionamiento del Consejo General de Trabajo Social ante la aplicación de la Ley 8/2021. https://www.cgtrabajosocial.es/app/webroot/files/consejo/files/POSICIONAMIENTO%20LEY%208%202021.pdf
Consejo General de Trabajo Social. (2023, abril). Diferencias entre el informe social y el informe social forense en la nueva Ley de Discapacidad. (webinar).
Garcimartín, R. (2021). La provisión judicial de apoyos a personas con discapacidad. Aranzadi.
LEGISLACIÓN
Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica. BOE núm. 132, de 03/06/2021. https://www.boe.es/eli/es/l/2021/06/02/8/con
Raquel Muiño Sánchez Trabajadora Social, Agente de Igualdad y Coordinadora de Proyectos Sociales
La discriminación racial es un problema persistente en nuestra sociedad que afecta la vida y el bienestar de las personas pertenecientes a diferentes grupos étnicos. El Trabajo Social desempeña un papel fundamental en la prevención y abordaje de esta problemática, promoviendo la igualdad de derechos y oportunidades para todos/as. En este artículo, exploraremos la discriminación racial y discutiremos cómo los/las profesionales del Trabajo Social pueden contribuir a su prevención.
Pero, ¿Qué entendemos por Discriminación Racial?
En la Convención para la Eliminación de todas las formas de Discriminación Racial celebrada por las Naciones Unidas en 1963, se define la discriminación racial como: “Toda distinción, exclusión, restricción, o preferencia basada en motivos de raza, color, linaje u origen nacional o étnico que tenga por objeto o por resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones de igualdad, de los derechos y libertades.”
El principio de no discriminación está contemplado en números textos internacionales como la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención de Ginebra de 1951 y el Convenio Europeo de Derechos Humanos. En base a estos textos, ninguna persona, y mucho menos aquellas que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad como aquellas susceptibles de recibir protección internacional, deberían ser discriminadas por ninguna razón.
Tipos de discriminación
La Directiva 2000/43/CE del Consejo de la Unión Europa de 29 de junio de 2000 relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato de las personas, independientemente de su origen racial o étnico distingue entre discriminación directa e indirecta:
Discriminación Directa: Se produce en situaciones en que “por motivos de origen racial o étnico, una persona sea tratada de manera menos favorable de lo que sea, haya sido o vaya a ser tratada otra en situación comparable”
“En la Fundación dónde trabajo en el marco de un programa de intermediación a la vivienda, una compañera de origen español consigue que la propietaria de una vivienda en alquiler, le dé su palabra que nos la va alquilar a nosotros, hasta que el Presidente dela Entidad de origen camerunés decide acompañar a la compañera en la firma del contrato de alquiler. La propietaria lo ve y le dice que no quiere alquilar el piso a personas negras…” y esto sin anestesia ni nada…
Otro caso de Discriminación Directa que ha saltado a los medios de comunicación en los últimos días, son los graves insultos racistas que el jugador del Real Madrid vive cada vez que juega fuera de casa – deseos de muerte, muñeco ahorcado con su camiseta, muchos gritos criminales… un infierno como él mismo relata.
Discriminación Indirecta: Se produce cuando una disposición, criterio o práctica que se plantea y aplica de manera neutral para todas las personas, coloca a un grupo étnico en desventaja por su especial situación o características (Informe sobre la discriminación de personas migrantes y refugiadas en España. 2016)
Nos encontramos en nuestro día a día –lamentablemente- a muchas personas que son tratadas de manera distinta para el mismo trámite, como es el caso de una chica marroquí acogida en nuestro recurso de acogida que acude al empadronamiento de la ciudad con un documento que nuestra entidad emite para ello, resultándole imposible hacerlo, pidiéndole un sinfín de papeles y poniendo miles de obstáculos, mismo día, diferente hora, acude otra chica con la misma documentación que la primera para empadronarse, mismo piso, misma ciudad y logra empadronarse sin problemas, diferencia entre una y otra, una llevaba velo la otra no.
A pesar de los avances en todas las áreas de la sociedad en el mundo, en la actualidad, sigue existiendo la discriminación racial a nivel mundial. La discriminación es uno de los tipos de exclusión más presentes entre los seres humanos y en el debate social. Además, se demuestra que el desarrollo económico de un país no siempre va de la mano con la igualdad.
Los casos de discriminación racial en España están más relacionados con la inmigración y la llegada de refugiados debido al conflicto y la pobreza que sufren en sus países. Estos individuos son objeto de actos discriminatorios. Pero no solo ellos, sino también los nacidos y criados en el país pertenecientes a familias de inmigrantes.
La dificultad para regular la situación administrativa en nuestro país,- en el mejor de los casos, tres años-, no hace más que fomentar esta discriminación racial de la que estamos hablando, “Cerca de medio millón de personas no existen para el Estado, por lo tanto están fuera de la planificación de los servicios públicos” El clima social que ha creado la extrema derecha consu discurso de odio racista, y la inacción del propio Gobierno por no llevar a cabo políticas antirracistas, hacen que una parte de la población haya incorporado muy claramente una serie de discursos. Para diseminar estos discursos, todo vale. Incluso las fake news, la mentira, la desinformación o las falacias (M. Velasco, 2021)
En España todavía queda mucho camino por recorrer a la hora de resolver los casos de discriminación racial. Sin ir más lejos, según el informe “Percepción de la discriminación por origen racial o étnico por parte de sus potenciales víctimas 2020” del Ministerio de Igualdad, solo el 18,2% de las personas que experimentaron una situación discriminatoria por motivos raciales o étnicos presentaron alguna queja, reclamación o denuncia en 2021 (Araico et al., 2020).
Este mismo informe (CEDRE 2021) desvela que los ámbitos en los que las personas están percibiendo mayor discriminación por su origen étnico sonel de acceso a la vivienda, el de establecimientos o espacios abiertos al público, y el ámbito laboral.
