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Pamplona, 6 de octubre de 2020

ENTREVISTA A
Francisco Idareta Goldaracena
Doctor en Trabajo Social por la Universidad Pública de Navarra.
Actualmente, presidente de la Comisión Deontológica del Consejo General del Trabajo Social
Docente e investigador en el Departamento de Sociología y Trabajo Social de la Universidad Pública de Navarra como miembro del grupo de investigación Efimec (Ética, Filosofía y Metodología de la Ciencia)

1. Se han cumplido 200 años del nacimiento de Concepción Arenal, ¿qué interés tiene esta figura para el Trabajo Social?

La vida y la obra de Concepción Arenal remueven conciencias. Son ciertamente inspiradoras, ya que, en este sentido, no solo escribió mucho y muy bien, sino que sus intervenciones salvaron muchas vidas y, algunas de ellas, rozaron la heroicidad. Solamente por ello, es ya una figura de interés. Pero además, desde nuestro punto de vista, no solo fue la primera trabajadora social de la historia del Trabajo Social en España, sino que basó su propuesta en la ética de la compasión, considerando que los problemas sociales son problemas morales puesto que en los primeros se pone en juego la dignidad de las personas. Creo que la nuestra es una contribución interesante para el Trabajo Social en España porque identifica a la primera trabajadora social de su historia, constata que la ética es fundamental en su aportación, evidencia que los valores que profesa (dignidad, libertad, igualdad, fraternidad y justicia social) sintonizan con la disciplina profesional y que sentó las bases de los derechos humanos en nuestro país. 

Por otra parte, Arenal quiso limar asperezas entre los católicos antiliberales y los liberales anticlericales de su época. Pero tras la Restauración de 1875, este catolicismo antiliberal imperante triunfó sobre el liberalismo, inoculándose años más tarde en el ideario de José Antonio Primo de Rivera. Recientemente, Óscar Cebolla (2020) publicaba una obra en la que se constataba que el origen del Trabajo Social en España se encuentra directamente vinculado con el régimen de Primo de Rivera. El mismo catolicismo antiliberal al que se enfrentó Arenal, es decir, el catolicismo no reformado y contrario al liberalismo (clerical y anticlerical), fue el que heredase Primo de Rivera en 1923 (Lacalzada, 1996). El mismo que abocaría a las dos Españas a una guerra civil años más tarde. En este sentido, cabe destacar que su hermana, Pilar Primo de Rivera, se hizo cargo de la Sección Femenina de la Falange durante la Guerra Civil de 1936, siendo la persona a la que el mismísimo Francisco Franco encomendase la labor de impulsar la creación de una Escuela de Asistentes Sociales en Madrid al considerar que el trabajo social (entonces, asistencia social) encajaba perfectamente dentro de la labor que realizaba la Sección Femenina.

Del mismo modo que en la época arenaliana, los católicos de la primera mitad del siglo XX también adoctrinaban en la alianza Trono-Altar. Por lo que, como ya indicamos en diferentes aportaciones (Idareta, Úriz y Viscarret, 2017; Idareta, 2016), durante un período histórico determinado, la intervención social estuvo, a grandes rasgos, condicionada por la fe ciega, el dogma, la oración, el culto externo y la atención a los más desfavorecidos con escaso arsenal metodológico y un exceso de voluntarismo y de paternalismo. Habría que esperar a la finales de la década de los 70 del siglo XX, con el impulso atemperado de la reconceptualización, para poder hallar en el Trabajo Social español los ecos de la propuesta de intervención social y de reformas sociales que identificamos en Concepción Arenal y, con ello, los primeros pasos hacia la recuperación y la rehabilitación de la perspectiva ética en Trabajo Social. 

2. Usted destaca el papel de María José Lacalzada de Mateo en el reconocimiento y difusión de la vida y obra de Arenal, ¿cuál es su importancia?

María José es una pieza clave en el esclarecimiento de la contribución de Concepción Arenal al pensamiento universal, ya que gran parte de las investigaciones posteriores parten de sus aportaciones y la inmensa mayoría apenas ha aportado nada nuevo. De hecho, podríamos decir que gran parte de lo que se conoce sobre Concepción Arenal lo sabemos gracias a María José. Ella ha sido capaz de identificar las sutiles armonías de los complejos y, a veces, imperceptibles matices claroscuros de la vida y obra arenaliana como nadie antes lo había hecho. Creo que su objetivo siempre ha sido traducir el mensaje arenaliano con la mayor fidelidad posible, al margen de las modas y de los aplausos del momento, con mucha prudencia y una gran humildad. Ciertamente, creo que el legado de Concepción Arenal queda en las mejores manos. 

Desde mi punto de vista, María José es una digna heredera del pensamiento arenaliano. Desde luego que la única en el panorama nacional e internacional con una trayectoria investigadora de varias décadas dedicadas al universo arenaliano. Es una mujer a la que admiro y aprecio mucho. Gran parte de lo que conozco sobre Concepción Arenal se lo debo a ella. Además, siempre está dispuesta a ayudar. Tuvo la gentileza y la amabilidad de acompañarnos en la presentación del libro que el Consejo General de Trabajo Social organizase por todo lo alto en Orense el 31 de enero de 2020 con motivo del bicentenario. Nunca olvidaré, ni agradeceré suficientemente que nos honrase con su presencia y con su sabiduría en un día tan especial. 

3. ¿Considera que la palabra arenaliana trasciende épocas? ¿Tiene que ver con lo que entendemos actualmente por trabajo social?

Tiene que ver con que su mensaje se dirige al corazón de las personas de cualquier época, desde donde trata de despertar en cada una de ellas su conciencia de humanidad. La palabra arenaliana pretende azotar conciencias, conmover corazones y reclamar responsabilidad a cada ciudadano. Había que pensar alto, sentir hondo y trabajar recio, sin importar el credo, la clase o la cultura a la que perteneciese cada sujeto. La palabra arenaliana vivifica y reconforta, cautiva y convence, urge a actuar a las personas frente al trato indigno o las injusticias sociales. Pero, sobre todo, la palabra arenaliana hermana a los seres humanos, puesto que ella entiende que es en relación social y asociándose como logran perfeccionarse y resolver mejor sus problemas sociales. La palabra arenaliana promueve y salvaguarda la dignidad humana y la perfectibilidad moral de las personas, teniendo siempre como horizonte la justicia social y la ética como eje central de su propuesta. Algo que tiene mucho que ver con lo que posteriormente vino a denominarse Trabajo Social. Mientras el ser humano conserve su inteligencia, su sensibilidad y su moralidad y sea capaz de identificar los devastadores efectos de la ignorancia, de la insensibilidad y del egoísmo en la sociedad, Concepción Arenal tendrá siempre algo nuevo que decirnos: un leve susurro suyo desde el siglo XIX aporta más al Trabajo Social actual que todos los altavoces del siglo XXI. 

4. ¿Cuál es la evolución que tuvo el concepto de caridad en la obra de Concepción Arenal? ¿Es posible diferenciar la caridad de la compasión en dicha obra?

Los católicos antiliberales del siglo XIX entendían la caridad asociada al dogma, a la fe, a la oración, al culto externo y a la asistencia al necesitado para lograr la salvación del alma, mientras que para Arenal la caridad hermanaba, lograba vincular a personas de diferentes clases, de diferentes credos. No la consideraba exclusiva de los cristianos católicos, sino que la contemplaba desde el ecumenismo, como pieza clave del hermanamiento entre diferentes perspectivas religiosas y, por ello, tendente hacia el diálogo interreligioso y el respeto de las personas, más allá de los credos que cada una de ellas profesase. Para ella, la caridad es un sentimiento de humanidad, una disposición humanitaria y no un medio para la propaganda ideológica, política o confesional. Dado que la caridad es una pieza importante en la obra de Arenal, Julio Alarcón y Meléndez trató de recatolizarla. No obstante, en este sentido, comparto con María José Lacalzada (1996) que si Concepción Arenal hubiese sido tan católica, no habría sintonizado ni con el liberalismo, ni con la Ilustración, ni con el librepensamiento. 

La caridad arenaliana, a diferencia de la planteada por el catolicismo antiliberal, nos aproxima al diferente y permite que empaticemos con su vulnerabilidad a medida que vamos perfeccionando nuestras capacidades (intelectuales, morales y de sensibilidad). La caridad es un deber moral de todas las personas para con el bien común, pero eso no exime la responsabilidad de las asociaciones benéficas y las del Estado. Por ello, la caridad arenaliana no depende de preceptos religiosos externos sino del compromiso interno de cada sujeto para con su conciencia. La caridad arenaliana significa respeto a la dignidad del otro, logra neutralizar o, en su caso, atemperar los odios y, precisamente por ello, genera espacios de encuentro y entendimiento. La caridad no solo es instinto o sentimiento, como para los católicos. La caridad también es hábito, razón y sistema. 

A mi juicio, Arenal inicialmente entendía la caridad como sentimiento y como deber. Pero debido a que, pese a su insistencia, seguía prevaleciendo la idea de caridad promovida por los católico antiliberales, es decir, la caridad entendida únicamente desde la fe ciega y el sentimiento, creemos que Arenal comenzó a defender la caridad como deber moral y justicia social, recurriendo a la compasión como impulsora y humanizadora de ambas. Ella entiende la compasión como sentimiento por el cual la persona se siente interpelada y conmovida por el dolor y el sufrimiento del otro, siendo esta una afectación que le urge a ayudarlo. Así, como ya lo señalamos en otro lugar (Idareta, 2020), Arenal acabó comprendiendo la compasión como la caridad, es decir, como sentimiento y como deber. Una compasión que se asemeja a la propuesta realizada por Martha Nussbaum (2008) y que cumple con los criterios cognitivos necesarios para calificar a la propuesta arenaliana como ética de la compasión. 

Como ya hemos anticipado, la teoría normativa del bien arenaliana armoniza la tensión existente entre el instinto, el sentimiento y la razón, explicando que la tendencia al bien pasa del corazón a la cabeza (Arenal, 1861). Por lo tanto, la compasión es una pieza clave como ella misma señalase: “Beneficencia es la compasión oficial, que ampara al desvalido por un sentimiento de orden y de justicia. Filantropía es la compasión filosófica, que auxilia al desdichado por amor a la humanidad y la conciencia de su dignidad y de su derecho. Caridad es la compasión cristiana, que acude al menesteroso por amor de Dios y del prójimo” (Arenal, 1861: 76). Se muestra de este modo que además de asignar una función a la sociedad civil, a las asociaciones y al Estado, establece la compasión como elemento fundamental de su teoría normativa del bien. 

5. En su libro habla de la teoría normativa del bien, resumidamente, ¿cuáles son las claves de esta teoría?

Arenal propuso esta teoría para solucionar el gravísimo problema que se originó en su época entre la caridad privada y la beneficencia pública. Para ella, cada ciudadano tiene un deber moral según su situación social: las personas más desfavorecidas tendrán un deber moral negativo, es decir, no deberán hacer el mal; mientras que las personas formadas y con más recursos tendrán un deber positivo, es decir, deberán hacer el bien. Por lo tanto, la sociedad civil tiene su parte de responsabilidad en los problemas sociales. Pero esto no era suficiente y por ello propuso que los sujetos tenían que asociarse para solucionarlos mejor y perfeccionarse como personas, así como que el Estado debería hacerse cargo de todo aquello que ni las asociaciones ni la ciudadanía podían hacer para salvaguardar la dignidad de los sujetos más desfavorecidos. De ese modo, logra articular las sinergias de la ciudadanía (instinto), de las asociaciones (sentimiento) y del Estado (razón), trasladando que, desde esta perspectiva, la caridad privada y la beneficencia pública eran complementarias y debían velar por garantizar la dignidad de las personas y el bien común a través de la justicia social. 

6. ¿Qué responsabilidad política tiene el Estado en la teoría normativa del bien y cuál debe ser el papel de las asociaciones?