La discriminación residencial, una consecuencia del racismo estructural. El estudio del Consejo para la Eliminación de la Discriminación Racial o Étnica), “Percepción de la discriminación por origen racial o étnico por parte de sus potenciales víctimas en 2020”, destaca que la vivienda es la esfera que registra la tasa de discriminación más alta de todos los ámbitos analizados en 2020. Concretamente, un 31% de las personas de origen étnico o racial encuestadas percibieron discriminación en el acceso a la vivienda. Aquí en Huelva tenemos el caso de los asentamientos chabolistas, miles de trabajadores agrícolas que a pesar de tener dinero para pagar un alquiler y pese a lo que piensen la gente que les gusta vivir así, la realidad es que nadie les alquila una vivienda viviendo en condiciones infrahumanas peor que un campo de refugiado como expresaba el relator de la ONU “Philip Alston” (Martin M,2020) El racismo estructural y la exclusión residencial son dos de los factores que influyen en la entrada a asentamientos informales, lo que refleja la incapacidad del sistema de provisión de vivienda para dar una solución a dichos problemas.
Esta discriminación racial influye en la exclusión residencial, al limitar o bloquear tanto el acceso a una vivienda como el mantenimiento y permanencia. La discriminación se presenta con frecuencia de manera oculta, mediante excusas, cambios en las condiciones de arrendamiento, aumento de requisitos de acceso a la vivienda o a través de la no renovación del contrato de alquiler, en el caso del mantenimiento y permanencia en la vivienda. Por otra parte, el 90% de las personas que viven en los asentamientos analizados en el estudio, pertenecen a algún grupo étnico que sufre con asiduidad discriminación racial.
El informe revela que, en la mayoría de situaciones analizadas, existe un deseo por parte de sus habitantes de salir del asentamiento o de mejorar las condiciones de vida en el mismo. Sin embargo, en muchos casos, antes de llegar al asentamiento, han pasado por procesos de discriminación racial en el ámbito de la vivienda o se han enfrentado a requisitos de acceso inasumibles o a la pérdida de una vivienda anterior.
El trabajo social es una disciplina que se preocupa por promover el cambio social, resolver conflictos y fomentar el bienestar de las personas, las comunidades y las sociedades en general. Uno de los desafíos más importantes que enfrentan los/as trabajadores/as sociales es el racismo y la discriminación racial que afectan a muchas personas y comunidades.
En Huelva, una ciudad ubicada en el sur de España, el racismo y la discriminación han sido una preocupación importante durante muchos años. La ciudad tiene una larga historia de inmigración, especialmente de África y América Latina, y muchos de los inmigrantes han enfrentado barreras y desigualdades debido a su origen étnico y racial.
Los/as trabajadores/as sociales en Huelva tienen un papel importante que desempeñar en la lucha contra el racismo y la discriminación. Para ello, es fundamental reflexionar sobre los desafíos y las oportunidades que presenta esta situación y trabajar en colaboración con las personas y las comunidades afectadas. Las organizaciones y grupos de la sociedad son esenciales en el campo de la promoción de los derechos humanos, la igualdad y la no discriminación.
Una de las formas en que los/as trabajadores sociales /as pueden abordar el racismo en Huelva es a través de la educación, sensibilización y concienciación, a través de campañas de sensibilización y movilización social, de acciones de educación en derechos humanos o de la publicación y difusión de recursos, guías y documentos temáticos en la materia. Es importante que las personas comprendan la naturaleza y el impacto del racismo en la vida cotidiana, así como las formas en que se puede prevenir y combatir. Los/as trabajadores/as sociales pueden desempeñar un papel importante en la promoción de la educación y la sensibilización a través de talleres, grupos de discusión y otras actividades comunitarias.
La formación, capacitación y empoderamiento de agentes clave (fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, profesionales de la intervención social o de la comunicación, profesionales de los centros de enseñanza…) para sensibilizar sobre la realidad del racismo, promover una mejor comprensión de este fenómeno y dotarlos de herramientas apropiadas para combatirla sería otra forma de abordar esta lacra.
Además, los/as trabajadores/as sociales pueden trabajar en colaboración con las personas, agentes claves y comunidades afectadas para abogar por un cambio social. El trabajo en red para sacar el máximo provecho, coordinar más eficientemente los esfuerzos realizados y aumentar la eficacia de sus acciones.
Las personas vulnerables son las más propensas en sufrir discriminación racial, cultural y étnica en el mundo, por ello llevamos a cabo proyectos sociales, culturales, educativos, sanitarios, etc. para luchar contra ello.
Sabemos que el primer paso es respetar la diversidad para erradicar de una vez por toda la discriminación en todas sus formas, y el segundo unir nuestras fuerzas para apoyarlos y que tengan una vida digna sin discriminación.
En resumen, el racismo y la discriminación son problemas importantes en Huelva y en muchas otras comunidades en todo el mundo. Nuestra profesión, tienen un papel importante quedesempeñar en la lucha contra el racismo y la discriminación, y pueden hacerlo a través de la educación y la sensibilización, el trabajo comunitario y la promoción del cambio social creando sociedades más tolerantes.
Araico et al.,2020 “Percepción de la discriminación por origen racial o étnico por parte de sus potenciales víctimas 2020 https://igualdadynodiscriminacion.igualdad.gob.es/destacados/pdf/08PERCEPCION_DIS CRIMINACION_RACIAL_NAV.pdf
Aprovechando este espacio, me gustaría escribir una carta abierta dirigida a todas aquellas personas que actualmente estén estudiando el Grado de Trabajo Social, y que en un futuro inmediato pasarán a ser compañeros/as de profesión.
Estas líneas están sacadas de mi propia experiencia, quizás no acabe siendo la tuya, pero espero que te pueda ayudar a tirar hacia delante, coger impulso, y por supuesto a estar orgulloso/a de la profesión que has escogido. Porque sí, el Trabajo Social te va a gustar.