Ya lo indicaba en la respuesta anterior. La intervención del Estado ha de ser mínima, es decir, cuando ni la ciudadanía ni las asociaciones puedan hacerse cargo de los problemas sociales y de la vulneración de la dignidad que estos puedan originar. Desde el prisma arenaliano es el Estado el que “debe hacer las cosas que hace mejor que tú, y dejarte que hagas las que haces tú mejor que él” (1880, Carta 19ª). Por otra parte, ella considera que “el que puede más, debe más” (1880, Carta 15ª), es decir, “el que tiene un poder, está obligado a emplearlo bien: poder es deber” (1868: 8). De ahí que si, por ejemplo, en la actualidad los ciudadanos pueden cumplir con las medidas de seguridad, deben hacerse cargo de ello. Si, por el contrario, los ciudadanos no pueden permitirse costearse varias mascarillas al día, es el Estado el que debe garantizárselas. Los productos y bienes de primera necesidad lo son porque de ellos depende la supervivencia de cada sujeto, cuya dignidad hay que seguir garantizando en cualquier caso. 

Con respecto a las asociaciones, hay que recordar que, en aquella época, la Iglesia padecía la desamortización y que el Estado no tenía obligación de intervenir directamente en los problemas sociales que se originaban. De ahí que ella preparase el manual El visitador del pobre (1863) con el propósito de movilizar la ciudadanía a través de las asociaciones benéficas para mejorar la integración de las personas más desfavorecidas, siguiendo la estela del liberalismo europeo. De hecho, en el caso de las personas más desfavorecidas ella no sólo señalaba que su deber moral debía consistir en no hacer el mal, sino que añadía que debían trabajar, instruirse, pero, sobretodo, asociarse. Dirigiéndose a los obreros, ella indicaba: “asociarte, ilustrarte, moralizarte: he aquí el medio, el único medio de alcanzar el mayor fruto posible de tu trabajo” (1880, Carta 16ª). Para ella lo importante es “asociarse; buscar en la unión la fuerza, y en la comunicación las fecundas inspiraciones” (1868: 10). Esta predilección por el movimiento asociacionista tiene que ver con que ella entiende que los seres humanos somos sociales por naturaleza y que salimos al encuentro de los demás debido a nuestra inherente vulnerabilidad. Somos humanos en relación con los demás y es asociados como nos perfeccionamos moralmente y logramos solucionar mejor los problemas sociales. Algo que entronca con las propuestas liberales con tendencias socialistas de diferentes autores de la época. 

7. Para usted, ¿cuál es la principal diferencia entre la perspectiva ética de Nusbaum y la de Arenal en la esfera de la responsabilidad?

Para Nussbaum, el juicio de inmerecimiento (de fallo o de error) señala que nos compadeceremos de quien no ha sido responsable de su infortunio, fallo o error, mientras que para Arenal nos compadeceremos del dolor ajeno tanto si ha sido responsable de su infortunio (fallo o error), como si no, es decir, siempre que haya sido vulnerada su dignidad y siempre que ella, por sus propios medios, no sea capaz de protegerla ni de defenderla. 

8. Para concluir, ¿por qué es recomendable la lectura de su libro?

Creo que el Trabajo Social español se ha venido inspirando desde hace muchos años en referentes de otros países, sin darse cuenta de que en España contábamos con una de las más insignes: Concepción Arenal. Este libro profundiza en su contribución al Trabajo Social, considerándola, como mínimo, a la altura de las de las fundadoras del Trabajo Social, Mary Ellen Richmond y Jane Addams. Aunque, indudablemente, la suya se encuentre mucho más próxima de ésta última, ya que tanto Arenal como Addams asumieron la caridad derivada del liberalismo cristiano reformista de la época, en las coordenadas de la socialdemocracia y el progresismo social, siendo para ambas la ética el pilar fundamental sobre el que erigieron sus respectivas propuestas. Así, además de profundizar en la faceta de Concepción Arenal como filósofa moral y trabajadora social, también ahondamos en la de reformadora social, ya que ella revoluciona conciencias desde dentro, pero también es reformadora de actitudes y costumbres a través de la empatía para con los demás. 

Todo esto se puede encontrar en un libro cuya presentación ha sido elaborada por Emiliana Vicente, presidenta del Consejo General del Trabajo Social, y cuyo prólogo ha corrido a cargo de María José Lacalzada, máxima autoridad nacional e internacional en Concepción Arenal, a quien está dedicado el libro. El libro es el tercer número de la selecta colección de Clásicos del Consejo General del Trabajo Social, que ha mimado y cuidado la edición del documento desde el principio. De hecho, para la elaboración de la portada y de la contraportada, he tenido el grandísimo privilegio de contar con la ayuda de Óscar Cebolla, secretario técnico del Consejo General de Trabajo Social y exitoso diseñador gráfico. Por otra parte, el texto está acompañado de diferentes tablas y gráficos que tratan de facilitar la comprensión de los contenidos. 

Tratándose del bicentenario de Concepción Arenal (1820-2020), creo que es una gran oportunidad la que nos brinda el Consejo General del Trabajo Social publicando, junto con Ediciones Paraninfo, un libro sobre esta mujer universal, ya que es un modo de extender la conciencia de humanidad y de ampliar la hermandad de inteligencia y de corazón en las que ella tanto insistiese. Hacerse con un ejemplar es la mejor forma para que profesionales, alumnado, profesorado, investigadores, etc. puedan constatar que Arenal revolucionaba conciencias conmoviendo las entrañas de las personas y que su aportación es la de la primera trabajadora social de la historia del Trabajo Social en España. 

Referencias bibliográficas

Arenal, C. (1861). La beneficencia, la filantropía y la caridad. Madrid: Victoriano Suárez.

Arenal, C. (1863). El visitador del pobre. Madrid: Imprenta de Tejado.

Arenal, C. (1868). La voz que clama en el desierto. La Coruña: Tip. de la Casa de la Misericordia. 

Arenal, C. (1880). La cuestión social. Cartas a un obrero. Ávila: La Propaganda Literaria.

Cebolla, O. (2020). El arte del Trabajo Social. Una iconografía de Óscar Cebolla Bueno. Madrid: Alejandro Robledillo. 

Idareta, F. (2016). Siglo y medio de compromiso ético del Trabajo Social (1861-2016): estudio comparativo entre el ámbito internacional y el nacional. Humanismo y Trabajo Social, 16, 11-26.

Idareta, F. (2020). Concepción Arenal: reformadora moral y social desde la compasión. Madrid: Consejo General del Trabajo Social – Ediciones Paraninfo. 

Idareta, F., Úriz, Mª.J. y Viscarret, J.J. (2017). 150 años de historia de la ética del Trabajo Social en España: periodización de sus valores éticos. Cuadernos de Trabajo Social, 30 (1), 37-50.

Lacalzada, Mª.J. (1996). Concepción Arenal. Dios y Libertad. Estudio preliminar, revisión y notas. Vigo: Museo de Pontevedra.

Nussbaum, M.C. (2008). Paisajes del pensamiento. Barcelona: Paidós. 

Santa Cruz de Tenerife, 29 de septiembre de 2020

Jonathan Regalado Piñero
Trabajador Social Clínico. Máster en Intervención Social y Comunitaria. Doctor en Psicología.
Director del Instituto Español de Trabajo Social Clínico. Director del Experto Universitario en Trabajo Social Clínico.
Docente en Diplomados de Trabajo Social Clínico de Chile y México

1. ¿Cómo se define el Trabajo Social Clínico?

No existe consenso internacional en cuanto a la definición del Trabajo Social Clínico (TSC). A lo largo del tiempo se han ido proporcionando distintas definiciones, con aspectos en común y divergencias. Este esfuerzo por definir los parámetros del TSC ha sido crucial para crear una identidad delimitada, tanto dentro como fuera de la profesión. 

Una definición reciente la aporta Ituarte (2017), la cual concibe al TSC como:

Una práctica especializada del Trabajo Social y un proceso relacional psicoterapéutico que trata de ayudar a un cliente a afrontar sus conflictos psicosociales, superar su malestar psicosocial y lograr unas relaciones interpersonales más satisfactorias, utilizando sus capacidades personales y los recursos de su contexto socio-relacional (Ituarte, 2017, p. 20).

Este autor entiende el TSC como una práctica especializada, cualificada y terapéutica del Trabajo Social que provee servicios directos de evaluación, prevención e intervención a individuos, grupos y comunidades, con el objeto de aumentar el bienestar psicosocial y reducir las situaciones perturbadoras del mismo (el malestar). La clínica del Trabajo Social es un proceso relacional, terapéutico, performativo y político, cuyo objeto (lo clínico), es la dimensión simbólico-subjetiva de la experiencia humana en interacción con su contexto material-ambiental. 

Para el Trabajo Social, lo clínico es la experiencia subjetiva humana, que se expresa a través del bienestar/sufrimiento, como causa y consecuencia de la interacción de las personas con su contexto histórico, ambiental y sociocultural. Esta concepción de la clínica diverge de los postulados ortodoxos de la clínica de la Psicología y la Psiquiatría, como expresión de signos y síntomas de la enfermedad y/o trastornos. La dimensión simbólico-subjetiva es un objeto disciplinar de mayor alcance y rango que la psicología humana; es un aspecto tan vasto, multideterminado y multidimensional, que es imperativo la intervención con ella desde múltiples disciplinas. Esto hace del TSC una especialidad pertinente y necesaria para el abordaje de problemáticas altamente complejas.  

2. ¿El Trabajo Social Clínico contemporáneo es una práctica normativa, acrítica y funcional al estatus quo?

La respuesta es no. A diferencia del TSC de los inicios, gran parte del TSC contemporáneo reivindica una práctica crítica, política y emancipadora, que persigue como fin último, la justicia social, los derechos humanos y la emancipación del sujeto de las condiciones de opresión. Este es uno de los elementos diferenciadores de la clínica del Trabajo Social con respecto a clínicas de otras disciplinas. El TSC es la única disciplina y profesión que pone la terapia al servicio de la justicia social. Para ello ha desarrollado, promovido y utilizado métodos y prácticas diversas como la Defensa de Caso (Gómez & Yasson, 2007; Hoefer, 2006; McLaughlin, 2006), Modelo de Salud Liberador (Belkin y Fleck, 2014), el Casework Radical (Fook, 1992), el Casework de Bertha Reynolds (1982), que combina teoría marxista y psicoanálisis freudiano; el Modelo de educación popular de Paulo Freire; la práctica ideológica o el análisis y evaluación estructural. 

3. ¿Qué servicios ofrece el Trabajo Social Clínico a las personas con las que trabaja?

En el contexto anglosajón, donde mayor expansión y desarrollo ha experimentado el TSC, los ámbitos de intervención más comunes son (Dorfman, 1996):

  • Educación primaria y secundaria.
  • Centros infantiles de día. 
  • Programas de asistencia al trabajador/a en la empresa.  
  • Ámbito sanitario. 
  • Unidad Psiquiátrica de Agudos.
  • Servicios de protección a la infancia.
  • Agencias de servicios a la familia. 
  • Centros comunitarios de salud mental. 
  • Centros Universitarios de Counselling. 
  • Prisiones.   
  • Tribunales. 
  • Departamentos policiales. 
  • Servicios de rehabilitación de drogas y alcohol. 
  • Servicios de cuidados de larga duración. 
  • Servicios en el hogar.
  • Consulta privada. 

En el contexto español, el conocimiento de los ámbitos de intervención es escaso, dado que la literatura e investigación al respecto de este asunto son escasas. Algunos de los ámbitos de prácticas del Trabajo Social Clínico en España son (Ituarte, 2017): 

  • Centros de salud de atención primaria. 
  • Servicios sociales municipales. 
  • Servicios de atención a personas en situación de dependencia.
  • Organizaciones No Gubernamentales. 
  • Servicio público de salud mental infanto-juvenil. 
  • Consulta privada de Trabajo Social Clínico.  

Es habitual caer en el error de asociar el TSC con la psicoterapia como si de sinónimos se tratara. El TSC va más allá de la psicoterapia (Dorfman, 1996; Hollis, 1972) y así lo demuestra el amplio abanico de servicios y funciones que presta de manera más frecuente, a saber: psicoterapia, terapia familiar, terapia de grupo, consejería, educación, intervención en crisis, agencia de recursos, defensa de caso, uso de recursos sociales, gestión de casos, grupos de apoyo y de autoayuda, colaboración interdisciplinaria, supervisión e investigación (Dorfman, 1996; Norten, 1995).

4. En los últimos cinco años se está avanzando mucho en el desarrollo del Trabajo Social Clínico en España y Latinoamérica ¿Qué acontecimientos han ayudado a este resultado?

En el proceso de evolución y desarrollo del Trabajo Social Clínico, visto desde una perspectiva iberoamericana, se pueden establecer tres fases diferenciadas: 

  1. Fase de gestación (EE.UU y Canadá 1889-1970), donde las precursoras de la profesión y la escuela del casework establecen las bases clínicas del Trabajo Social. 
  2. Fase de desarrollo (1970-2010): el Trabajo Social Clínico se institucionaliza como especialidad de la profesión en Estados Unidos, comienza a desarrollarse una importante producción científica y se implanta en algunos países de Europa, África y Oceanía. 
  3. Fase de Expansión (a partir del 2010), comienza a surgir el interés renovado por el Trabajo Social Clínico en Iberoamérica, instituciones dedicadas a su desarrollo, los primeros estudios específicos de posgrado y una presencia digital sin precedentes. 

A continuación, se exponen algunos de los acontecimientos ocurridos en los últimos 4 años (sin ánimo de resultar exhaustivo) que ponen de manifiesto la expansión del TSC en nuestro contexto hispanohablante. 

2016

El trabajador social clínico chileno Diego Reyes Barría crea el grupo en la red social Facebook denominado Comunidad Internacional del Trabajo Social Clínico, que en la actualidad aglutina más de 7.000 miembros. Se ha convertido en una plataforma de comunicación e intercambio entre profesionales del Trabajo Social de todo el mundo, interesados en la práctica clínica. 

2017

  • Los trabajadores sociales clínicos Jonathan Regalado y Diego Reyes crean el espacio web denominado CITSC – Comunidad Internacional del Trabajo Social Clínico (IETSC, 2020). Este supone el primer espacio web en castellano dedicado exclusivamente a la visibilidad, legitimidad y difusión de la práctica del TSC. 
  • Se publica el libro Prácticas del Trabajo Social Clínico, coordinado por Amaya Ituarte (Ituarte, 2017). Este hecho resulta relevante en la medida en que no existe ningún otro título conocido en castellano, publicado después de 1992, que sea explícitamente de TSC. Se trata de una obra escrita por 11 autores, donde se realiza un acercamiento teórico y práctico a la diversidad de ámbitos y contextos en el que se está haciendo práctica clínica en España.

2018

  • El Colegio Oficial de Trabajo Social de Santa Cruz de Tenerife, constituye la primera Comisión Colegial de TSC en España, promovida por el Dr. Jonathan Regalado. 
  • Se crea el primer Doctorado en TSC en un país hispanohablante, concretamente en la Universidad Interamericana de Puerto Rico, promovido de manera intensa por el Dr. José Luís Castro. 

2019

  • Se constituye el Instituto Español de Trabajo Social Clínico (IETSC), dirigido por el Dr. Jonathan Regalado, siendo la primera institución en España dedicada de manera específica y explícita al desarrollo, promoción y legitimidad del TSC en el país. En ella se proporcionan servicios de capacitación, formación y consultoría para profesionales, así como servicios clínicos para individuos y familias en su Centro de Bienestar Familiar, ubicado en Tenerife. 
  • Se constituye el Instituto Chileno de Trabajo Social Clínico (ICHTSC), dirigido por Diego Reyes Barría y Paola Grandón Zerega, siendo la primera institución en ese país dedicada de manera específica al TSC. 
  • El Dr. Jonathan Regalado desarrolla un ciclo de conferencias y seminarios presenciales para diversas Universidades e Instituciones en Ecuador, Panamá, Chile, Argentina y México que contribuyen a generar contextos de reflexión en torno a esta especialidad y comenzar el diseño e implantación de Maestrías y Posgrados en TSC.
  • El Colegio Oficial de Trabajo Social de Santa Cruz de Tenerife (2019), publica la Guía Breve de Trabajo Social Clínico, coordinada por el Dr. Jonathan Regalado y revisada por expertas y expertos como Amaya Ituarte, Josefa Fombuena y Juan M. Herrera. Este documento supone una de las primeras actuaciones explícitas de legitimidad del TSC por parte de las instituciones profesionales en nuestro país. 

2020

  • En enero de 2020 comienza la capacitación denominada Fundamentos y Práctica del Trabajo Social Clínico, de mano del IETSC y dirigida por el Dr. Jonathan Regalado. Esta formación ha sido organizada en colaboración con los Colegios Oficiales de Trabajo Social de Huelva, Asturias y Castellón, y en la que han participado más de 150 profesionales de España y Latinoamérica. 
  • El Colegio Oficial de Trabajo Social de Tenerife organiza las primeras Jornadas de Trabajo Social Clínico en España, para marzo de 2020, las cuales se cancelan una semana antes de su celebración debido a la crisis sanitaria por la COVID-19.
  • El IETSC desarrolla y pone en marcha el Experto Universitario en Trabajo Social Clínico, en colaboración con la Universidad Europea Miguel de Cervantes (IETSC, 2020b). Está dirigido por el Dr. Jonathan Regalado y cuenta con un equipo de 17 docentes de España, Chile, Argentina y México. Es el primer título universitario del país específicamente dedicado al TSC y que va a permitir conformar la primera cantera de trabajadores y trabajadoras sociales clínicas del España. 
  • El ICHTSC pone en marcha el primer Diplomado en Trabajo Social Clínico de Chile, dirigido por Diego Reyes y Paola Grandón. 
  • Se desarrolla en México el primer Diplomado en TSC en la historia del país, organizado por el Instituto Politécnico Nacional dependiente de la Secretaría de Educación Pública. 
  • El Consejo General de Trabajo Social en España organiza un webinar sobre TSC, dictado por Josefa Fombuena y Dolores de Pedro. Este evento resulta relevante porque supone una de las primeras acciones de legitimación del TSC por parte de la institución profesional más importante del país. 

Por otra parte, la presencia digital del TSC en internet y las redes sociales ha experimentado un incremento radical en los últimos años. Una evidencia de ello es que desde 2018 los libros especializados que tratan directa o indirectamente sobre TSC han pasado de 1.640 a 4.000 en Amazon. Las descargas digitales de artículos de la Clinical of Social Work Journal durante el último año han sido más de 200 mil (Springer, 2020). Por otra parte, los resultados de Google con el término “Trabajo Social Clínico” han pasado de 5,5 millones en 2018 a 240 millones en septiembre de 2020. Los resultados de búsqueda con el término “Clinical Social Work” ascienden a 595 millones actualmente. En Google Académico encontramos 4 millones de resultados en literatura relacionada con el TSC. En cuanto a hastags se refiere, son más de 2 millones los resultados en una monitorización realizada en septiembre de 2020 con los hastags #ClinicalSocialWork y #ClinicalSocialWorker. 

5. ¿Qué ha de hacer la profesión en España para consolidar el TSC como especialidad?

Hemos de desarrollar las actuaciones necesarias para lograr los siguientes objetivos: 

  • Lograr que el TSC contemporáneo sea conocido dentro y fuera de la profesión. En la actualidad gran parte de la profesión lo desconoce, o lo conoce de manera sesgada y reduccionista. 
  • Lograr el desarrollo de formación, capacitación y supervisión desde la Universidad y las instituciones profesionales. Esto implica la creación de posgrados por todo el territorio nacional, y a medio plazo, consolidar un Máster Oficial en Trabajo Social Clínico con práctica residente. 
  • Regular la práctica del TSC a nivel institucional, es decir, que el Consejo General del Trabajo Social desarrolle las exigencias necesarias para el ejercicio de la especialidad y los estándares para su práctica. 
  • Lograr que la ciudadanía conozca el alcance y utilidad del TSC, y con ello, generar demandas clínicas en los contextos de intervención. 
  • Lograr que la práctica del TSC se extienda y consolide en los contextos públicos de intervención, con especial atención a Servicios Sociales, Salud, Educación y Justicia.

El futuro del TSC en España depende principalmente de lo que hagamos (o dejemos de hacer) los y las profesionales de “a pie”. Nuestra proactividad contagiará a las instituciones profesionales que, a su vez, promoverán acciones para retroalimentarla y, con ello, generarán oportunidades para que a nivel político y civil termine de consolidarse el TSC como especialidad, y se sancione con la legitimidad que merece.  

REFERENCIAS

Belkin, D. y Fleck, A. (2014). Social Justice in Clinical Practice. New York:: Routledge.  

Colegio Oficial de Trabajo Social de Santa Cruz de Tenerife, 2019. Guía Breve de Trabajo Social Clínico. Recuperado de https://www.colegiotstenerife.org/actualidad/novedades/170-guia-breve-sobre-trabajo-social-clinico.html 

Dorfman, R. A. (1966). Clinical social work. Definition, practice and visión. New York. Brunner/Mazel.

Fook, J. (1992). Radical Casework: A Theory of Practice. Allen & Unwin

Gómez, C. y Yasson, J. (2007). Revolutionizing the clinical frame: individual and social advocacy practice on behalf of trauma survivor. Journal of Aggression, Maltreatment & Trauma, 14 (1-2), 245-263.  

Hoefer, R. (2006). Advocacy practice for social justice. Chicago: Lyceum Books Inc.  

Hollis, F. (1972). Casework: a psychosocial therapy. Nueva York: Random House 

IESTC (2020). 

  1. Comunidad Internacional del Trabajo Social Clínico. Recuperado de https://www.trabajosocialclinico.com/contenidos
  2. Experto Universitario en Trabajo Social Clínico. Recuperado de https://www.trabajosocialclinico.com/expertotrabajosocialclinico 

Ituarte, A. (coord.) (2017b). Prácticas del Trabajo Social Clínico. Valencia: Nau Llibres. 

McLaughlin, A. M. (2006). Clinical social work and social justice. Dissertation Abstracts International. The Humanities and Social Sciences, 6(11), 4337.  

Northen, H. (1995). Clinical Social Work Knowledge and Skills. Nueva York: Columbia University Press.

Pearmmutter, S. (2002). Achieving political practice: integrating individual need into social action. (1), 31-51. Journal of Progressive Human Services, 13.

Reynolds, B. C (1982). Between Client and Community: A Study in Responsibility in Social Case Work. New York: NASW. 

Springer, 2020. Clinical Social Work Journal. Recuperado de https://www.springer.com/journal/10615 

Málaga, 22 de septiembre de 2020

Estefanía Martín Palop
Trabajadora Social. Senadora por Málaga

El ejercicio de la política, como actividad pública de servicio a la ciudadanía, requiere de servidores y servidoras que aúnen el saber hacer y una sensibilidad por lo público. Hoy la política exige un plus de compromiso, a la vez que requiere un conocimiento propio, de aplicación a la acción política. 

Esa es la base de la responsabilidad y función contemporánea que debe cumplir una persona dedicada a la política, y más en tiempos de desafección y descrédito de la representación política. 

El Trabajo Social, reseñando su concepto, en la realidad más actual, está íntimamente vinculado al desarrollo del Estado de Bienestar y del servicio público. El Estado del Bienestar está basado, entre otros postulados, en las tareas que le son propias a nuestra profesión. 

Toda labor que se haga en pro de una sociedad más justa, igualitaria, equilibrada en oportunidades, cuyas aspiraciones hay que promover, tiene en el profesional del Trabajo Social, y en mi caso, una aliada, una defensora. Con la llegada de trabajadores y trabajadoras sociales a la política, y al Senado en mi caso concreto y actual,  contribuimos a garantizar la visión social en la tarea legislativa en España.

El ecosistema sociológico actual se ha ampliado, más allá de las instancias públicas oficiales. Una sociedad como la española, que ha avanzado en estos últimos cuarenta años como nunca antes en su historia desde el complicado siglo XX, ha sabido diversificar sus organizaciones sociales. El tejido asociativo y el Tercer Sector reúne a ONG’s, plataformas vecinales, asociaciones de mujeres, de jóvenes, de la tercera edad; movimientos sociales y ciudadanos que hacen suyos el sistema democrático para hacer avanzar a toda la ciudadanía. Parte de la fortaleza de nuestra democracia radica en la salud de nuestro tejido asociativo. 

En la ciudadanía, no sólo recae el poder de decidir qué gobierno y qué programa ejecutar cada cuatro años mediante el voto en las urnas, la ciudadanía y los colectivos sociales tienen el poder de movilizar e incidir en las políticas públicas que se diseñan y ejecutan.