Me gustaría empezar con la parte más difícil de esta larga travesía, por la simple razón de que conocer la realidad del ámbito y la profesión que estamos estudiando es la forma más adecuada de aceptar y construir el camino y sobre todo nuestra experiencia laboral y/o profesional
Porque como rezan las líneas del poema de Antonio Machado (1912) (1): “Caminante no hay camino, se hace camino al caminar”. Así que vamos allá, recorramos el camino.
En primer lugar, has de saber que, aunque por mucho concepto teórico que veamos en la carrera, conoceremos realmente lo que es el Trabajo Social cuando salgamos al mundo real.
Esto se debe a que durante los cuatro años que dura el Grado de Trabajo Social estamos en una especie de burbuja conceptual, donde nos enseñan conceptos básicos de la profesión, pero no realmente sabemos aplicarlos. En pocas palabras, mucha teoría y poca práctica.
Durante mis años como estudiante de Trabajo Social las horas de prácticas profesionales eran escasas en comparación con otros grados universitarios. Afortunadamente, poco a poco la carrera está cada vez más orientada a la excelencia y van introduciendo cambios. No obstante, no será hasta que empieces a ejercer como profesional del Trabajo Social cuando conozcamos de primera mano la realidad.
Y será en ese momento donde podrás aplicar todo lo aprendido durante tus años de universidad, especialmente tus habilidades sociales y no en el pupitre de la facultad. La atención social pone a prueba tu asertividad, empatía y sobre todo la escucha activa.
Otra realidad es que no, no vamos a cambiar ni a salvar al mundo (a gran escala) con nuestro trabajo ya que no somos superhéroes ni superheroínas. Debes saber que en ocasiones hay muchas trabas ya que dependes de muchos factores externos, los cuales la mayoría se escapan de nuestras manos. (Políticas Públicas, acuerdos, convenios con instituciones o burocracia administrativa)
Desgraciadamente no tenemos esa varita mágica pero no hay nada más bonito que poder aportar tu granito de arena cada día como profesional en la entidad u organización en la que trabajas.
Cosas tan simples como sacarle una sonrisa a una persona que le estás realizando cualquier trámite y tiene una situación realmente compleja, consultar un Ingreso Mínimo Vital que tramitaste, y ver que está resuelto de forma positiva o recibir la noticia de una usuaria a la que estás realizándole un itinerario de inclusión sociolaboral ha conseguido un puesto de trabajo, son esas pequeñas cosas que le dan sentido a la profesión, y a nunca tirar la toalla.
Y no, con esto no quiero desanimar a nadie, pero la gran realidad del Trabajo social es esa, el riesgo de exclusión social y/o desigualdad, así como la pobreza no va a acabar solo con nuestro trabajo.
Y creedme, ojalá pudiéramos acabar con todas estas situaciones. No podemos luchar contra gigantes, pero sí contribuir a reducir su impacto en la sociedad.
Otra gran realidad de la que no nos hablan es la precariedad laboral. Actualmente, hay compañeros/as con contratos en dudosas condiciones económicas y laborales, así como como horas extra y trabajo que no se ve recompensado.
Hernández Echegaray (2017) (2) afirma que la precarización laboral crea un mercado dual de profesionales del Trabajo Social, y un número alto de desempleo y subempleo.
Todo lo anterior crea la sensación de que simplemente podemos optar a un camino: El de la administración pública, o lo que es lo mismo opositar como única vía de salvación.
Hablando de lo público, opositar no es un paseo, quien decida optar por esta vía lo primero que tiene que saber es que es un camino largo, tedioso y en muchas ocasiones frustrante por muchos motivos: escasas convocatorias y oferta de plazas en Trabajo Social, preguntas de exámenes que no se corresponden en muchas ocasiones a las funciones del Trabajo Social, entre otras problemáticas.
Así pues, deciros que lo público existe y es una opción, pero el ejercicio libre cada vez es más real. Existen cada vez más compañeros/as que deciden emprender y embarcarse en este camino hoy en día desconocido para muchos.
Y hasta aquí lo negativo, sé que puede parecer abrumador, pero creedme cuando os digo que hubiese agradecido que me hubiesen dicho este tipo de realidades cuando todavía estaba en mis años de universidad.
A pesar de todo lo comentado, luchar por el Trabajo Social merece la pena. Personalmente estoy muy orgullosa de haber escogido la profesión, y seguir cada día intentando por lo menos aportar mi granito de arena.
La profesión ha dado pasos agigantados, cada vez hay más formación, los colegios profesionales cada vez están más al día y luchando por visibilizarnos, pero aun así debemos seguir remando y conseguir avanzar por conseguir un trabajo social digno, y con ello una sociedad más inclusiva, y que por fin se nos ponga en valor nuestro trabajo.
Todavía nos quedan pequeños cambios que deben llegar como por ejemplo el conseguir que se nos siga conociendo como ‘asistentas sociales’, o la mera tramitadora de ayudas. El trabajo social es más que eso, y prueba de ello es que el abanico es cada vez más amplio.
Solo me queda deciros que luchéis, que os sintáis orgullosos/as de la profesión, y que nos vemos pronto en el camino.
BIBLIOGRAFÍA
(1) Manuel Machado. (1912). Campos de Castilla.
(2) Arantxa Hernández Echegaray. (2017). La precarización laboral como factor de la desprofesionalización del Trabajo Social. Análisis y propuestas desde la perspectiva experta. Dialnet. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=6588968
A finales de junio, en el Valle del Baztán -lugar conocido por su belleza natural, su rica historia y cultura, enclavado en Lekaroz (Navarra)- ha tenido lugar la II Edición de la Escuela de Verano: “Cuidar/nos para el bienestar y la calidad profesional”, organizada por el Consejo General del Trabajo Social, un espacio de encuentro y reflexión personal e interprofesional sobre la importancia de cuidar desde nuestra intervención y cuidarnos como profesionales del trabajo social.
Cuatro han sido los ejes temáticos sobre los que se ha trabajado: Cuidarnos para cuidar, Cuidado grupal, Ética del cuidado, Género y cuidados.
Cinco profesionales del Trabajo Social, que han participado en esta Escuela, han querido compartir esta experiencia con nosotros/as.
Sonia Ricart Demira
En medio de una vorágine de obligaciones llegó el fin de semana de la Escuela de Verano de Trabajo Social. No tenía expectativas porque ni siquiera tenía tiempo para pensarlas entre TFM -Trabajo Fin de Máster-, trabajo y obligaciones varias. Además, iba a colaborar en ese lema del “autocuidado” con el que se organizó la escuela, dando clases de yoga a mis compañeras/os de profesión y eso me tenía un pelín nerviosa.
Después de un madrugón llegamos a la parada de autobús, había gente de muchos lugares, muy sonrientes y con sus esterillas. Navarra verde y la naturaleza imponente del Valle de Baztán, eran el escenario perfecto para abrazarnos en un fin de semana de crecimiento.
Llegamos y nos asignaron las habitaciones: la 213. Habitamos junto con personas procedentes de cada punta de España: Málaga, Galicia y Valencia, “un triángulo si unes los puntos”, pensé.
Observar, nervios, primeros intercambios de palabras con las compañeras y compañeros de habitación. Empezamos la escuela con ilusión, ganas y arropadas por sonidos de bienvenida de la tierra que nos acogía. Con un discurso alentador y un espíritu compartido de profesión, en rebeldía para desobedecer y luchar en resistencia donde las cosas son posibles cuando lo parecen.
El primer día sirvió para romper el hielo con una dosis de herramientas para gestionar la incertidumbre: optimismo inteligente, relaciones sociales, autoestima, flexibilidad, determinación y gestión de emociones.
Después cena de campamento e ilusión por el ‘aquelarre’. Había magia en el ambiente, historias de brujas del pasado, de mujeres fuertes que querían hacer callar. Excursión nocturna, conocer a otras/os compañeras/os: Cantabria, Castellón, Zaragoza, Canarias…, saltar hogueras con miedo pero con ímpetu, quemar un papel con cosas que quieres que desaparezcan como: el síndrome de la impostora, la culpa o la ultraderecha…, celebrar rituales con la intención de crear y creer, construir y compartir, de formar parte y de participar, de habitar nuestro territorio, a nosotras mismas y el grupo. Queimada bajo un cielo estrellado y conjuros.
A la mañana siguiente madrugaron 60 personas para venir a la clase de yoga, casi me da un ‘parraque’. Lo hice lo mejor que supe intentando transmitir los beneficios de una práctica de autocuidado accesible para todo el mundo. La habitación 213 al completo apoyándome, gracias compañeras y compañeros.
Un desayuno como los de mi infancia. con su pan con mantequilla y su Colacao, y directas al taller sobre cuidado compasivo. Compasión, que gran palabra y que pedazo de significado, y como se ha denostado su utilización. Respirar para calmar emociones, algo tan básico como acompañar al grupo, hacer otro trabajo social desde otros espacios y con otras herramientas. Empieza por creértelo tú y actúa desde la empatía, la bondad, la generosidad y la aceptación.
Nos vamos al autocuidado con perspectiva feminista y con base humanista. El encuentro como mayor riqueza, cuestionar actitudes, crear un contexto seguro comunitario deconstruyendo el estado de bienestar actual asentado en una base individualista. Hacer el espacio nuestro, un espacio de encuentro desde la pertenencia y el poder con el afecto y la compañía atravesando todas nuestras acciones como técnicos y como personas. Cambiar la mirada, que es el sentido que más juicio introduce en nosotras/os y utilizar el cuerpo como medio de relación.
Visita a las Cuevas de Zugarramurdi, naturaleza salvaje y una energía brutal donde hicimos una foto de grupo que quedará grabada en la memoria de quienes compartimos esta escuela. Banquitos y escenarios bucólicos con sonidos de agua y mucho calor, pero seguíamos sonriendo, compartiendo y acercándonos cada vez más. Por la noche fiesta con canciones de todas las generaciones.
A la mañana siguiente psicodrama y más magia. Empezamos relajándonos, gritamos y lloramos. Nos tiramos por el suelo y jugamos a ser personas sin juicios y con amor desde la diversión, el respeto y la cohesión. Un espacio seguro donde jugar, pero también donde crecer, donde soltar y donde nutrirnos.
Compartimos un espacio de intimidad cerrando los ojos y acariciando las manos de un/a compañero/a, escuchamos indicaciones que al principio seguíamos con nervios pero que después se convirtió en una experiencia de bienestar con el cuerpo, de dejarse llevar y sentir. Y Maite despertó mis ganas de saber más, en septiembre me espera otro master.
Y como guinda del pastel nos esperaba la deontología y el cuidado. Desde el punto de partida de una ética dialógica y relacional, reflexionamos sobre la excelencia profesional: prudencia, responsabilidad y compasión. Hicimos un collage con la advertencia de que todo se convierte en producto de consumo y concluimos la necesidad de una centralidad distinta. Abajo la autosuficiencia y arriba la fragilidad del ser humano para universalizar el poder del cuidado, la vulnerabilidad politizada se acaba organizando.
Un cierre divertido, emotivo, bailongo y con alfombrillas de Mary Richmond, donde nos llevamos el corazón contento y la cabeza en acción.
Vuelvo con la certeza de que tenemos la capacidad, los conocimientos y las ganas como profesión para seguir generando cambios en la sociedad. Potenciar encuentros como la escuela de verano nos recordó nuestra esencia, nos movió hacia el grupo, hacia la generación de nuevas formas, nos reilusionó con la profesión, a pesar de los obstáculos. Compartir frustraciones, obligarnos a parar, el poder terapéutico de la palabra y el grupo vivido en primera persona, es claramente una estrategia de cambio. Pero además, incluyo la reflexión: “nos falta poder de lucha”, de unión, de cohesionarnos para generar demandas claras y firmes hacia nuestra profesión, tanto para las personas con las que trabajamos como para nosotras y nuestras condiciones laborales. La escuela sirvió para abrirnos en canal, junto con un montón de personas buenas y de buenas profesionales, intentando seguir creciendo para seguir estando disponibles a otras personas. Un sentir compartido de querer cambiar las cosas, de frustraciones y de ilusiones, un sentir compartido de grupo y de profesión.