Somos conscientes, algunas personas por estar en política y otras por activar a la sociedad, de este poder. Ahora nos toca aplicar el conocimiento y nuestro saber hacer profesional para fortalecer y construir desde lo común y comunitario políticas públicas que apuesten por lo público y por el Estado de Bienestar.

La realidad de nuestra sociedad requiere un auténtico diagnóstico social que permita la implementación de políticas contundentes, cercanas y eficaces para paliar las necesidades en cada caso. 

Desde la política, tengo la inmensa fortuna de poder actuar en el diseño legislativo de leyes sociales, que puedan ser aplicadas con los instrumentos y recursos presupuestarios necesarios para hacer realidad parte del diseño de las políticas públicas y políticas sociales que como trabajadores sociales quisiéramos firmar. Aunar el Trabajo Social con la política es una garantía para el bienestar de la ciudadanía.

Dignificar la política requiere de profesionales que lleven a cabo su tarea aplicando su experiencia y su conocimiento como profesionales. Nuestra sociedad requiere de trabajadores sociales que aporten a la política una visión realista y cercana, a la vez de garanticen políticas públicas que permitan intervenir desde lo individual y comunitario para construir el auténtico Estado de Bienestar que un día soñamos.

Una trabajadora social en la política

Una trabajadora social en la política. Lo soy en este orden. No he sido una política que aprendió Trabajo Social, sino una trabajadora social que llegó a la política para ejercer su vocación de servicio público. Está claro que cualquier acción social se imbrica en la política. Somos animales políticos, lo dijo Aristóteles. Y lo es porque al vivir en sociedad, prácticamente desde las cavernas, se ha organizado políticamente. Todo asunto público le concierne e intenta participar. El acto de votar es un ejemplo evidente. Pero esa forma de relación social tiene un objetivo primordial, que es la convivencia, una convivencia donde cada persona pueda sentirse dignamente tratada y desarrollada. Una convivencia sostenible y adecuada para cada una de las personas que integramos la comunidad. Ahí, creo yo, está la más grata e inmensa tarea de un político. Si conoce las reglas y las aplica en consecuencia estará trabajando en pro de alcanzar un fin social superior. 

Que trabajadoras sociales como yo estemos en la primera línea de la política es un primer paso importante para que el trabajo del legislador esté influenciado, guiado por la visión cercana de quienes conocemos la calle, los barrios, las casas de acogida, la tragedia de la emigración, el acoso de género, la desigualdad en su más tremenda de realidad vivida en cientos de miles de hogares españoles. Puedo afirmar que todo lo que aprendí durante mis años de estudio en la Universidad, Escuela de Trabajo Social, tenía que ver con la política…y ahora sé bien y mejor para qué sirve.

En la vía en que me encuentro no tengo contradicciones. No son dos caminos, no van en direcciones contrarias. El trabajo social y la política son dos ruedas que unen el mismo eje. La socialdemocracia que defiendo entiende que los vínculos de sus programas están en el desarrollo de las políticas sociales. Las políticas públicas, como el bienestar de los sujetos que forman nuestra sociedad, está justamente en el desarrollo de los servicios sociales, que abarque a toda su población. 

Al igual que la educación y la sanidad públicas son los dos grandes pilares que sostienen nuestro sistema en libertad e igualdad ante las leyes, los Servicios Sociales son el pilar que garantiza la convivencia y la dignidad individual, familiar y comunitaria de las personas en los momentos más adversos y vulnerables.

La justicia social es la base de la igualdad. Las instituciones políticas españolas, desde 1978, se han empeñado en cumplir con ese sueño que nos enseñó la Revolución francesa a finales del siglo XVIII. En esa senda estamos. Y ahí, una trabajadora social, humildemente, tiene mucho que decir, sobre qué indicar, en qué ayudar, porque tengo la capacidad de una trabajadora social y ejerzo desde la política.

Políticas socialdemócratas

Las desigualdades originan pobreza y vulnerabilidad. Marginan y excluyen a amplias capas de la sociedad. Pertenezco a una tradición ideológica que ha puesto en sus objetivos principales luchar contra esa lacra. No hemos concluido, hay trabajo por realizar, sin duda. Pero jamás hemos olvidado que la clave está en fortalecer el Sistema Público de Servicios Sociales.

Durante otras épocas pretéritas, la ayuda social se entendía como un entramado de beneficencia, de distribuir caridad a las personas necesitadas. La democracia que propugnamos es dotarnos de un sistema público que garantice herramientas e instrumentos para dignificar el desarrollo y crecimiento de cada una de las personas de nuestra comunidad. Aquella caridad paliaba el hambre, en el mejor de los casos, pero no dignificaba a las personas. Se recibía como una limosna a las puertas de los templos. De alguna manera se les arrebataba a las personas la dignidad, de ser y poder crecer en igualdad de oportunidades, sin que ninguna cuna ni adversidad les negase la capacidad de poder llegar a ser o vivir de la manera más digna que podamos disfrutar como sociedad avanzada. 

El sistema público de Servicios Sociales es la piedra angular de nuestra nueva sociedad, nuestro cuarto pilar de bienestar, en la que venimos construyendo desde 1978. Fortalecer, como he apuntado, las políticas sociales y la cohesión de las organizaciones sociales nos da una coherencia para el crecimiento como personas dueñas de nuestras propias vidas. El trabajador social es un pilar para garantizar el desarrollo de dicho sistema público y hacerlo más sólido, más solidario, más extenso.

Desde las tareas propias de los profesionales del trabajo social veo un panorama de intenso trabajo, me atrevo a decir que el momento es crítico: o seguimos construyendo un robusto sistema público de atención o la propia crisis, su profundidad y alcance, permitirá a algunos adoptar medidas que perviertan este sistema público, una involución a la caridad citada anteriormente.

El Trabajo Social colabora en el diagnóstico cierto y preciso de nuestra sociedad. En tal empeño, las personas dedicadas a la política,  especializadas en ese campo aportamos ambas visiones: el conocimiento social y la acción política y social. Sería inconsciente no ver el potencial de la comunidad organizada, ni la fuerza que tienen esos colectivos, indispensables para avanzar hacia una sociedad mejor, más próspera, con menos diferencias, con mejor futuro.

Propugno la ampliación y el fortalecimiento de nuestro Estado de Bienestar Social. Eso nos va a permitir una mayor solidez en la cohesión social, como una amplia base para la convivencia. Lo defiendo desde la primera fila del Trabajo Social como desde la primera línea de acción política. 

Queda camino por construir. Las políticas públicas no terminan de avanzar, nunca, porque las necesidades de la sociedad española crecen con las dificultades sobrevenidas de cada avance social y político. Un buen ejemplo es la triste época en la que vivimos a causa de la pandemia de la Covid19. Tenemos que garantizar, lo antes posible, la universalización del Sistema Público de los servicios sociales. Esto es tanto garantizar la igualdad en el acceso de éstos; como el desarrollo de prestaciones y servicios, de calidad, como derecho subjetivo de las personas.

Desechar, asimismo, la tesis de la ayuda por caridad, que aún impregna el discurso latente en las líneas de la derecha, que atentan los cimientos más prácticos y profundos del sistema público de servicios sociales. Más en estos días y meses, cuando las familias se enfrentan a dificultades económicas como nunca antes a causa de la pandemia. Todo esto me reafirma en pensar que nuestra línea de trabajo es la de apuntar hacia fortalecer el sistema público en todas sus instancias. Para ello, necesitamos contar con presupuestos adecuados, continuados, razonados y eficientemente manejados.

Vivimos tiempos de zozobra. El presente se ha tambaleado y nos asoma un futuro inmediato difícil, duro. Se hace necesario que los políticos jóvenes interpreten los signos nuevos de este tiempo. 

Comprender un mundo que ha cambiado, casi de un día para otro, se nos impone escuchar más a la ciudadanía, hacerles participar en las soluciones factibles. Creo que es la vía para lograr, mantener y extender, nuestra convivencia y nuestro Estado de Bienestar.

Málaga, 15 de septiembre de 2020

Gloria Medina Muñoz
 Trabajadora Social. ERACIS. Plan Zonas Desfavorecidas.

1985, 1996, 2015…parece que hablamos de tiempos inmemoriales cuando nos referimos a estos años dada la velocidad a la que “avanza” la sociedad. Y digo “avanza” porque hay personas para las que se ha parado el tiempo, un colectivo de olvidados e invisibles por los que parece no pasan los años, ni las leyes.

Poco ha cambiado desde las “Leyes de Vagos y Maleantes” del orden penal español de 1933, por la que los “vagabundos” eran equiparados a otros colectivos como los nómadas y proxenetas, considerándolos personas de conductas antisociales. A estos colectivos, con la reforma franquista de la ley, se unió a los homosexuales para su represión. Esta ley, conocida también como “La Gándula”, no sancionaba delitos sino que pretendía establecer medidas de alejamiento y control de conductas reprobables, desvirtuándose por completo con la creación de Centros de Internamiento, donde se retenía a las personas sin recursos hasta determinar su nivel de peligrosidad para la sociedad.

Esto que entendemos como “Historia Antigua de España”, no se aleja tanto de la “Historia Contemporánea”. Hoy por hoy, muchas son las personas permanecen “retenidas” en la burbuja invisible de la exclusión. Personas que no constan, que no existen en nuestra localidad, no porque no estén, sino porque no se las ve, no cuentan; y no cuentan porque no interesan, porque no votan (porque no pueden al no estar censadas), no contribuyen a la economía, sino que restan a ojos de conciencias conservadoras insolidarias.

Las personas sin hogar, son personas ante todo. Seres humanos que de una forma u otra han participado de la sociedad y que por circunstancias de la vida han perdido prácticamente TODO, hasta sus derechos fundamentales.

La Constitución Española de 1978 dice en su artículo 19, que “los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional”. Se podría afirmar que en un alto porcentaje de los casos, la elección de la vía pública como residencia, no ha sido ni libre, sino inevitable por las circunstancias, ni en el ejercicio de los derechos, sino la única opción de muchas personas sin hogar al no contar con otra alternativa aceptable.

Por otra parte, si avanzamos hasta el artículo 47 de la CE, vemos como esta reconoce que “Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. (…)”. Esto no siempre es así, y lo más digno a lo que puede optar  una persona es un banco de la calle o unos soportales de la ciudad.

Por todo lo anteriormente expuesto, y en un ejercicio de legalidad. Desde los Ayuntamientos no queda más que aplicar la ley, y amparados en la Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría, por la que se publica la “Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal”, dignificar a esas “invisibles” de las que hablábamos, otorgándoles la posibilidad de adquirir vecindad administrativa donde efectivamente residan. El artículo 3.3 de la mencionada Resolución, “casos especiales de empadronamiento” que se ha mantenido inalterable desde su primera aparición en la “Resolución de 16 de marzo de 2015, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 30 de enero de 2015, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal.”, trata el empadronamiento de las personas sin domicilio. Afirmando que “el Padrón debe reflejar el domicilio donde realmente vive cada vecino del municipio y de la misma manera que la inscripción padronal es completamente independiente de las controversias jurídico-privadas sobre la titularidad de la vivienda, lo es también de las circunstancias físicas, higiénico-sanitarias o de otra índole que afecten al domicilio. En consecuencia, las infraviviendas (chabolas, caravanas, cuevas, etc. e incluso ausencia total de techo) pueden y deben figurar como domicilios válidos en el Padrón.”. Sí, lo recoge claramente “la ausencia total de techo, pueden y debenfigurar como domicilio válidos en el Padrón”, en estos casos se recurrirá al “domicilio ficticio”, entendido este como el lugar donde efectivamente reside y que pueda ser acreditado por los Servicios Sociales Municipales. Este tipo de empadronamiento debe cumplir una serie de requisitos que se señalan a continuación:

  • Que los Servicios Sociales estén integrados en la estructura orgánica de alguna Administración Pública o bajo su coordinación y supervisión.
  • Que los responsables de estos Servicios informen sobre la habitualidad de la residencia en el municipio del vecino que se pretende empadronar.
  • Que los Servicios Sociales indiquen la dirección que debe figurar en la inscripción padronal y se comprometan a intentar la práctica de la notificación cuando se reciba en esa dirección una comunicación procedente de alguna Administración Pública.

En estas condiciones, la dirección del empadronamiento será la que señalen los Servicios Sociales: la dirección del propio Servicio, la del Albergue municipal, la del punto geográfico concreto donde ese vecino suela pernoctar, etc.

Evidentemente, para practicar este tipo de inscripción no es necesario garantizar que la notificación llegará a su destinatario, sino simplemente que es razonable esperar que en un plazo prudencial se le podrá hacer llegar.

Conocida la norma ya solo cabe reflexionar sobre el tema.

¿Quién tiene la potestad para excluir definitivamente de la sociedad a las personas sin hogar? ¿Acaso no tienen suficiente con enfrentarse a diario a su realidad? ¿No es lo bastante denigrante ser un número negativo en  la sociedad, como para además ver limitada la posibilidad de prosperar? El empadronamiento puede ser la llave que abra la puerta a la inclusión de muchas de estas personas, siendo la única forma de acceso a las prestaciones autonómicas y municipales que les apoyen de cara al futuro.  Pensemos, ¿Qué puede hacer una persona sin hogar de 63 años con una discapacidad que viva en la calle para salir de esta situación?, parece imposible la inclusión desde la perspectiva laboral por su edad y por su discapacidad ¿verdad? Pues bien, si esta persona estuviera empadronada podría tener acceso a asistencia sanitaria o que se valorase su solicitud de Renta Mínima de Inserción Social de Andalucía, que con suerte y según el motivo de su discapacidad, podría incluso  tramitarse ágilmente por el procedimiento de urgencia. Esta RMISA, la dotaría de recursos económicos de subsistencia para el alquiler de una habitación o una vivienda asequible, que la liberaría de la lacra de pertenecer al colectivo de personas sin hogar  y le ayudaría a dar cobertura a sus necesidades básicas. Este, sería un ejemplo de tantas otras situaciones de sin hogarismo que podrían verse resueltas con un mero trámite administrativo.

Ahora bien, esta actuación puede generar controversias ya que hay quien considera que estas personas no dan una buena imagen al municipio que los “reconoce como vecinos”. Alzándose voces en contra de quienes toman esta decisión, aludiendo al “efecto llamada” de personas sin hogar hacia ciertos municipios que reconocen sus derechos (algo que no está demostrado que sea así), hablando de la inmoralidad de empadronar a alguien al raso sin garantizarle otra serie de recursos que mejorasen su calidad de vida, u otras argumentaciones carentes de fundamento y cargadas de prejuicios.

Ante esto, planteo, ¿No es más inmoral conocer la Ley y no aplicarla en perjuicio de los más vulnerables?

Bibliografía

  • “Ley de Vagos y Maleantes” BOE 874 de 5 de Agosto de 1933 “Gaceta de Madrid”. NUM 217.
  • Constitución Española de 1978.
  • Resolución de 16 de marzo de 2015, de la Subsecretaría, por la que se publica la Resolución de 30 de enero de 2015, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Coordinación de Competencias con las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, sobre instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre gestión del padrón municipal.
  • Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.

Málaga, 3 de septiembre de 2020

Leonel Del Prado
 Licenciado en Trabajo Social (Universidad Nacional de Entre Ríos). Especialista en Abordaje Integral de Problemáticas Sociales (Universidad Nacioal de Lanús). Doctor en Ciencias Sociales (Universidad de Buenos Aires)

Abelardo Del Prado
 Licenciado en Ciencia Política (Universidad Nacional de Entre Ríos). Estudiante del Doctorado en Ciencia Política (Universidad Nacional de Rosario)

Metáforas maestras

El antropólogo David Mosse refiere a que las políticas de desarrollo producen adhesión, estabilidad y éxito gracias a lo que denomina “metáforas maestras” (Mosse, 2012:267), según el autor estas poseen la característica de ser ambiguas, a lo que agrega a su vez, que necesitan un conjunto de actores que denomina “negociadores duchos” que llevan adelante la tarea de “traducir” las políticas de desarrollo, dentro de estos negociadores incluye a encargados, consultores, trabajadores de campo, responsables de comunidades. Partiendo de esta perspectiva, entendemos que en las políticas públicas implementadas en Argentina por los últimos gobiernos, ocupa un lugar especial la construcción de las metáforas maestras de la Inclusión Social y la Pobreza Cero, las mismas permiten aglutinar un conjunto de actores con intereses diferentes para la construcción de una agenda de problemas, a su vez es difícil encontrar actores que se proclamen en contra de ello, ya que las discusiones permanecen en el modo en cómo se llevaría a cabo la misma, pero en tanto metáfora son efectivas ya que nadie se proclama en contra de la inclusión social o el fin de la pobreza, nadie se encuentra por fuera de ellas, no genera rechazos, sino más bien adhesiones. Dichas metáforas lo que permiten a su vez es generar vinculaciones de diferentes acciones o políticas que se llevan adelante por parte de los sectores gobernantes, las que parecerían en un primer momento que no poseen vinculación alguna, pero son mostradas coherentemente a través de las metáforas, así como les permite a todos los miembros del sector gobernante fundamentar su actividad bajo la misma.

Volcándonos hacia la literatura propia de la Comunicación Política, la metáfora maestra sería una parte de lo que Mario Riorda (2008) llama el “mito de gobierno”, como narrativa que vincula la ciudadanía  con el gobierno y explica el proyecto general del gobierno.

Inclusión social

Dicha noción no se utilizó como un concepto –el cual es muy difundido al interior de las ciencias sociales- sino como una metáfora maestra, la cual se enmarca en el pensamiento dicotómico y binario de las políticas de desarrollo social kirchneristas (Rosato & Del Prado, 2016). En este marco la inclusión social se contrapone a la exclusión asociada a las políticas neoliberales; es una concepción amplia que se utilizó desde el campo político y sirvió para la imposición y construcción de una agenda de problemas y por lo tanto la relegación de otros. En ese contexto desde la construcción de un Centro Integrador Comunitario –edificio que brinda servicios de atención primaria de la salud y desarrollo social en barrios vulnerables del país-; la realización de un Mural Colectivo (presentado en el portal oficial de internet del Ministerio de Desarrollo Social como “La voz de las comunidades en pinceladas de inclusión”),  hasta el Tren de Desarrollo Social y Sanitario que recorre el país prestando servicios (“La inclusión sobre rieles”) se fundamentan en la inclusión social. En un texto publicado desde el Ministerio de Desarrollo Social, Alicia Kirchner, ministra de Desarrollo Social de los tres gobiernos kirchneristas  (Del Prado, 2015), reflexiona: “Cuando hablamos de inclusión hablamos de muchísimo más que de cosas palpables o materiales. Hablamos de educación, de salud, de oportunidades, de empleo, de acceso a la justicia, de respeto por la diversidad, de inclusión cultural y social” (Kirchner, s.f., 30). 

En la amplitud y la ambivalencia de la metáfora de la inclusión social está su fuerza, ya que en la misma puede incluirse prácticamente todas las acciones realizadas por el gobierno. 

Pobreza Cero

Para la campaña de las primarias abiertas simultáneas y obligatorias (PASO) el líder PRO se mostró en una sucesión de abrazos a ciudadanos argentinos, en distintos puntos del país. Con una estética muy cuidada, existía una mínima diferenciación entre las piezas comunicativas, con la excepción del ciudadano al que el candidato amarillo visitaba. 

La utilización de esta metáfora maestra comenzó en la campaña para las elecciones generales de 2015. En las primarias, la idea era encarnar el cambio, confrontarlo con el discurso fuertemente ideológico del partido del Gobierno (el FPV), y hacerlo casi sin palabras, por lo que los spots solo mostraban a Mauricio Macri abrazando gente en distintos puntos del país. Para las generales de octubre, en cambio, se vio a un Macri más propositivo. La serie de piezas mostró al candidato rodeado de jóvenes, como en una figura de pastor, abogando por el cambio. Allí la pobreza cero, terminar el narcotráfico y unir a los argentinos, fueron las banderas con las que comenzó la propuesta de Cambiemos.

En la primaria el PRO jugó a decir mucho diciendo poco, sin propuestas políticas concretas. Finalmente el cambio al que refirió Cambiemos agregó más palabras y propuestas, a través de nueve micro spots de menos de quince segundos: salud, escuelas del siglo XXI, policía, jardines infantiles, contra el paco y la droga, Asignación Universal por Hijo y otros temas, son tratados. Para Mauricio Macri el mensaje es presentar a un candidato que profesa su creencia, la creencia de una Argentina distinta, limpia y pulcra. La estrategia de comunicación sigue siendo netamente positiva, cargada de esperanzas y emotividad; construida sobre un único concepto: el cambio juntos. 

Llegado a la presidencia el cambio, y su veta social se arraigó en este norte que es la reducción absoluta de la pobreza. La metáfora pobreza cero, es una intención que dota al nuevo gobierno de aquello que los estudios coinciden que carece, sensibilidad social. Junto a volver al mundo, volver a crecer y la cultura emprendedora, la pobreza cero configura el mito de gobierno de Cambiemos, el cual es precisamente el cambio.

Reflexiones finales

La utilización de las metáforas maestras es una herramienta esencial que se utiliza en el campo político para la construcción e imposición de una agenda de problemas. Se considera importante comprender esta dimensión simbólica de las políticas, en tanto fuerza modeladora de la realidad. 

En este caso fue descrito como tal herramientas dan fuerza e intentan definir por parte del gobierno, como denominar problemas acorde a sus necesidades y programa político.

Bibliografía

Del Prado, L. (2015). Alicia Kichner: la ideóloga de las nuevas políticas sociales en Argentina. Más Poder Local(25), 18-20.

Kirchner, A. (s.f.). Los Derechos Sociales son Derechos Humanos. 

Mosse, D. (2012). Una etnografía de las políticas de la ayuda en la práctica. En B. Pérez Galán, Antropología y desarrollo. Discurso, prácticas y actores (págs. 258-281). 2012: Los Libros de la Catarata.

Riorda, M. (2006). Mitos de gobierno. Una visión desde la comunicación política. HOLOGRAMÁTICA (4). 21-45.Rosato, A., & Del Prado, L. (2016). Construyendo hegemonía. El caso de las Políticas Sociales del Bicentenario. En V. Verbauwede, & R. Zabinski, La intervención del Estado en lo Social ¿Desde un enfoque de derechos? (págs. 67- 87). Paraná: Fundación La Hendija.

Málaga, 11 de agosto de 2020

Juan Manuel Miranda García
Trabajador Social del Proyecto de Intervención Comunitaria Intercultural

Los profesionales del Trabajo Social no podemos trabajar aislados en un despacho sin tener en cuenta la comunidad, lo comunitario. En palabras de Marco Marchioni, la comunidad es “Un territorio en el cual vive una determinada población que tiene determinadas demandas y que cuenta con determinados recursos.” (Marchioni, 1999: 40).

Las personas no podemos sobrevivir fuera de la comunidad, necesitamos interactuar y relacionarnos con nuestros semejantes. Nacemos en una comunidad dada, con unas costumbres y valores predeterminados, lo que condicionará en buena medida nuestra trayectoria de vida. Cuando Aristóteles define al hombre como zoon politikón, lo hace por su capacidad de relacionarse, crear sociedades y organizar la vida en ciudades.

En este artículo, abordaremos lo comunitario desde la perspectiva local, es decir desde lo más cercano, nuestros barrios y ciudades. Para ello, resulta necesario definir el concepto de identidad local, que hace referencia al sentimiento de pertenencia que tenemos hacia nuestra comunidad. Santiago Ortiz Crespo, define el término de identidad local, del siguiente modo: “Los actores tienen una historia y un sentido de pertenencia a partir de los cuales constituyen valores y un proyecto común, de manera que su cultura se convierte en una palanca de desarrollo.”    (Ortiz, 2004:48).

Otro término que tiene especial relevancia en el trabajo social comunitario es el de “participación”, ya que resulta clave para que los agentes sociales nos podamos integrar en los procesos comunitarios que se generan en nuestros barrios. De esta forma, definiremos el término participación como “(…) los procesos de compartir las decisiones que afectan a la vida propia y la vida de la comunidad en la cual se vive (…)” (Hart, 1993: 5).

El trabajador social comunitario debe encontrar sus respuestas en la comunidad, partiendo de los valores de la ciudadanía democrática, que lo conduzcan hacia soluciones colectivas para hacer frente a los problemas estructurales de la sociedad.