Os recomiendo sin duda que no os perdáis la próxima. NAMASTE.
Javier Calvo Carrión
El madrugón se impuso para llegar a tiempo a la II Escuela de Verano: Cuidar/nos para el bienestar y la calidad profesional, celebrada en Lekaroz. Su paisaje en calma y su historia repleta de lucha en cada valle compensaba la inquietud y la sorpresa que me generaba esta escuela de verano. En primer lugar, un título que para qué negarlo, me continúa generando cierta resistencia, puesto que denominar “cuidar” a un acto realizado por una profesión eminentemente repleta de mujeres me genera muchas dudas.
Las convenciones sociales, los estereotipos y las imposiciones de género, o de manera más directa, un sistema patriarcal cruel e infame que relaciona directamente los cuidados con las mujeres, ¿es admisible hacer uso de este concepto en una profesión que entre sus bases se encuentra la transformación social? ¿o más bien se trata de la reproducción de todas estas imposiciones por el hecho de ser mujeres? La relación del trabajo social con los flotadores sociales la podemos dejar para otra publicación y para evitar también la ofensa, porque al parecer, el paternalismo la profesión lo abandonó hace muchos años, o no… “El diablo está en los detalles”.
La alegría, la fraternidad y, en definitiva, la camaradería fueron la tónica de esta escuela de verano, con cierta sensación de palmadita en la espalda para poder continuar a la vuelta, cada una en su propio contexto precarizado. El sentirte parte de algo es la esencia misma del corporativismo, y la celebración de este tipo de eventos es llevarlo hasta el paroxismo, “los símbolos solo sirven para alimentar la frágil creencia de los fanáticos”. La exaltación de la profesión fue una constante, y los debates autocomplacientes no cesaron, incluyendo cierto tufo a coaching, vinculado este más a justificar la violencia y el empobrecimiento a través del lenguaje, que a la transformación social. En estos mundos de la psicología positiva, el coaching y demás magufadas no existe el conflicto, la desigualdad ni por supuesto, la lucha de clases. Lo estructural de los problemas sociales fue algo que eché de menos, aunque entendiendo el objeto de la escuela de verano es relativamente permisible.
La habitación 213 fue un pequeño refugio dónde soñar, dónde rememorar luchas pasadas y dónde intentar acercarnos a la utopía, creyendo que otro mundo es posible. La épica reside en los muros de la cotidianidad, y las relaciones de tú a tú fueron la verdadera esperanza de todo esto, compañeras que pelean desde el corazón, cada una a su manera, por la justicia social y la transformación. Diferentes realidades se imponían en las conversaciones, con el ánimo y las ganas de compartir, desde la bella tierra andaluza, labrada en base a la lucha y la tierra gallega en la que también se puede contar innumerables ejemplos de resistencia.
El sentir, el tocar y el compartir son los mayores regalos que nos ha podido hacer esta escuela de verano, desde el psicodrama hasta la relación con la sexología, la ética o el humor. Grandes personas unidas bajo un ideal relativamente común, en la que nos abrimos en canal y pusimos el cuerpo y alma en ella, dejándonos compartir y permitiéndonos la fragilidad.
Compañeras y compañeras de profesión, cada una con su mirada, con su manera de hacer las cosas, pero con unos valores que no se compran ni se venden, y con los que tampoco negociamos con la realidad. La principal conclusión, es que es necesaria la organización de clase, más allá del gremialismo de los colegios profesionales para hacer posible la transformación social. Un placer compartir estos momentos de fraternidad y comprensión, rodeados de unas montañas en las que aún resuena el eco de luchas pasadas por las que merece la pena recoger el testigo.
Participar en un encuentro con profesionales del Trabajo Social siempre es un acontecimiento importante y enriquecedor, pero hacerlo en un entorno especial, rodeada de naturaleza y con una temática sobre cuidarnos para cuidar, es otra historia.
Si hay algo a destacar en esta escuela de verano es el ambiente, el físico, con un paraje natural precioso, pero sobre todo el relacional; porque desde el primer momento que fuimos llegando nos sentimos acogidas por todas las personas que conforman el CGTS y porque veníamos predispuestas, con buen ánimo y muchas ganas de disfrutar, y eso, lo cambia todo.
Se creó buen clima desde el primer momento; en las habitaciones compartidas, en la nuestra, la 213, que conforme íbamos llegando nos saludamos con alegría y cercanía; y también en los talleres, la mayoría enfocados a lo emocional, a lo íntimo, a mirarnos y mirar a las/os demás, pero siempre con respeto y con un cuidado que te permitía expresarte y sentirte parte.
Y que importante es sentirnos parte de algo, y para mi este encuentro ha ido mucho de eso; de reconocernos como profesionales del Trabajo Social, de reconocer a las compañeras y compañeros con nuestras vulnerabilidades, de contar las unas con las otras, y de saber que a veces podemos y tenemos que parar para reconducir y para mimarnos un poquito. Porque, sin duda, el cuidarnos es esencial para que podamos convertirnos a nosotras/os mismas/os en el mejor recurso y la mejor herramienta de intervención que tendremos nunca.
Espacios y experiencias como esta hacen equipo, aunque seamos de puntos de España a 1.000km de distancia; porque somos una profesión que se ocupa de las relaciones, pero a veces nos olvidamos de relacionarnos entre colegas, y de ahí, es de donde salen las mejores ideas.
Me vuelvo a casa con la mochila llena de buenos ratos, con ideas y conocimiento nuevos que seguiré explorando, y también con la suerte de haber conocido a compañeras y compañeros que tienen mucho que decir.
Lorena Bouza
2 de junio de 2023: era un viernes atípico; festivo local en mi centro de trabajo y extrañamente me encontraba en casa. Revisando novedades en mi ordenador algo llama mi atención: la última publicación del Colegio Oficial de Trabajo Social de Galicia ofreciendo 5 becas para asistir a la II Escuela de Verano. Sin pensármelo ni un segundo cubro los datos y cruzo los dedos esperando recibir noticias suyas pronto. Un fin de semana hizo que la espera fuese algo más larga de lo habitual pero la llamada llegó a golpe de lunes: efectivamente había sido admitida. Y un par de horas más tarde, uno de mis compañeros de profesión me confiesa que a él también lo habían seleccionado. Ahí empezamos a organizar el viaje con toda la ilusión y a la vez desconocimiento por lo que nos esperaba en el Valle del Baztán. Reconozco que acepté sin pensarlo, pero días antes venían a mi mente pensamientos tóxicos y recurrentes que intentaban sabotear la experiencia sin ni siquiera haber salido de nuestra Comunidad Autónoma. Menos mal que no suelo hacerles caso porque de lo contrario estaría perdiéndome, sin duda, una de las mejores experiencias que he vivido últimamente.
Pablo y yo llegamos a Pamplona una hora antes de lo acordado. Nuevamente entraron las dudas durante la espera, pero rápidamente se disiparon con el trasiego de la gente. Entonces nos propusimos un juego: el de reconocer a nuestros/as compañeros/as. Así fue como conocimos a Tere, recién llegada de Alicante. Y a partir de ahí, fueron llegando el resto. Recuerdo esos primeros intercambios, las presentaciones, los nervios… que hicieron que el viaje de Pamplona al Valle de Baztán fuese más silencioso de lo habitual.
En el albergue de Lekaroz nos recepcionan los/as compañeros/as del Consejo General del Trabajo Social y automáticamente nos asignan la “habitación 213”. Pablo y yo nos instalamos y rápidamente aparecen Javi y Sonia de Valencia y algo más tarde llegan Tania y David de Málaga. Las presentaciones fueron cortas porque la convivencia ya había empezado y el programa con sus tiempos ya establecidos había que cumplirlos.
Como buena convivencia, no podría empezar de mejor manera que con una comida, momento de dispersión para empezar a conocerse. Ya por la tarde, comienza la Escuela de Verano con la presentación oficial y algunos talleres y dinámicas para entrar en materia. El fin de semana discurre entre sesiones de yoga al despertar, talleres y momentos de ocio (con fiestas, visitas, etc).
Las clases de yoga fueron un auténtico descubrimiento de manos de nuestra compañera de habitación; todo un acierto incluirlas en el programa ya que nos dieron la energía que necesitábamos para afrontar los días cargados de actividades.
Los talleres, todos distintos, pero indispensables, nos dieron pequeñas nociones a ampliar para el autocuidado y la ilusión de traer nuevas ideas a nuestro día a día.
Y los diferentes momentos compartidos con los/as compañeros/as hacen que salga con un gran sentimiento de pertenencia. A diferencia de otro tipo de eventos creo que tenía el número ideal de participantes, pero sobre todo éramos el grupo perfecto: con la sintonía idéntica de vivir la experiencia y querer compartir.
Esas 48 horas giraron en torno a un número: la 213, ahí se dio la convivencia en su esencia más pura. 6 personas distintas y de diferentes puntos de la geografía española, sin embargo, desde el minuto 0 se generó esa buena conexión, con complicidad que hizo que todo fuese más fácil.
Sin duda, ha sido una de las experiencias más reconfortantes y que más ha llenado mi alma.
David Caracuel Ruiz
Después de un viaje largo, con muchas incidencias y peripecias incluidas: trenes parados, carreras por las estaciones de esas que profesionales del Trabajo Social sabemos hacer para llegar a todo y conseguir alcanzar el último tren al toque del claxon, llegamos a tierra pamplonica.
Pisar la tierra del Valle del Baztán te atrapa. con sus tonalidades verde y ocres, sus caseríos únicos,… Comenzar las jornadas con música de las manos de Idareta, tocando el alma, como esos dilemas éticos de los que nos tocan dejando ese aroma estelar en la escuela para el devenir de los días.
Como el clima de confianza de la habitación 213 desde el primer momento, ese clima de confianza que se genera entre profesional y persona usuaria, de trabajar mano a mano para cambiar la situación, recorrer y vivir la que sería una experiencia única e irrepetible.
Los talleres se van sucediendo, los momentos de encuentro y café para ir conociendo a la que sería la pequeña gran familia del fin de semana.
Un lugar único, donde solo había personas corcho, de esas que nos habló Carlos, nada de personas plomo, que solo nos roban las energías, y que nadie nos cuidará si no lo hacemos por nosotras mismas, no hay un milagro como el de San Isidro Labrador, la labranza de esta sociedad es nuestra y solo nuestra.
Cohesión grupal, rescatar y trabajar desde lo colectivo, pudiendo vencer nuestros miedos a decir “Basta/No” tal y como pudimos comprobar con Isabel y Belén, y seguir alzando las alas como los cóndores. Sin olvidarnos que nos debemos abandonar la perspectiva feminista y que podemos encontrarnos a través de nuestro cuerpo. Y con nuestra deontología como bandera, para conseguir ser profesionales de excelencia, podemos desnudarnos y abrirnos en canal tal y como nos habla Pedro Pastor en su canción:
Desnudémonos para creernos Pa’ comprendernos, para aprendernos Para conectarnos
Sin duda también hubo tiempo para el ocio, visita cultural a las Cuevas de Zugarramurdi, a la localidad fronteriza de Ainhoa y para la magia para quemar todo lo malo en ese Akelarre en tierras de Brujas y la queimada ofrecida por colegas gallegas, con conjuro incluido. Sin dejar una “Noche Ochentera, Noventera” para mover el esqueleto.