En la intervención comunitaria, el trabajador social debe poner en marcha procesos de diagnósticos sociales participativos, que le permitan a la sociedad en su conjunto elaborar una programación comunitaria con las prioridades que se deben abordar en los barrios. Tras la ejecución de las acciones o actividades programadas se debe realizar una evaluación comunitaria, para actualizar el proceso y volver al punto de partida. De esta forma, la intervención comunitaria se constituye como un proceso cíclico y de enriquecimiento de todos los agentes de la comunidad.

En este sentido, los trabajadores sociales en la intervención comunitaria debemos tener en cuenta la comunidad en su conjunto, los cambios sociales, las relaciones de los diferentes agentes sociales, los cambios en la comunicación, las políticas públicas, y los movimientos migratorios, entre otras cosas. Se trata de prestar atención a todo aquello que sucede fuera de nuestros expedientes y de nuestro despacho profesional.

El trabajo social comunitario puede impulsar importantes mejoras en la educación, la salud, la vivienda, el empleo y la convivencia, mediante la puesta en marcha de procesos comunitarios en los que participe la ciudadanía, la administración, y los recursos técnicos-profesionales que se encuentran en nuestra ciudad.

En la ciudad de Málaga podemos citar diferentes iniciativas comunitarias, como el Proyecto Hogar, implantado en el Distrito de Palma-Palmilla, o el Proyecto de Intervención Comunitaria Intercultural (Proyecto ICI), implantado en el Distrito Bailén-Miraflores, con la intención de promover procesos comunitarios interculturales que promuevan la cohesión social y la mejora de la convivencia.

La dinámica de trabajo del Proyecto de Intervención Comunitaria Intercultural, impulsado por el Ayuntamiento de Málaga, Accem y la Obra social “la Caixa”, gira en torno al establecimiento de las relaciones, mejora de lo existente, y la puesta en marcha de diferentes acciones que mejoren la cohesión social, la convivencia, y la calidad de vida de las personas del distrito. Y ello, mediante la participación igualitaria y horizontal de la administración, los recursos técnicos y la ciudadanía.

En el barrio Lagunillas se produce un fantástico triángulo entre las asociaciones del barrio, el Centro de Salud Victoria y el Colegio Nuestra Señora de Gracia, promoviendo la mejora del barrio, mediante la participación activa de la ciudadanía. Destacamos la iniciativa de mejora y embellecimiento del barrio, a través de la técnica del grafiti, y la recuperación de espacios públicos como espacios de participación y encuentro de los vecinos y vecinas.

La Administración Local también ha impulsado órganos de participación ciudadana, los denominados Consejos Territoriales de distrito.

Desde el ámbito de la educación podemos mencionar la experiencia de la Red Intercentros Escuela Espacio de Paz del Distrito Bailén-Miraflores, espacio compartido por los centros educativos, entidades sociales, y ciudadanía, que a su vez se encuentra integrado en el proceso comunitario del distrito, impulsado por el Proyecto ICI, que promueve la cultura de paz, la mejora de la convivencia, la participación familiar, y la participación infantil y juvenil.

Y, desde el ámbito de la salud podemos señalar las mesas de participación en los Distritos de Palma-Palmilla, Bailén-Miraflores, Lagunillas, Centro, o Puerto de la Torre, con el fin de promover barrios más saludables y socialmente más responsables.

Por otro lado, debemos diferenciar los procesos comunitarios de las reuniones de coordinación de proyectos finalistas, o la realización de actividades puntuales desarrolladas en los barrios, ya que el desarrollo comunitario en el ámbito local va más allá de la ejecución o asistencia de acciones puntuales. El trabajo social comunitario debe aspirar a mejorar la calidad de vida de las personas en su entorno más cercano.

Los procesos comunitarios deben ser una palanca de cambio en las relaciones actuales entre la administración, los recursos técnicos y la ciudadanía, siendo la información pieza clave en el impulso y mantenimiento de dichos procesos.

Los trabajadores sociales debemos dejar un hueco en nuestras agendas laborales para lo comunitario, escapando de la excesiva burocracia en el ejercicio de nuestra profesión. No se trata de sobrecárganos de trabajo, ni de realizar un sinfín de actividades sin lógica alguna, sino de estar y formar parte de la comunidad en la que intervenimos, integrándonos dentro de procesos comunitarios, fortaleciendo las relaciones con el resto de agentes sociales, mejorando lo existente, evitando duplicidades, y afrontando de forma colectiva los desafíos actuales de la sociedad.

Ojalá, que al terminar la lectura de este artículo os apetezca asomaros a lo comunitario, o por lo menos a “estar” en la comunidad como agentes claves del desarrollo local.

Referencias

Marchioni M (1999) Comunidad, participación y desarrollo. Teoría y metodología de la intervención comunitaria. Madrid. Editorial Popular. Pp: 44-44.

Marchioni M (2014). De las comunidades y lo comunitario. Revista Digital “Espacios Transnacionales”. http://grupal.reletran.org/

Marchioni M (2016). Democracia, participación y ciudadanía (para el debate). Espacio Communitas. Instituto Marco Marchioni.

Ortiz Crespo, S. (2004). Cotacachi: una apuesta por la democracia participativa. Ecuador. Flacso. Pp: 47-56. Roger A. Hart (1993). Ensayo: La participación de los niños: de la participación simbólica a la participación auténtica. Ensayos Innocenti. UNICEF. Pp: 1-7.

Málaga, 4 de agosto de 2020

Rubén Yusta Tirado
Trabajador Social especializado en el ámbito de la gerontología.
Doctorando en Trabajo Social. Docente.

El ámbito de la gerontología se encuentra en pleno proceso de cambio y esto es algo que se pone de manifiesto en las previsiones demográficas que actualmente manejamos, que reflejan un gran incremento del número de personas mayores en las próximas décadas (Organización Mundial de la Salud, 2018), y la aparición y desarrollo de múltiples prestaciones y servicios dirigidos a este colectivo que estamos viviendo en este momento. Estamos asistiendo a la implantación de nuevos modelos de atención, al desarrollo de nuevas técnicas de cuidado y a la promoción de muchos valores que, hasta el momento, parecían obviarse para las personas que alcanzaban una determinada edad. En cambio cuando hablamos de sexualidad y gerontología, y sobre todo  de sexualidad y entornos residenciales, todavía parece que hay algo que no nos permite desarrollar acciones e intervenciones en este sentido, “normalizando” una situación que es común en prácticamente todas las etapas de la vida y que al llegar a la vejez deja de tratarse como una actividad o un proceso más de la vida de las personas. ¿Cuáles son los aspectos que intervienen en esta extraña relación entre la sexualidad y el ámbito geriátrico-residencial?

La Organización Mundial de la Salud (2018) define la salud sexual como un estado de bienestar físico, mental y social en relación con la sexualidad, que requiere un enfoque positivo y respetuoso de la sexualidad y de las relaciones sexuales, así como la posibilidad de tener experiencias sexuales placenteras y seguras, libres de toda coacción, discriminación y violencia. Sin duda nos encontramos ante un término que, lejos de la coacción, la violencia o la discriminación, debería reportar a la persona una serie de aspectos positivos que coinciden con el propio desarrollo vital de la persona por el que todos/as vamos avanzando. Esto es algo presente en la mayoría de las etapas de la vida y, obviando ciertas corrientes de pensamiento enfrentadas al progreso, cada vez son más habituales los proyectos y jornadas enfocadas a promocionar una educación sexual de toda la sociedad. En cambio cuando nos referimos a la vejez y a los entornos institucionalizados, los profesionales del ámbito sociosanitario observamos que esta normalización y esta difusión de la educación y la salud sexual no es tal, y en su defecto en muchas ocasiones este ámbito sexual se vuelve tabú por diversos motivos que intervienen en el ámbito geriátrico-residencial.

Una de las principales causas que intervienen en el establecimiento de la sexualidad como tabú son los propios agentes que intervienen en el desarrollo vital en los centros. Mientras que en un entorno diferente al de las residencias de mayores la sexualidad es un tema que afecta fundamentalmente a las personas implicadas, en el ámbito residencial confluyen otros agentes que, en mayor o menor medida, acaban influyendo en el desarrollo de la sexualidad de los/as usuarios/as: profesionales del centro, entorno sociofamiliar del usuario/a o incluso los órganos organizativos y directivos del mismo. En este sentido la gestión de un tema como éste, las creencias individuales o la propia filosofía del centro frente a la sexualidad afecta de forma determinante al desarrollo sexual de los/as usuarios/as.

El estado de los/as usuarios/as también es otro de los aspectos que intervienen en el desarrollo de la sexualidad en los centros. Como sabemos la vejez puede conllevar una serie de síndromes o limitaciones que determinan, en mayor o menor medida, la vida de las personas. Uno de los síndromes que más repercusión tiene es la posibilidad de que la persona sufra deterioro cognitivo, con las consiguientes implicaciones legales y éticas que este deterioro introduce en el dilema de la sexualidad que estamos tratando. En este sentido la capacidad de la persona, el grado de afectación por el deterioro cognitivo, la situación legal y, sobre todo, el consentimiento de las partes, será clave en el desarrollo sexual de los/as usuarios/as del centro residencial.

La protección o la “sobreprotección” que en ocasiones se vive en los centros residenciales es otra de las cuestiones que intervienen en este debate. En ocasiones encontramos problemas a la hora de llevar a cabo acciones tan beneficiosas para los/as usuarios/as como una retirada de sujeciones, una disminución de la medicación o algo tan simple como una participación en una actividad, debido nuevamente a la intervención de todos los agentes que confluyen en los centros residenciales. Muchas veces profesionales y familiares tendemos a sobreproteger a los/as usuarios/as, limitando su actividad y olvidándonos de que los centros residenciales deberían ser una continuidad de la propia vida de las personas en lugar de un ámbito en el que únicamente importa la salud de la persona.

Muy unido a este último término también encontramos la despersonalización que en ocasiones se produce en los centros. El desarrollo de actividades demasiado técnicas y alejadas del entorno doméstico, los horarios demasiado estrictos o la prioridad del funcionamiento del propio servicio frente a las preferencias de las personas generan que, sin darnos cuenta, nuestros/as usuarios/as vayan perdiendo aspectos o características que en otros ámbitos diferentes a la gerontología serían impensables. En la mayoría de centros es complicado encontrarnos con profesionales que pregunten a los/as usuarios/as sobre sus preferencias, sus deseos o sobre lo que quieren hacer y es en gran parte por esto que los modelos centrados en la persona están teniendo tanta repercusión en este ámbito.

Por último no podemos olvidarnos de las propias características del medio residencial. Aspectos como la presencia de habitaciones compartidas, el manejo de la intimidad de los/as usuarios/as por parte de los/as profesionales o el gran número de personas que a lo largo del día pasan por las zonas comunes y privadas del centro, hacen del ámbito residencial un entorno poco proclive para desarrollar la sexualidad de un grupo de personas que, como hemos visto, por su propia condición ya tienen bastantes obstáculos en su desarrollo sexual.

Como acabamos de ver nos encontramos ante una situación en la que, debido a diferentes cuestiones, un aspecto tan relevante en la vida de las personas como es la sexualidad se ve limitado y en ocasiones restringido al llegar al ámbito geriátrico-residencial. Obviamente existen cuestiones que por las propias características del colectivo son complicadas de abordar, pero también hay muchas otras muchas cuestiones en las que, como trabajadores/as sociales y/o como profesionales del ámbito sociosanitario, podemos intervenir partiendo de los principios básicos de dignidad, libertad e igualdad, que fundamentan nuestra disciplina y que se recogen en nuestro código deontológico (Consejo General del Trabajo Social, 2012) y a su vez intervienen de forma determinante en el desarrollo de la sexualidad de la persona.   

Bibliografía

Consejo General del Trabajo Social (2012). Código Deontológico del Trabajo Social. Extraído de https://www.cgtrabajosocial.es/codigo_deontologico

Organización Mundial de la Salud (2018). Centro de prensa. Notas descriptivas. Envejecimiento y Salud. Recuperado de https://www.who.int/es/news-room/fact-sheets/detail/envejecimiento-y-salud

Organización Mundial de la Salud. (2018). La salud sexual y su relación con la salud reproductiva: un enfoque operativo. Departamento de Salud Reproductiva e Investigaciones Conexas – Organización Mundial de la Salud.