Indiscutiblemente una experiencia donde seguir aprendiendo a cuidarnos para cuidar, saliendo cómo profesión fortalecida con el famoso IPO de nuestra presidenta Emi; Identidad, Pertenencia y Orgullo, para seguir siendo agentes de cambio para nuestra sociedad.
Para concluir y estando en tierras navarras no hay mejor manera que haciendo un símil con ese famoso cántico pamplonica:
“Al Trabajo Social pedimos, por ser nuestra profesión, nos guíe a construir una sociedad, más social, más igualitaria y diversa”.
Minerva Herrera Santiago Trabajadora Social. Gran Canaria
Carla Segura Ortiz Trabajadora Social. Gran Canaria
En los últimos años la llegada masiva de personas inmigrantes, procedentes de países extracomunitarios a territorios pertenecientes a la Unión Europea, ha traído consigo la llegada de un gran número de menores extranjeros no acompañados, que se hallan en diferentes países europeos y son las autoridades competentes de estos, los que deben tomar decisiones con respecto al futuro próximo de estos menores.
Este artículo pretende impulsar la reflexión acerca del procedimiento de determinación de edad con respecto a las personas inmigrantes. Además, son muchos los casos en que estas personas llegan a las costas como menores, sabiendo el provecho que pueden obtener de los servicios destinados a este colectivo.
Por tanto, se requiere de un examen médico concreto, realizado normalmente por un médico forense, que pueda estimar dicha edad, para que posteriormente las autoridades competentes puedan tomar diferentes acciones que se consideren. Siendo este un proceso largo, este artículo tiene la intención de explicar y resumir las partes fundamentales del mismo.
No siendo objeto directo de este documento, es importante mencionar que las actuaciones llevadas a cabo en este sentido, quedan enmarcadas dentro de la Ley 4/2000, de 11 de enero, sobre los derechos y libertades de los extranjeros en España, y su integración social. Además, se incluye el Real Decreto 240700 de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo; y por otro lado, el Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.
El presente artículo se realiza a través de una revisión bibliográfica con análisis de contenido, de forma concreta, acerca de las pruebas óseas en el ámbito de la migración, desde un punto de vista autonómico. En este sentido, la metodología cualitativa llevada a cabo, aspira a recoger la información sobre un tema específico, ya mencionado con anterioridad, para posteriormente proceder a su interpretación, enfocándose hacia los aspectos más culturales e ideológicos. Asimismo, este tipo de metodología hace referencia a un planteamiento más inductivo,donde se originan premisas generales a partir de situaciones concretas.
Razones de la emigración.
Desde un principio, se debe tener en cuenta que las personas extranjeras procedentes de África no suelen tener como objetivo principal llegar a la Comunidad Autónoma de Canarias al realizar una travesía de aproximadamente más de diez días.
El objetivo principal de toda persona extranjera es llegar a la España que se les prometió, una gran masa de tierra donde hay oportunidades para todas las personas, la cual está conectada con otros países, por lo que es el lugar de paso perfecto para conseguir dinero y seguir la ruta migratoria. La travesía que se les prometió se convierte en días de viaje, que para algunas poco se convierte en la suerte de llegar con vida a unas islas en las cuales se les retiene, y nada es lo que pensaban.
Si nos centramos en los menores extranjeros, muchos de ellos son enviados por sus padres, ya que tienen el pensamiento de que los/as más pequeños de su familia podrán llegar a un sitio mejor que su propio país para trabajar y mandar dinero a casa. Con esta idea, es con la que llegan la mayoría de menores extranjeros, pero nada tiene que ver con este gran sueño.
Diferencias entre la edad legal y la edad biológica
Dentro del proceso de la estimación forense de la edad, en este caso, de un supuesto menor extranjero, lo primero a tener en cuenta es la existencia de una dicotomía entre la edad legal y la edad biológica.
Por un lado, la edad legal hace referencia a aquella que las autoridades legales y fiscales tienen la necesidad de conocer, para poder aplicar de forma adecuada las normas legales, y además, hace referencia a un orden cronológico. De este modo, se hace necesario la intervención de un profesional como es un médico forense, para estimar la edad cronológica de la persona en cuestión, y abrirle paso a otros profesionales en el desarrollo de sus funciones.
Por otro lado, la edad biológica no define un concepto cronológico, sino que se define por la identificación de factores en el proceso de maduración y desarrollo de la persona. Por tanto, en relación con la edad biológica no se hace necesario la intervención de un médico forense, sino quizás de un profesional orientado más hacia la psicología. Esta se considera una aproximación más subjetiva de la edad de la persona, ya que se estima mediante el mantenimiento de una conversación aislada con el mismo, normalmente en distintos idiomas, con ayuda de un/a intérprete, etc. Todo ello, en su conjunto, hace que la información se disipe y pierda firmeza.
La actuación profesional y las pruebas de determinación
La intervención por parte de los/as diferentes profesionales para determinación de la edad, en Canarias, comienza con una reseña policial donde se recogen los datos personales de los/as migrantes durante la filiación que tiene lugar en las primeras 72 horas y posteriormente, si es necesario, se pasaría a la realización de las pruebas de determinación de la edad, que en función de las isla son variables, pero se estipulan las siguientes pruebas:
Radiografía de mano.
Radiografía del desarrollo dental.
Radiografía de clavícula.
En esta recopilación de información no siempre se obtienen documentos oficiales donde se refleje la edad real de la persona extranjera, por lo que entra en juego el testimonio de la persona y la edad biológica. Es decir, que como punto de partida, los policías hacen uso de la edad biológica mediante la observación del físico del individuo o de su nivel cognitivo al responder las preguntas.