Málaga, 29 de julio de 2020

María José Marteache Martín
Trabajadora Social. Equipo de Orientación Educativo Especializado
Miembro de la Comisión de Educación del Consejo Andaluz de Trabajo Social – por la defensa del Trabajo Social en los Centros Educativos

El marco legislativo social que se va introduciendo supone un gran avance en derechos sociales. Las nuevas normas se van actualizando e incluyendo coberturas donde antes había necesidades sin resolver, así se puede fortalecer el sistema de protección social. Este horizonte esboza un antes y un después en el fortalecimiento de la ciudadanía más vulnerable.

Ya sea el Real Decreto Ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el Ingreso Mínimo Vital o, el proyecto de Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la violencia, ambos realizan un gran esfuerzo por resolver sus cometidos. Es una ingente labor incluir las diferentes realidades que soportan distintos grupos de personas, y establecer medidas eficaces para sacarlas de su vulnerabilidad.

En cuanto al proyecto de Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia, es inevitable reconocer que viene a paliar carencias en diferentes ámbitos, educativo, servicios sociales, judicial, fuerzas y cuerpos de seguridad, etc.

El proyecto de Ley es ambicioso y complejo, por ello es el momento de vislumbrar resquicios que puedan desmembrar la protección de niños y niñas. Escuchar al colectivo de Trabajadores Sociales, quienes están cercanos a las realidades sociales de las familias, ofrece la oportunidad de cerrar bien el círculo de la protección de la infancia y la adolescencia. El objetivo lo merece.

El sentido que recoge el proyecto de Ley aborda la necesidad de la notificación precoz de los casos de violencia. Así se incide en preparar a docentes, familias y al alumnado para mostrar atención ante cualquier indicio. Asimismo la difusión de los protocolos de acoso escolar, ciberacoso, acoso sexual, violencia de género y cualquier otra manifestación de violencia es ventajosa para que salgan a la luz estas comunicaciones a los servicios necesarios cuando se producen. Además acciones como promover el respeto a la diversidad del alumnado, o la utilización de métodos alternativos de resolución pacífica de conflictos, son elementos para propiciar un clima protector y un aprendizaje para la vida en sociedad.

En el proyecto de Ley, el timón de estas acciones será el o la coordinador/a de Bienestar y Protección. Es de considerar que estas novedades aplicadas en todos los centros educativos presentan un avance significativo, y si están recogidas en una Ley, tienen mayor garantía para llevarlas a efecto.

Una diferencia abismal sería que desde los centros educativos, se atendiera de una forma cercana a las familias en sus diversos procesos de vida, dónde se originan las dificultades familiares, y dónde éstas pueden derivar en situaciones de riesgo o desprotección ante adversidades. Acompañar a las familias en las dificultades para que realicen avances o cambios, significa incidir en la prevención de daños perjudiciales en la infancia y la adolescencia. Esta forma requiere manejar técnicas, habilidades, y estrategias enmarcadas en el procedimiento social. Saber reconocer los diferentes momentos de la intervención, y acompasar avances y retrocesos son elementos necesarios para intervenir con las familias.

Es decir, una acción profesionalizada del Trabajo Social en los centros educativos, va a evitar la notificación de muchas de las situaciones familiares que se pueden cronificar a no ser que se intervenga desde el medio educativo a tiempo. Incide del mismo modo en aquellas situaciones adversas por la que atraviesan niños o niñas, realizando intervenciones conjuntamente con trabajadores sociales de los servicios sociales o equipos especializados en el tratamiento familiar, y va a realizar una canalización técnica de situaciones de posibles riesgo o desprotección al organismo competente.

La aplicación de acciones de prevención, detección, diagnóstico social, intervención en el centro educativo, y seguimiento, junto a la coordinación con las distintos servicios sociales locales y especializados, y la posibilidad de emitir informes sociales, conlleva mayor eficiencia.

La intervención de trabajadores/as sociales se completa con su acción en el grupo clase, y la comunidad educativa, o sea se aborda la gestión de las emociones que produce ciertos hechos acontecidos a niños o niñas, se trabajar en diversos tiempos la prevención de situaciones adversas, etc. El efecto de trabajar a tres niveles individuo/familia, grupo y comunidad lo comprende el procedimiento del Trabajo Social. Tener esto en los centros educativos produciría una subida exponencial del nivel en la protección de la infancia y la adolescencia.

Los y las trabajadores/as sociales de educación intervenimos con las familias de esta manera, y lo venimos haciendo desde 1976 en el ámbito educativo. Estamos inmersos en los Equipos de Orientación Educativa de la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía, y aportamos la orientación sociofamiliar del alumnado.

Nuestras funciones están reguladas por en la Orden de 23 de julio de 2003, por la que se regulan determinados aspectos sobre la organización y el funcionamiento de los Equipos de Orientación Educativa, y entre ellas se encuentran las siguientes:

  • El desarrollo de acciones de intervención socio-educativa con el alumnado que presenta problemas o dificultades de integración escolar y/o social.
  • La aportación de información sobre las características del entorno, de los recursos educativos, culturales, sanitarios y socioeconómicos, y las vías adecuadas para su utilización.
  • La promoción de la integración de las familias y del entorno en las actividades de los centros y la colaboración con otros servicios educativos, sociales y de la salud del entorno para la atención a la infancia y a la adolescencia.
  • La colaboración en la realización de la evaluación psicopedagógica con las aportaciones de carácter social que sean relevantes en la toma de decisiones del proceso escolar que lo requiera.
  • En el desarrollo de nuestras funciones, intervenimos entre otras acciones en:
  • Contextos familiares que obstaculizan el adecuado desarrollo del alumnado.
  • Procesos de aceptación de la familia ante las necesidades especiales de apoyo educativo de su hijos/as, o ante cualquier tipo de diversidad
  • El asesoramiento y la sensibilización de la comunidad educativa ante las características sociofamiliares del alumnado.
  • La resolución de conflictos entre el centro educativo y familia/s, o viceversa.
  • El asesoramiento y seguimiento en el proceso de detección y/o notificación de posibles situaciones de riesgo y desprotección de niños y niñas.
  • La coordinación de los casos de alumnos y alumnas en situaciones de riesgo o desprotección con los servicios sociales comunitarios, equipos de tratamiento familiar, servicio de protección de menores, etc.
  • El fomento de la coordinación entre el centro educativo y los agentes externos que intervienen con el alumnado.
  • El asesoramiento sobre la aplicación de protocolos en casos de absentismo escolar, acoso escolar, ciberacoso y acoso sexual, maltrato infantil, violencia de género, e identidad de género.
  • El desarrollo de actuaciones para proveer habilidades en la resolución de conflictos y prevenir dificultades en la convivencia entre el alumnado.
  • La realización de actuaciones para evitar la brecha digital entre el alumnado desprovisto de tecnología digital, y sus consecuencias.
  • Y otras intervenciones propias de la disciplina científica del Trabajo Social.

Es legítimo por tanto, que el trabajo que venimos desarrollando trabajadores y trabajadoras sociales en la administración educativa se refleje en la normativa educativa, y toda aquella que tenga repercusión en el ámbito educativo, especialmente en las Leyes que se están fraguando y que tendrán repercusión en los próximos años, como La futura Ley de Educación (LOMLOE) y en la futura Ley Orgánica de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la violencia. En concreto es palpable que trabajadores/as sociales ocupen la figura de Coordinador/a de Bienestar y Protección en los centros educativos.

En el transcurso del tiempo en el que trabajadores/as sociales formamos parte del ámbito educativo, los/as trabajadores/as de educación, hemos observado los cambios en la forma de educar, a la vez que la sociedad en general ha ido experimentando avances. En el inicio se consideraba que el trabajo social en educación debía estar cerca del alumnado de necesidades educativas especiales en vías de integración, o tenía que centrarse en centros educativos situados en zonas en vías de transformación social para atender al alumnado de familias socioculturalmente desfavorecidas. Fueron las realidades de los años 70 y 80. Paulatinamente el sistema educativo fue otorgando mayor papel a la relación con las familias, pues sin éstas no se puede educar; pero esta transformación no acompañó el aumento de la plantilla de trabajadores/as sociales, se mantuvo igual, incluso con algún retroceso.

En la actualidad cada vez menos personas dudan de que el Trabajo Social no solo se necesita para trabajar en contextos de pobreza, sino que situaciones familiares que pueden acontecer a cualquier tipo de familias como: la aceptación de discapacidades, trastornos, dificultades de aprendizaje, etc., conflictos de pareja, procesos de separación y divorcio, cambio de cuidadores en niños y niñas, perdidas de seres queridos, suicidio, duelo, etc. pueden dejar secuelas en menores, y que la intervención de trabajadores/as sociales en esta situaciones está indicada.

El principal detector de las necesidades de niños y niñas es la escuela. Es ahí el ámbito de base dónde es preciso dotar de trabajadores/as sociales si se quiere incidir en la infancia y la adolescencia, aparte de reforzar el sistema de servicios sociales, y el de protección.

La apuesta por la cobertura de trabajadores/as sociales en los centros educativos es todo un reto presupuestario, pero en la actualidad en que se va a disponer de un ingreso mínimo para sacar de la pobreza a una parte de la población más vulnerable económicamente, queda hacer los esfuerzos por su inclusión social, y esto va aparejado con la necesidad de prevenir situaciones adversas en las familias.

Evitar secuelas que den origen a conflictos personales en los hombres y las mujeres de las nuevas generaciones es la forma de conseguir esa inclusión. Así si se consigue la protección de la infancia y la adolescencia.

Málaga, 22 de julio de 2020

ENTREVISTA A
Cayetana Puertas Orozco.
Trabajadora Social. Centro de protección de menores.

Tu trabajo diario, durante el confinamiento, ¿ha sido distinto? ¿En qué ha cambiado?

Sí. Ha cambiado en diferentes aspectos del funcionamiento en general. Por un lado, en la dinámica del trabajo puesto que desde que se declaró el estado de alarma he estado combinando trabajo presencial con teletrabajo. A su vez, las funciones diarias se han visto afectadas, ya que durante el confinamiento no se han efectuado ni ingresos ni traslados de menores, tampoco se han realizado visitas supervisadas ni permisos de salidas de los/las menores con los familiares, ni se ha llevado a cabo una gestión y coordinación con los diferentes recursos y entidades con las que nos coordinamos en nuestro día a día en el trabajo, puesto que todo ha estado parado.

¿Qué has echado en falta para haber podido desarrollar tu trabajo en unas mejores condiciones?

Haber contado desde primera hora con material suficiente de protección para prevenir el contagio del COVID-19, así como con un protocolo previamente establecido para hacer frente a la crisis sanitaria.

¿Se puede implementar de manera permanente la tecnología en algún aspecto de tu trabajo? ¿De qué forma?

A pesar de la importancia que tiene el desarrollar mi actividad laboral de manera presencial, considero que se puede implementar el teletrabajo combinándolo con el trabajo presencial. Desde mi punto de vista es una manera de optimizar el tiempo para llevar a cabo funciones, como por ejemplo, la realización de informes sociales, coordinación telefónica con otras entidades, e incluso las reuniones realizadas desde cualquiera de las diferentes plataformas que te permiten mantener una reunión en linea entre las distintas partes intervinientes en un caso.

¿Han puesto en marcha desde tu puesto de trabajo algún nuevo servicio o prestación? ¿Algo relevante o innovador?

Desde mi puesto de trabajo y en relación a los contactos de los/las menores con sus familiares, hemos añadido durante el confinamiento la realización de videollamadas, así como la ampliación de los días de llamadas telefónicas.

¿Qué supondrá la situación post-COVID de cara a tu trabajo diario? 

Tener que trabajar bajo un estricto protocolo interno consistente en medidas de prevención del COVID-19.

¿Qué debe aportar el Trabajo Social después de lo vivido en estos tiempos de crisis sanitaria por el COVID?

Un trabajo de calidad que garantice el acceso a los diferentes recursos y se apoye para cubrir las necesidades de todas las personas en situación de vulnerabilidad social.

¿Qué más se podría haber hecho desde tu puesto de trabajo?

Desde mi puesto de trabajo y teniendo en consideración las circunstancias y las limitaciones que hemos tenido desde que se declarase el estado de alarma, no se ha podido hacer más de lo que se ha hecho; ampliación de contactos familiares a través de llamadas telefónicas y videollamadas, ya que hemos estado muy limitados/as a la hora de poder coordinar con los diferentes recursos.