En este punto, se abre un debate extenso sobre la variabilidad de criterios que causa confusiones en proceso a la determinación de la edad, afectando a los/as profesionales en su actividad. Al seguir un proceso con la edad biológica la cual se basa en el criterio que tenga cada profesional de la policía, muchas personas mayores de edad se cuelan en el sistema preparado para menores, poniendo en riesgo a estos. Es por ello, que se considera necesaria la aplicación de un criterio general que abarque, al menos, al territorio español en cuanto a las pruebas que se requieren para determinar la edad, y de este modo, se unificaría el procedimiento a seguir, obteniendo como resultado una mejora de la práctica profesional, dado que existiría un sólo modo de actuación ante estos casos.
Con esta unificación en la práctica profesional, nos referimos al trabajo en red que se lleva años pidiendo desde los Servicios Sociales a nivel autonómico. Este planteamiento se orienta hacia una formación y apoyo por parte de Save The Children a la Cruz Roja y la Policía Nacional, ya que estas instituciones son las primeras que entran en contacto con las personas extranjeras al llegar a Canarias, y las que deben determinar la edad de las mismas. De este modo, la llegada y acogida de los/as menores se haría de un modo más sistémico y sencillo, agilizando los procesos de determinación de la edad de una forma más eficaz.
El tiempo de espera.
Se considera que se abre una nueva vertiente relacionada con esta problemática, dado que la obtención de los resultados de las pruebas se alarga más de lo debido en el tiempo y contrae otra serie de cuestiones.
En este sentido, las pruebas forenses que se realizan en las islas son enviadas a penínsulas para su estudio, y posteriormente, son devueltas con sus respectivos resultados y enviadas a fiscalía; se trata de un proceso que a priori parece sencillo, pero que su temporalización se extiende, y además, hay que tener en cuenta el volumen de población extranjera que llega a las islas, y que deben ser atendidos y derivados a este recurso si es necesario.
Es por ello, que muchos de los supuestos menores extranjeros que son acogidos en residencias provisionales, en realidad son adultos que dicen ser menores, para poder beneficiarse del tratamiento que a estos les dan.
La radiografía del carpo es el procedimiento más usado y aceptado para concluir la edad de las personas, pero esta tiene un margen de error de aproximadamente dos años, mientras que las pruebas de mandíbula tendrían un 95% de certeza.
Además, si se requieren otro tipo de pruebas, los/as menores podrán ser derivados a otras comunidades autónomas, lo que trae consigo ciertos problemas ya que si no están registrados, pueden ser sometidos de nuevo a las mismas pruebas, que pueden dar resultados distintos, creando así confusión sobre los resultados y la edad del posible menor. En positivo, a la espera de las pruebas, el menor puede formarse para su futuro, por medio de los cursos ofertados.
Métodos de actuación tras los resultados de las pruebas.
En principio, si los resultados que se obtienen determinan que la persona es mayor de edad y esta es un extranjero indocumentado, podrá ser expulsado del país. Por otro lado, si las pruebas determinan que se trata de un/a menor, este será protegido por el Estado, y solo podrá ser repatriado si en su país de origen no corre peligro.
Ahora bien, si la persona extranjera tiene antecedentes penales cometidos en España pueden ocurrir otros dos posibles escenarios:
Si es menor de edad con antecedentes penales, podrá beneficiarse de la Ley de Responsabilidad Penal del Menor, en la que se incluyen medidas cortas y dirigidas a la reinserción social.
Si es mayor de edad con antecedentes penales, se aplicará el código penal, con medidas duras y penas de prisión. También puede conllevar la expulsión del país en el que se encuentre, y la prohibición del regreso a cualquier país dentro del espacio Schengen si se trata de delitos graves.
Son múltiples las variables en lo que se refiere a la situación de las personas extranjeras en el país de llegada, pero es importante destacar que, pese a la incertidumbre que se genera en cuanto su edad o su situación legal de estas personas, es importante tratar debidamente a estas personas, sobre todo a aquellas consideradas menores, con independencia de su veracidad o no.
Conclusiones.
Tras el análisis realizado acerca de las pruebas de determinación de edad realizadas a los/as menores extranjeros de edad dudosa, se esclarece, aún más, la necesidad de la realización de las mismas, sobre todo en aquellos casos en los que las personas, a su llegada, se encuentran en estado de indocumentación.
Es necesaria la verificación de la edad de los/as menores, como paso previo a la realización de intervenciones, tanto administrativas como médicas, específicas para cada rango de edad .Por ello, hay que ser conscientes del fallo del sistema ya que, en ocasiones, los resultados se retrasan y muchos de los supuestos menores a los que se han realizado dichas pruebas, han cumplido la mayoría de edad en medio del trámite sin ser identificados como menores. Esto hace que, se pase de un sistema preparado para menores a un sistema para adultos, sin proceso de adaptación y chocando con ámbitos, recursos y leyes totalmente distintas.
A lo anterior, también se le añaden otra serie de circunstancias que suponen un riesgo añadido, como es la convivencia en una misma institución de personas menores, que realmente lo son, con personas mayores que se identifican así mismas como menores. En este caso, existiría un mal aprovechamiento de los recursos por parte de aquellos mayores de edad identificados como menores, además de otra serie de problemáticas como abusos, reyertas, incitación a la violencia, etc.
Es por ello, que aunque las pruebas de verificación de edad sean un herramienta clave en el proceso de acogida a personas extranjeras, el margen de error y su temporalización, hacen de las mismas un proceso arduo. En este sentido, se generan una serie de contratiempos que pueden retrasar el desarrollo de las diferentes esferas de la vida de las personas extranjeras.
Así mismo, cabe destacar la importancia de la cantidad de personas extranjeras que circulan entre las diferentes rutas de migración, todas ellas buscando una mejora de futuro mayoritariamente en el sentido económico. Es necesario un cambio en las políticas que ordenan el ámbito de extranjería, para poder mejorar la situación de las personas extranjeras a todos los niveles, tomando decisiones que aporten una mejora en la calidad de vida y en las posibilidades de futuro.
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