ENTREVISTA A
Macabea Cucarella Ortega.
Trabajadora Social. Centro de menores.

Tu trabajo diario, durante el confinamiento, ¿ha sido distinto? ¿En qué ha cambiado?

Si ha sido distinto, se han paralizado en gran medida las gestiones técnicas propias, dando prioridad a las comunicaciones de los/as menores acogidas con sus familiares a través de videollamadas y en el desarrollo de actividades creativas, de ocio y deportivas.

¿Qué has echado en falta para haber podido desarrollar tu trabajo en unas mejores condiciones?

Soporte digital de calidad, para las gestiones telemáticas.

¿Se puede implementar de manera permanente la tecnología en algún aspecto de tu trabajo? ¿De qué forma?

Si, dotando de equipos y plataformas que sean capaces de soportar las gestiones de forma telemática.

¿Han puesto en marcha desde tu puesto de trabajo algún nuevo servicio o prestación? ¿Algo relevante o innovador?

El desarrollo del régimen de contactos familiares, en lugar de forma presencial a través de videollamadas. Así como las reuniones de coordinación con las distintas instituciones intervinientes.

¿Qué supondrá la situación post-COVID de cara a tu trabajo diario? 

A día de hoy, aún no me atrevería a decir nada más que la ejecución de gestiones de forma telemática; pues en mi opinión, el trabajo social requiere del contacto con las personas y su medio/contexto.

¿Qué debe aportar el Trabajo Social después de lo vivido en estos tiempos de crisis sanitaria por el COVID? 

Que somos profesionales imprescindibles para la sociedad.

¿Qué más se podría haber hecho desde tu puesto de trabajo?

Seguro se podría haber hecho algo más, ha sido una situación tan excepcional que no existían precedentes de intervención. Desde mi punto de vista, ha sido fundamental acompañar a los/as menores acogidos en el centro y a sus familiares, con actitud positiva, creativa y de recuperación.

¿Podrías contarnos alguna anécdota o un caso relevante durante el COVID 19?

El aumento de vinculación entre los/as menores acogidos y los profesionales (dirección, equipo técnico, equipo educativo y servicio externo) y la horizontalidad, siendo todos/as imprescindibles en la lucha contra la pandemia. Participando todos/as en la mayoría de las actividades programadas y la inversión en muchas ocasiones de roles, donde los/las menores apoyaban, animaban y empatizaban con sus adultos de referencias. Reconociendo y alabando el trabajo realizado y fundamental del servicio externo (limpiadoras) que normalmente en el día a día de un centro, es el menos reconocido.

Málaga, 14 de julio de 2020

Carlos J. Núñez Gómez
Trabajador Social
Licenciado en Ciencias Políticas y Sociología Doctor por la Universidad Pablo de Olavide

La profesión de Trabajo Social tiene una presencia destacada en los sistemas públicos de protección social, sistemas que sustentan el actual Estado de Bienestar, especialmente los sistemas de Servicios Sociales y los de Salud. Por su número destacan en servicios sociales y salud. Según datos aportados por el Consejo General de Trabajo Social (2016) la gran mayoría del colectivo realiza su trabajo en algún organismo público, siendo lo más habitual que desarrollen su labor en administraciones locales (ayuntamientos y diputaciones).

En la esfera pública, el Trabajo Social junto a otras profesiones integran el conjunto de los empleados públicos, que se dividen en:

  • Funcionarios de carrera. Que son aquellos que en virtud de su nombramiento legal desempeñan servicios de carácter permanente, y que han sido seleccionados según los principios de mérito y capacidad a través de oposición, para los que no solo se requiere una formación específica, sino además conocimientos más concretos sobre el Estado y las administraciones públicas y otros relacionados con el funcionamiento del servicio público donde se va a prestar el servicio.
  • Funcionarios de empleo: los interinos- que por necesidad o urgencia ocupan plazas de plantilla en tanto no se provean por funcionarios de carrera. Los eventuales que son nombrados y cesados discrecionalmente- para desempeñar cargos de confianza o asesoramiento especial no reservado a funcionarios de carrera, que cesan automáticamente al cesar el cargo político al que sirven. También personal por contrato (trabajos específicos de carácter extraordinario o de urgencia), contratos de colaboración temporal
  • Personal laboral: fijos y de duración determinada.

Dentro de la administraciones son las relaciones de puestos de trabajo (RPT) el instrumento técnico a través del cual realizan la ordenación del personal de acuerdo con las necesidades de los servicios y donde se precisan los requisitos para el desempeño de cada puesto (Parada, 1995). También se llevan a cabo los concursos de provisión de puestos de trabajo (PPT) en los que rigen los méritos (grado personal consolidado, formación, antigüedad…) y que permiten acceder a las diferentes jefaturas con distintos niveles de responsabilidad. También existe la comisión de servicio (CS) una forma más de provisión de puestos pero para la cobertura urgente e inaplazable necesidad, siendo de carácter voluntario, cuya duración no podrá exceder de un año, prorrogable por un año más si, si sigue vacante.

Si nos acercamos al ordenamiento jurídico, tenemos en primer lugar la Constitución, que en su artículo 103.3 dice que:

“La ley regulará el estatuto de los funcionarios públicos, el acceso a la función pública de acuerdo con los principios de mérito y capacidad, las peculiaridades del ejercicio de su derecho a sindicación, el sistema de incompatibilidades y las garantías para la imparcialidad en el ejercicio de sus funciones.”

El texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en su  artículo 1,  expone entre otros fundamentos de actuación, la igualdad, mérito y capacidad en el acceso y en la promoción profesional. Por tanto, los empleados públicos, entre otros derechos, tienen el de la progresión en la carrera profesional y promoción interna según principios de igualdad, mérito y capacidad mediante la implantación de sistemas y procesos objetivos y transparentes de evaluación. Y entre los deberes tienen los de velar por los intereses generales con sujeción y observancia de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, y deberán actuar con arreglo a los principios de objetividad, neutralidad, responsabilidad, imparcialidad o ejemplaridad. Su actuación perseguirá la satisfacción de los intereses generales de la ciudadanía y se fundamentará en consideraciones objetivas orientadas hacia la imparcialidad y el interés común, al margen de cualquier otro factor que exprese posiciones personales, familiares, corporativas, clientelares o cualesquiera otras que puedan colisionar con este principio. No aceptarán ningún trato de favor o situación que implique privilegio o ventaja injustificada, por parte de personas físicas o entidades privadas, ni deben influir en la agilización o resolución de trámite o procedimiento administrativo sin justa causa y, en ningún caso, cuando ello comporte un privilegio en beneficio de los titulares de los cargos públicos o su entorno familiar y social inmediato o cuando suponga un menoscabo de los intereses de terceros. Y aunque obedecerán las instrucciones y órdenes de los superiores, si estas constituyeran una infracción manifiesta del ordenamiento jurídico, deberán poner en conocimiento de los órganos de inspección procedentes. Por tanto, los funcionarios de carrera son una barrera ante comportamientos políticos no deseables.

Es por ello que las administraciones proveerán los puestos de trabajo mediante procedimientos basados en los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Donde el concurso consistirá en la valoración de los méritos y capacidades y, en su caso, aptitudes de los candidatos por órganos colegiados de carácter técnico. Su funcionamiento se ajustará a las reglas de imparcialidad y objetividad.

Pero, sin duda, los funcionarios titulares pueden ser susceptibles de que se les influya, pues sus complementos salariales o su provisión profesional dependen a menudo de los políticos. En ocasiones la política campa a sus anchas en la administración pública, y utiliza mecanismos que no se ajustan de la mejor manera de hacer las cosas en cuanto a gestión de personal se refiere, como por ejemplo las comisiones de servicios interminables que sobrepasan con mucho los dos años máximo o a veces excesivas en número, refuerzos temporales o entrada de personal interino con carácter temporal. Si esto, además, se hace en tiempos de crisis y recortes públicos, su visibilidad es mayor al coincidir en el tiempo con recortes en personal y servicios, la no cobertura de jubilaciones o las bajas de larga duración. Por esto, resulta indispensable reglar al máximo estas cuestiones.

A veces la falta de una adecuada promoción interna, de convocatorias de concursos de provisión y de traslados, pueden llevar al personal funcionario a la desmotivación, la falta de ilusión y de iniciativas a posibles cambios en los servicios y puestos de trabajo. En este contexto aparece el desánimo, la exasperación y el agotamiento.

En el caso concreto del Trabajo Social, a lo anteriormente expuesto, se debe añadir las limitaciones que la profesión ha tenido y tiene dentro de la administración pública. Su acceso, en la mayoría de los casos, se ha realizado con un título de grado medio que limita la promoción  interna a niveles de superior  responsabilidad en la función pública (con un nivel tope de 26 frente a los 30 de las titulaciones de grado superior). Esto no parece haber mejorado con la nueva titulación de grado, pues las ofertas públicas, oposiciones y concursos que actualmente se vienen realizando por las administraciones para el acceso de trabajadores sociales se convocan dentro del grupo A2 (diplomatura), pero, sorprendentemente, incorporan a los titulados de Grado en Trabajo Social en el mismo grupo A2. Pero, curiosamente, se observa que cuando se convoca una plaza del grupo A1 se pide licenciatura o grado (ej. Grado en Derecho). Este hecho en sí es contradictorio y a la vez discriminatorio para los Graduados y Graduadas en Trabajo Social. ¿Cómo puede ser que un Grado de Trabajo Social se incluya en el grupo A2 y un Grado en Derecho en el grupo A1, máxime cuando ambas titulaciones tienen el mismo nivel universitario?

Lo anterior no es una cuestión baladí pues además de implicar una menor remuneración económica, lleva parejo un menor reconocimiento público y la imposibilidad de acceso a determinados puesto de mayor responsabilidad dentro de las áreas y servicios de las administraciones donde la toma de decisiones es mayor en relación a los servicios públicos que se prestan o se pretenden prestar.  

Los colegios profesionales, como menciona Parada (1995), es “el ejemplo más típico de los entes corporativos, entre sus notas más significativas está el interés homogéneo entre sus miembros” (p.30). Al ser corporaciones de derecho público, amparados por la ley y reconocidos por el Estado con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Estos deben garantizar la defensa de los intereses profesionales, la representación exclusiva de las mismas y la defensa de los intereses profesionales (artº 13 de la ley de colegios de 13/2/1974), que  entre sus funciones tiene la colaboración con las administraciones públicas, posibilitando su adecuado funcionamiento, pero también exigiendo aquellas cuestiones que son de derecho y que afectan al colectivo.

La Ley 10/2011 de los Colegios Profesionales de Andalucía en su Artículo 17, al hablar de los fines, establece la defensa de los intereses profesionales de las personas colegiadas, la defensa de los intereses generales de la profesión, así como la consecución de su adecuada satisfacción en relación con el ejercicio de la profesión respectiva.

Por lo dicho, los Colegios Profesionales deben abordar estos temas, con la mayor celeridad posible, pues esto afecta al desarrollo de la propia profesión y a su futuro. Independientemente de que los sindicatos tengan un papel destacado en las cuestiones planteadas.

Bibliografía

  • Bosch, J. y Escolar I. (2018) El secuestro de la Justicia. Roca Editorial de Libros
  • Constitución Española de 27 de Diciembre de 1978 (BOE núm. 311-I, de 29 de diciembre de 1978.
  • Lima, A.I. (Coord.) (2016). II Informe sobre los servicios sociales en España. Consejo General del trabajo Social. Madrid.
  • Jefatura del Estado (1974) Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales. Publicado en BOE núm. 40 de 15 de Febrero de 1974. Revisión vigente desde 27 de Julio de 2012.
  • Junta de Andalucía. Ley 10/2011, de 5 de diciembre, por la que se modifica la Ley 10/2003, de 6 de noviembre, reguladora de los Colegios Profesionales de Andalucía, y la Ley 6/1995, de 29 de diciembre, de Consejos Andaluces de Colegios Profesionales. 
  • Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.  Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. BOE» núm. 261, 31/10/2015. https://www.boe.es/eli/es/rdlg/2015/10/30/5/con Parada, R. (1995). Derecho Administrativo, Organización y empleo público (9ºedic). Marcial Pons, ediciones Jurídicas, S.A. Madrid
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